DECRETO 2104 2000
Síntesis:
FACULTA AL SR. SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS A SUSCRIBIR ACUERDOS MARCO ELABORADOS POR EL ISDA CON SUS APÉNDICES Y CONFIRMACIONES - INTERNATIONAL SWAP DEALERS ASSOCIATION INC. - AUTORIZACIÓN - CRÉDITO PÚBLICO - REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA
Publicación:
06/12/2000
Sanción:
27/11/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 68.267/2000; y
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza N° 51.270/96 y la Ley N° 323/1999 se autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a contraer créditos por hasta la suma de u$s 600.000.000.- o su equivalente en otras monedas, a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, con destino exclusivo a la reestructuración de la deuda de la Ciudad;
Que las operaciones autorizadas se llevaron a cabo en el marco del Programa de Asistencia Financiera mediante la emisión y colocación de bonos a mediano plazo en dólares estadounidenses, liras italianas, euros y pesos;
Que el artículo 5° de la Ordenanza N° 51.267/96 y la Ley N° 323/99 autorizan al Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a realizar operaciones de crédito de mediano y largo plazo.
Que asimismo, el artículo 85 de la Ley de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público establece en su inciso f) que las operaciones de crédito público pueden originarse en la consolidación, conversión y renegociación de otras deudas;
Que siendo que parte de la emisión fue efectuada en liras italianas y euros, y dadas las favorables condiciones imperantes en los mercados de cambio, la Secretaría de Hacienda y Finanzas ha analizado la conveniencia de llevar a cabo una operación de pase a dólares estadounidenses, a efectos de realizar una ganancia de cambio disminuyendo el endeudamiento total de la Ciudad;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que establece el artículo 134 de la Constitución;
Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 1° Facúltase al Señor Secretario de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a suscribir Acuerdos Marco (Master Agreements) elaborados por el ISDA (International Swap Dealers Association, Inc.), con sus Apéndices (Schedules) y Confirmaciones (Confirmations), así como todo otro documento, certificado o instrumento necesarios para llevar a cabo operaciones de derivados respecto a títulos públicos cuya emisión haya sido aprobada con anterioridad.
Art. 2° El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Finanzas.
Art. 3° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Crédito Público, de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.