RESOLUCIÓN 2299 1998 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

RATIFICA LOS ACTOS CUMPLIDOS DURANTE LA INSTRUMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA DE LA CIUDAD Y CAPITALIZACIÓN DEL B.C.B.A. MEDIANTE PRÉSTAMO PUENTE - REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA DE LA CIUDAD - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - CRÉDITO PÚBLICO

Publicación:

30/04/1998

Sanción:

10/03/1998

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto las Ordenanzas del Concejo Deliberante N° 51.270 y N° 51.512; los Decretos GCBA N° 482196, N° 670196, N° 781196, N° 872/96, N° 487197, N° 896/96, N° 91197, N° 137197; las Resoluciones de la SHyF N° 65/97, N° 864/97, N° 2043/97, N° 2044/97, N° 2667197, N° 4364197, N° 4581/97, N° 4582/97, N° 5157197; y el informe de auditoría, de fecha 06/02/98 realizado por la Sindicatura General, sobre el Contrato de Préstamo Puente, de fecha 17/01/97 y el Programa de Asistencia Financiera por US$ 500 millones; y

CONSIDERANDO:

Que el Programa de Asistencia Financiera para la Reestructuración de la Deuda de la Ciudad y Capitalización del Banco de la Ciudad de Buenos Aires se instrumentó mediante un Préstamo Puente por un monto total de dólares estadounidenses ciento veinte millones (US$ 120.000.000) que fuera cancelado en término con fecha 18/04/97 y la emisión de cuatro series de Títulos a Mediano Plazo (Serie 01 US$ 250.000.000; Serie 02 ITL 100.000.000.000.; Serie 03 $ 150.000.000; y Serie 04 ITL 69.000.000.000); por un monto total de dólares estadounidenses quinientos millones (US$ 500.000.000) o su equivalente en otras monedas especificadas.

Que en el contexto financiero internacional al 16/05/97, resultó oportuno proceder a la emisión de la Serie 02 de Título a Mediano Plazo en Liras Italianas, por un monto de liras italianas cien mil millones (ITL 100.000.000.000), conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 4364197 de esta Secretaría;

Que a tal fin, resultó necesario aprobar los términos y condiciones de la emisión de la Serie 02 de Título a Mediano Plazo antes referida según resulta dicho términos y condiciones del Suplemento de Precio correspondiente;

Que, a los efectos de ampliar el espectro de potenciales inversores para los Títulos de la Serie 02 y de facilitar la negociación de los mismos, resultó conveniente solicitar autorización para la cotización de dicha Serie 02 de Título a Medianos Plazo, en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y para la negociación de la misma en el Mercado Abierto Electrónico S.A.;

Que la práctica habitual de los mercados, en la colocación de Título de características similares a los de la Serie 02, consiste en fijar dos precios; el Precio de Colocación y el Precio de reoferta o Precio Final de suscripción de los Títulos. El Precio de Colocación se incluye al sólo efecto de cumplir con las regulaciones del Banco Central Italiano para el cálculo de las comisiones de la emisión, en una etapa previa al ofrecimiento de los mismos. En cambio el Precio de Reoferta, indica las condiciones bajo las cuales los inversores están dispuestos a participar de la colocación y es utilizado para el cálculo del rendimiento al inversor o retorno de la obligación negociable;

Que en el caso particular, de la Serie 02 se fijó el Precio de Colocación al 100% y el Precio de Reoferta al 99,60% tal como surge en el documento de fecha 30/04/97 que contiene los Términos y Condiciones finales de la emisión de la Serie 02;

Que en el caso en particular de la Serie 02 fueron tomadas en consideración otras operaciones financieras, de similares características efectuadas por el Gobierno Nacional, que evidenciaban esta diferenciación entre el Precio de Colocación y el Precio de Reoferta;

Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto GCBA N° 872/96, el Secretario de Hacienda y Finanzas se encontró debidamente facultado para negociar, fijar los respectivos términos, aprobar y suscribir el prospecto de emisión, los contratos de agencia, de colocación y de fideicomiso, los títulos globales o definitivos, así como todo otro contrato, documento, certificado o instrumentos relacionado con la instrumentación del financiamiento a mediano plazo al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a que se refiere la Ordenanza del Visto;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención debida, en cada etapa de la instrumentación del Programa de Asistencia Financiera, conforme a lo dispuesto en el art. 134 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; Por ello;

EL SECRETARIO DE

HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Art. 1°- Ratificanse los actos cumplidos durante la instrumentación del Programa de Asistencia Financiera para la Reestructuración de la Deuda de la Ciudad y Capitalización del Banco de la Ciudad de Buenos Aires mediante un Préstamo Puente por un monto total de dólares estadounidenses ciento veinte millones (US$ 120.000.000), que fuera cancelado con fecha 18/04/97 y la emisión de cuatro series de Títulos a Mediano Plazo (Serie 01 US$ 250.000.000; Serie 02 ITL100.000.000.000; Serie 03 150.000.000; y Serie 04 ITL 69.000.000.000), por un monto total de dólares estadounidenses quinientos millones (US$ 500.000.000) o su equivalente en otras monedas especificadas.

Art. 2°- Convalídanse los Términos y Condiciones de la emisión de la Serie 02 de Títulos a Mediano Plazo en Liras Italianas en el marco del Programa de Asistencia Financiera referido en los considerandos de la presente Resolución, por un monto total Liras Italianas cien millones (ITL 100.000.000.000).

Art. 3°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Crédito Público, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Considerando Res. 2299-SHYF-98 Ref. Ord. 51270. Préstamo Puente. Serie 02 de Título a Mediano Plazo.