LEY 767 2002

Síntesis:

AUTORIZA - PODER EJECUTIVO - REESTRUCTURACIÓN DE LAS SERIES I II IV Y V DE LA DEUDA PÚBLICA EMITIDA - MARCO DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - ORDENANZA  51270 BO 99,Y LA LEY 323 - OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO - REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA - REDUCCIÓN TASAS DE INTERÉS 

Publicación:

24/04/2002

Sanción:

18/04/2002

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

22/04/2002

Estado:

No vigente


LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar la reestructuración de las Series I, II, IV y V de la deuda pública emitida bajo el Programa de Asistencia Financiera instrumentado en el marco de la Ordenanza N° 51.270 y ampliada al amparo de la autorización conferida por la Ley N° 323, con el objeto de mejorar el perfil de esa deuda, mediante la reducción de las tasas de interés originales en un porcentaje no inferior al treinta por ciento y, el diferimiento de los vencimientos de capital en un plazo promedio no inferior a los tres años.

Artículo 2° Comuníquese, etc.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Ley 767, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar la reestructuración de las Series I, II, IV y V de la deuda pública emitida bajo el Programa de Asistencia Financiera instrumentado en el marco de la Ordenanza 51270 y ampliada al amparo de la autorización conferida por la Ley 323.</p>
PROMULGADA POR