ORDENANZA 51270 1996

Síntesis:

AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO, CONFORME LO DISPUESTO EN LA LEY 19.987 PARA CONTRAER CRÉDITOS CON DESTINO EXCLUSIVO A LA REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA DE LA CIUDAD - SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS - CAPITALIZACIÓN - BANCO CIUDAD - DEUDA PÚBLICA - DEUDAS - CRÉDITO PÚBLICO - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA

Publicación:

27/12/1996

Sanción:

21/12/1996

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

23/12/1996


Artículo 1° - Autorízase al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de lo dispuesto en el Art. 9° inc. f) de la Ley N° 19.987, a contraer créditos por hasta U$S 500.000.000 (Dólares quinientos millones) o su equivalente en otras monedas, a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, con destino exclusivo a la reestructuración de la deuda de la Ciudad y a la Capitalización del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con los detalles obrantes en los cuadros nros. 1 y 2 anexos de la presente Norma.

Art. 2° - Ratifícanse los Decretos Nros. 482/96 y 670/96.

Art. 3° - Comuníquese, etcétera.


ANEXOS

CUADRO 1


ESTIMACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA MUNICIPAL
Cálculo al 6 de agosto de 1996, en millones de pesos.

CONCEPTOMONTOS
A. Deudas Financieras y con el Bco. Ciudad508,4
B. Adelanto Transitorio Cta. Cte. Bco. Ciudad138
C. Deudas con proveedores (1)376,6
Documentadas79,3
En Cuenta Corriente279,5
Reconocimientos de Deuda16,8
D. Deuda Externa Activa24,5
SUBTOTAL1046,5
CONCEPTOMONTOS
E. Deuda con el Gobierno Nacional1458,5
Bocón Proveedores (2)268
Bocón Previsionales47,3
Bocón Prev. Ptes.101
Plan Brady946
Servs. Gob. Nacional.6,3
Otros89,9
Menos:
Reclamos ante el Gobierno Nacional-1889,1

Observaciones:

No se incluyen demandas en litigio.
Éstas adquieren reflejo presupuestario sólo cuando se ha dictado sentencia firme.

Para su atención se hace una previsión presupuestaria anual.

(1) No se incluyen deudas sujetas a controversias.
(2) A valor del Capital de Emisión.

CUADRO N° 2

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
TOTAL DE LA DEUDA EXIGIBLE (*)
(en millones de pesos)

Deuda Exigible a Diciembre
1996
Bajas Altas a Diciembre
1997
durante 1997
Banco Ciudad Cta. Cte. 25 0 0 25
Banco Ciudad Fiducias 531 367 30 194
Proveedores 370 370 565 565
Sindicato/ Bono 0 0 500 500
Otros exigibles 67 48 0 19
Otras Deudas Bancarias 126 126 0 0
Préstamos Multilaterales 24 3 16 36
Total 1,14 914 1,11 1,34

Fuente: Dirección General de Crédito Público. G.C.B.A.
(*) A fin de Período.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1º de la Ley N° 6504 autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, o el organismo que en el futuro lo reemplace, a efectuar operaciones voluntarias de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las exprese, en los términos de los artículos 85 y 92 de la Ley 70 (texto consolidado por la Ley 6347), su reglamentación y disposiciones concordantes, y/o la emisión de títulos de deuda pública, y/o la reapertura de series y/o clases en circulación, en el marco del Programa de Asistencia Financiera, instrumentado por la Ordenanza N° 51.270 y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias, y/o del Programa de Financiamiento en el Mercado Local, instrumentado por la Ley 4315 y sus respectivas normas modificatorias, reglamentarias y complementarias, por hasta la suma de dólares estadounidenses quinientos millones (USD 500.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas o unidades de valor (en adelante, los Títulos). Amplíase, por tanto, el monto del Programa de Asistencia Financiera y/o del Programa de Financiamiento en el Mercado Local, por el importe máximo determinado en el párrafo anterior, en la proporción al monto a ser emitido en cada caso.</p>
INTEGRADA POR
<p>Articulo 1° de la Ley 6734  autoriza al Poder Ejecutivo, a traves del Ministerio de Hacienda y Finanzas, o el organismo que en el futuro lo reeemplace a efectuar operaciones  voluntarias de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las exprese, en los términos de los artículos 85 y 92 de la Ley 70 (texto consolidado por la Ley 6588), su reglamentación y disposiciones<br />concordantes, y/o la emisión de títulos de deuda pública, y/o la reapertura de series<br />y/o clases en circulación, en el marco del Programa de Asistencia Financiera,<br />instrumentado por Ordenanza 51.270 y sus normas modificatorias,reglamentarias<br /> y complementarias, y/o del Programa de Financiamiento en el Mercado Local,<br />instrumentado por la Ley 4315 y sus respectivas normas modificatorias,<br />reglamentarias y complementarias, por hasta la suma de dólares estadounidenses mil cien  millones o su equivalente en pesos, otra u otras monedas o unidades de valor (en adelante, los Títulos).</p>
INTEGRA
Art. 1 Ord. 51270 Delega en el P. Ejecutivo las funciones asignadas a la Sala de Representantes por Art. 9 inc. f) Ley Nac. 19987, de Autorización de reestructuración de la deuda pública.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2789, amplía el monto del Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza 51270, con las modificaciones introducidas por la Ley 323, el Decreto 557/00, por la presente Ley, y disposiciones concordantes.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 3380, amplía el monto del Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza 51270, con las modificaciones introducidas por la ley 323, el Decreto 557/00, por el artículo 1 de la ley 2789, por la presente ley, y disposiciones concordantes.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3894, autoriza al Poder Ejecutivo, a contraer un empréstito público, y amplía, por tanto, el monto del Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza 51270.</p>
REFERENCIADA POR
Terminación anticipada de las operaciones de pase de divisas..P. Morgan Chase Bank.
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 767, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar la reestructuración de las Series I, II, IV y V de la deuda pública emitida bajo el Programa de Asistencia Financiera instrumentado en el marco de la Ordenanza 51270 y ampliada al amparo de la autorización conferida por la Ley 323.</p>
REFERENCIADA POR
Art. 1 Dto. 402-02 Ref. Ord. 51270. Reestructuración de las Series I, II, IV y V. Contratación de J.P. Morgan Europe Limited.
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Ley 773, aprueba la propuesta realizada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de reestructuración de la deuda pública, a los tenedores de los títulos, emitidos bajo el Programa de Asistencia Financiera instrumentado en el marco de la Ordenanza Nro 51270.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5014, autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda a efectuar una operación voluntaria de administración de pasivos, mediante la emisión de títulos de deuda pública en el marco del Programa de Asistencia Financiera, instrumentado por la Ordenanza 51270 y sus leyes modificatorias.</p>
INTEGRADA POR
Art. 1 del Dto. 1819-97 faculta a la SHYF a tomar créditos para la reestructuración de la deuda, integrando Art. 5 de la Ord. 51270
COMPLEMENTADA POR
Art. 3 del Dto. 1819-97 dispone la prórroga de la jurisdicción a tribunales extranjeros en el caso que en el programa de reestructuración financiera intervengan entidades financieras del exterior
INTEGRADA POR
Art. 5 Ord. 52237 Integrada por Art. 1 Ord. 51270 - Presupuesto Año 1998- Poder Ejecutivo- autorización para realizar operaciones de crédito público
REFERENCIADA POR
Dto. 91-97 aprueba propuesta a Suscribirse entre el GCBA y STANDARD & PORR’S y con MOODY’S Investors Service
INTEGRADA POR
Art. 1 Dto. 557-00 Implementa Art. 1 Ord. 51270. SHYF: Delegación de facultades. Toma de créditos. Ampliación del Programa de Asistencia Financiera.
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 a) de la Ley 5491 autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a ampliar el Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza 51270 y/o b) el Programa de Financiamiento en el Mercado Local creado por Ley 4315.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5492 amplía el monto del Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza 51270.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 a) de la Ley 5491 autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a ampliar el Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza 51270 y/o b) el Programa de Financiamiento en el Mercado Local creado por Ley 4315.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1009, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar la reestructuración de la Serie III de la deuda pública emitida bajo el Programa de Asistencia Financiera instrumentado en el marco de la Ordenanza 51270 y ampliado al amparo de la autorización conferida por la Ley 323.t. 4, crea una Comisión de Seguimiento de Reestructuración de la Deuda Pública, en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
PROMULGADA POR
REFERENCIADA POR
Art. 1 Dto. 64-03 Ref. Ord. 51270. Series I, III y V: Contratación de J. P. Morgan Europe Limited. Carta Acuerdo Revisada. Bono Tango.
RATIFICA
Art. 2 Ord. 51270 Ratifica Dto. 482-96. SHYF: Delegación de facultades. Reestructuración de la deuda pública.
RATIFICA
Art. 2 Ord. 51270 Ratifica Dto. 670-96. Elección de Consultor Agente Organizador: The Chase Manhattan Bank.
REFERENCIADA POR
Considerandos y Art. 3 Res. 709-SHYF-03 Ref. Ord. Tercer Suplemento del Convenio de Fideicomiso. Series I, III y V. J. P. Morgan Europe Limited.
COMPLEMENTADA POR
Art. 5 Ord. 51267 Complementa Art. 1 Ord. 51270. Presupuesto año 1997- P. Ejec: Autorización de operaciones adicionales de crédito público .
REFERENCIADA POR
Considerando Res. 2299-SHYF-98 Ref. Ord. 51270. Préstamo Puente. Serie 02 de Título a Mediano Plazo.
INTEGRADA POR
Art. 1 Dto. 872-96 Integra Art. 1 Ord. 51270. SHYF: Delegación de Facultades de suscripción del Contrato de Préstamo Puente, el Contrato de Cesión Fiduciara y demás documentos
REGLAMENTADA POR
Art. 2 del Dto. 872-96 establece que los contratos a que se refiere la Ord. 51270, serán protocolizados por la Escribanía hasta tanto se cree el registro a que se hace referencia el Art. 105 inciso 2 de la Constitución
INTEGRADA POR
Art. 1 Ord. 52240 Implementa el Ord. 51270. P. Ejec: Autorización de ampliación del Programa de Asistencia Financiera.
REFERENCIADA POR
Cons. Dto. 1141-97 Ref. Ord. 51270. Contratación de la Agencia Calificadora de Riesgo Duff & Phelps Credit Rating Co.
INTEGRADA POR
Arts 1 Ord. 51512 Implem. Ord. 51270- Contratación de financiamientos transitorios-The Chase Manhattan Bank.
REFERENCIADA POR
Consid. Dto. 137-97 Ref. Ord. 51270. Aporte de Capital al Banco Ciudad.
REFERENCIADA POR
Considerando Res. 4582-SHYF-97 Ref. Ord. 51270. Cotización de la Serie 03 de Títulos a Mediano Plazo.
REFERENCIADA POR
Considerandos Res.. 4581-SHYF-97 Ref. Ord. 51270. Aprobación de la negociación de los Términos y Condiciones de Emisión de la Serie 03 de Títulos a Mediano Plazo.Suplemento de Precio.
INTEGRADA POR
Arts. 1 y 2 Dto. 277-97 Implementan Art. 1 Ord. 51270. Secretaría de Gobierno: Encomendación y delegación de facultades.Títulos de Deuda Pública (Eurobonos).
REFERENCIADA POR
Cons. Res. 2267-SHYF-97 Ref. Ord. 51.270. Contrato de Colocación Suplementario y del Contrato de Sindicación y de los Términos y Condiciones de Emisión de la Serie 01 de Títulos a Mediano Plazo.
MODIFICADA POR
<p>Ley 323 amplía el monto del Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza 51270, de acuerdo con lo expresado en el artículo 3 de la Ley 3380.</p>
COMPLEMENTADA POR
Res. 687-SHYF-00 aprueba la Creación de la Comisión de Evaluación para la elección del Consultor Agente-Organizador, complementando la autorización conferida por Ord. 51270
REFERENCIADA POR
Elección de The Chase Manhattan International Limited como Consultor Agente Organizador.
REFERENCIADA POR
Ampliación del Programa de Asistencia Financiera. Serie 5 de Títulos a Mediano Plazo.
INTEGRADA POR
Dec. 2104-00 integra art. 1° de la Ordenanza 51270-96 - Delegación de Facultades en el SHYF para Firma de contratos con International Swap Dealers Association, Inc. Operaciones de títulos públicos.
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 6001 autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, a ampliar el Programa de Asistencia Financiera, instrumentado por la  Ordenanza 51.270 y sus normas modificatorias y complementarias.</p>