DECRETO 557 2000
Síntesis:
FACÚLTASE A LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS A TOMAR CREDITOS CON DESTINO A LA REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA DE LA CIUDAD. APRUÉBANSE LAS BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR AGENTE - ORGANIZADOR - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO - EMISIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS - COLOCACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS - EUROBONOS - DEUDA PÚBLICA - PRÉSTAMOS
Publicación:
04/05/2000
Sanción:
19/04/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 3.23/99 y la Ordenanza N° 51.270/96; y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 5° de la Ley N° 323
/99 y la Planilla N° 23 anexa a dicho artículo, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autoriza al Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a realizar operaciones de crédito público de mediano y largo plazo;
Que por la Ordenanza citada en el Visto se instrumentó el Programa de Asistencia Financiera (EMTNP) con destino a la reestructuración de la deuda de la Ciudad y a la capitalización del Banco de la Ciudad de Buenos Aires;
Que resulta conveniente proceder a la ampliación del citado Programa con el objeto de cubrir necesidades de financiamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de reestructurar su deuda;
Que conforme al artículo cuarto del Decreto Ley N° 9.372/63, modificado por las leyes Nros. 19.642 y 22.301 y ratificado por el artículo 55 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires es el agente financiero del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que resulta necesario efectuar un concurso entre Entidades Financieras de primer nivel, locales y extranjeras, a fin de contratar un Consultor Agente-Organizador encargado de elaborar la ampliación del Programa de Asistencia Financiera (EMTNP);
Que la función del Consultor Agente-Organizador será la colocación de un préstamo sindicado entre entidades financieras locales y/o del exterior y/o la emisión y colocación de Eurobonos/Títulos Públicos, cuyas bases y condiciones se describen en Anexo adjunto;
Que consecuentemente, corresponde facultar a la Secretaría de Hacienda y Finanzas de este Gobierno, a través de los pertinentes procedimientos, a tomar créditos por hasta la suma de u$s 100.000.000,00 (dólares estadounidenses cien millones) o su equivalente aproximado en otras monedas;
Que por lo tanto corresponde aprobar las Bases y Condiciones del concurso anteriormente señalado, obrante en el modelo tipo de invitación y documentación complementaria que obra como Anexo de este Decreto y que forma parte integrante del mismo;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que establece el artículo 134 de la Constitución;
Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
El JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° Facúltase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a tomar créditos con destino a la reestructuración de la deuda de la Ciudad, por hasta la suma de u$s 100.000.000,00 (dólares estadounidenses cien millones) o su equivalente en otras monedas, mediante la ampliación del Programa de Asistencia Financiera (EMTNP) instrumentado en el marco de la Ordenanza N° 51.270 del 21 de diciembre de 1996.
Art. 2° Apruébanse las Bases y Condiciones del concurso para la selección y contratación de un Consultor Agente-Organizador, encargado de elaborar la ampliación del Programa de Asistencia Financiera señalado en el artículo anterior, basado en el otorgamiento de un préstamo sindicado entre entidades financieras locales y/o del exterior y/o la emisión y colocación de Eurobonos/Títulos Públicos, que obran en el modelo tipo de invitación y documentación complementaria que figura como Anexo de este Decreto y que forma parte integrante del mismo.
Art. 3° Facúltase al Banco de la Ciudad de Buenos Aires a instrumentar el proceso de invitación a Entidades Financieras de primer nivel, locales y extranjeras, a fin de formular propuestas para su participación como Consultor Agente-Organizador encargado de elaborar la ampliación del Programa de Asistencia Financiera citado, en los términos del artículo 2°.
Art. 4° Facúltase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a seleccionar y adjudicarle al Consultor Agente-Organizador la gestión de colocar un préstamo sindicado y/o la emisión de un Eurobono/Título Público, lo que deberá tramitarse, previa intervención de los Organos competentes de este Gobierno. La Secretaría de Hacienda y Finanzas designará una Comisión de Evaluación "Ad-hoc" que evaluará las ofertas presentadas y propondrá la adjudicación a la que resulte más conveniente. La Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (art. 7 inc. d) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires y art. 10 inc. b) Dto. N° 698-GCBA-96), designará al Consultor Agente-Organizador de conformidad con las pautas establecidas en el presente concurso, lo que deberá ser aceptado en forma expresa por los oferentes en su oferta, mediante la firma de una nota compromiso cuyo texto se agrega como Anexo II.
Art. 5° El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Finanzas.
Art. 6° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Crédito Público, de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y remítase para su conocimiento y demás efectos al Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
ANEXOS
Buenos Aires, de 2000.
Señores
-Presente
Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en nuestro carácter de agente financiero (Decreto/Ley 9372/63, modificado por Leyes 19642, 22301 y Art. 55 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA), y de acuerdo a lo expuesto por Decreto N° . de fecha del GCBA, a los efectos de invitarlos a formular ofertas para la designación de un consultor-agente organizador (Lead Manager) para la ampliación del "Programa de Asistencia Financiera (EMTNP) instrumentado en el marco de la Ordenanza N° 51.270 del 21 de diciembre de 1996", a través del otorgamiento de préstamos sindicados entre entidades financieras locales y/o del exterior y/o la emisión y colocación de Eurobonos/Títulos Públicos cuyas características se describen en el ANEXO 1 de acuerdo al presente Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo en el ANEXO 2 se acompaña, para una mejor evaluación, una reseña con información jurídica, económica y financiera del GCBA.
La finalidad del programa de asistencia financiera es la cobertura de las necesidades de financiamiento del GCBA, a los efectos de reestructurar su deuda.
REGLAS DEL CONCURSO
El concurso se regirá por los términos que reproducimos en la presente y las normas del derecho argentino que le sean aplicables.
Todos los plazos establecidos se computan por días corridos. Cuando el vencimiento de un término cayera en día inhábil, se entenderá adecuadamente cumplido el acto si se realizara el primer día hábil inmediato siguiente a la fecha de vencimiento.
La participación de las entidades oferentes implicará el conocimiento y la aceptación de todas las condiciones establecidas.
Cuando un oferente esté integrado por dos o más entidades que se presenten asociadas, todas ellas, por el sólo hecho de su presentación, quedarán solidariamente responsables con respecto a su participación y obligadas al cumplimiento de la oferta y de todas las obligaciones que se asuman en la carta oferta respectiva.
OBJETO DEL CONCURSO
El objeto del concurso es la selección de un consultor-agente organizador para la ampliación del "Programa de Asistencia Financiera (EMTNP) instrumentado en el marco de la Ordenanza N° 51.270 del 21 de diciembre de 1996", a través de la colocación de préstamos sindicados y/o emisión y colocación de Eurobonos/Títulos Públicos.
CRONOGRAMA
El concurso se desarrollará conforme al siguiente cronograma:
26 de abril de 2000: invitación a formular ofertas de financiamientos.
4 de mayo de 2000: la presentación de los sobres que contengan las ofertas deberá efectuarse entre las 10 y las 12 horas de ese día en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Florida 302, 6° piso, Salón de Actos, Capital Federal. Inmediatamente después, en acto público, se realizará la apertura de los sobres ante escribano y se procederá a labrar un Registro de Oferentes y posteriormente un Acta de Cierre de recepción de ofertas.
12 de mayo de 2000: en acto público a realizarse a las 17 horas en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Florida 302, 6° piso, Salón de Actos, Capital Federal, se comunicará la propuesta ganadora y se suscribirá la aceptación de dicha oferta. En caso de resultar necesario efectuar modificaciones a la oferta, se podrá postergar la fecha de aceptación.
19 de junio de 2000: vencimiento del plazo máximo para completar los desembolsos de los préstamos y/o de la emisión y/o colocación de los Eurobonos/Títulos Públicos. Si esos desembolsos y/o colocaciones no se hubieran completado en esa fecha por causas ajenas al GCBA, el GCBA podrá dar por finalizada la relación contractual con el consultor-agente organizador, sin que éste, por tal razón tenga derecho a percibir indemnización alguna.
PRESENTACION DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán estar redactadas en castellano y ser suscriptas por el o los representantes legales o apoderado del oferente. Su presentación se efectuará bajo sobre cerrado, cuyo anverso y reverso deberán ser, asimismo suscriptos por el mismo representante legal o apoderado.
EVALUACION
A los efectos de evaluar las propuestas, se tendrán en cuenta los siguientes factores:
La experiencia de los últimos tres años referida a la colocación de préstamos sindicados y la emisión y colocación de títulos de deuda para los sectores públicos y privados, en la República Argentina y países latinoamericanos, con las condiciones relevantes de esas colocaciones.
Costo máximo de financiación estimado al momento de presentación de la oferta, en forma de tasa de interés base (Libor, muestra BCRA, etc.) más un spread, con características de tasa fija o flotante. Se deberá informar en el caso de que las hubiere, las comisiones, gastos e impuestos a cargo del GCBA, los cuales deberán detallarse en forma pormenorizada.
Criterios que se aplican para la determinación del spread sobre la base.
La voluntad y decisión del oferente de asegurar una razonable liquidez en el mercado, que permita sostener precios acordes a los niveles del mismo, limitando la volatilidad. Explicitar la estrategia.
Capacidad de emitir research en forma periódica y sistemática, con una difusión amplia del mismo. Presentar research elaborados, de riesgos subsoberanos.
Condiciones a los que el compromiso del oferente esté sujeto y estructura legal y financiamiento de la propuesta.
ADJUDICACION
De entre las ofertas presentadas, la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires designará al consultor-agente organizador de conformidad con las pautas establecidas en el presente concurso, lo que deberá ser aceptado en forma expresa por los oferentes en su oferta, mediante la firma de una nota compromiso cuyo texto se agrega como ANEXO 3.
FUNCIONES
Las entidades financieras invitadas a participar del presente concurso deberán demostrar encontrarse en condiciones de asumir las siguientes funciones:
Diseñar e implementar una adecuada estructura legal y financiera que le permite al GCBA satisfacer sus necesidades financieras mediante la exitosa colocación de préstamos sindicados y/o emisión de Eurobonos/Títulos Públicos.
Organizar y liderar el sindicato de suscriptores.
Elaborar los prospectos y toda información necesaria para la realización de la oferta privada o pública en el país y en el exterior sobre base de la información que el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y el GCBA provean. Tanto la información a brindar como el cronograma deberán ser aprobados previamente por el GCBA.
Distribuir en el país y en las principales plazas del exterior, prospectos y folletos informativos y toda la documentación adecuada para la preparación de las ofertas.
Realizar las tareas necesarias para las registraciones en los organismos de control y cotización de los países en que se coloquen los Eurobonos/Títulos Públicos, si fuere el caso.
Organizar, en las ciudades que se consideren necesarias en la República Argentina o en el exterior, los "road shows" para la difusión de las ofertas.
GASTOS Y COMISIONES
Las ofertas deberán detallar acabadamente:
Las condiciones bajo las cuales se asumirá el compromiso de colocar al GCBA la totalidad de los préstamos sindicados y/o Eurobonos/Títulos Públicos mediante un contrato de emisión y colocación.
Todos los gastos relacionados con la emisión a cargo del GCBA, incluyendo sin carácter restrictivo, los gastos de traducción e impresión, comisiones de fiduciarios y agentes de pago, gastos de cotización y registro, calificaciones, asesores legales externos locales y/o internacionales, y/o asesores en general, lugares de los colocadores, organización de los "road shows", etc. Esta enumeración es meramente enunciativa y deberán incluirse en la oferta la totalidad de los gastos de cualquier naturaleza y concepto que sea que deba abonar el GCBA.
Las comisiones de suscripción, organización o de otro tipo que deberían ser abonadas por el GCBA.
Tanto en el detalle de comisiones como en el de gastos, se deberá indicar cualquier impuesto aplicable a los mismos que pudiera incrementar el importe pagadero por el GCBA, incluyendo sin criterio resolutivo, cualquier monto que resulta aplicable a cuenta del Impuesto al Valor Agregado.
OTRAS CONDICIONES
También se deberá aclarar:
Necesidades, extensión y costo de "road shows".
Mercados en los cuales deberán cotizar los Eurobonos/Títulos Públicos.
Estrategia de colocación indicando mercados a los que se apunta.
Necesidad de calificaciones locales o internacionales.
JURISDICCION
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia. Todas las notificaciones serán válidas cuando se efectúen en los domicilios constituidos.
El presente llamado a concurso podrá ser dejado sin efecto en cualquier momento de su tramitación o adjudicación, a exclusivo y discrecional criterio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y sin derecho alguno a indemnización a favor de los convocados o eventuales participantes.
Saluda a ustedes muy atentamente.
ANEXO 1
Emisor / Tomador
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Monto
Hasta U$S 100 millones.
Moneda
A elección del o los oferentes. De ser en moneda diferente a Dólares Estadounidenses, indicar el costo de cobertura a estas últimas.
Requerimiento de fondos
U$S 100 millones el 9 de junio de 2000.
Vida Promedio
3 (tres) años.
Amortización
Al final de la vida promedio del instrumento de financiamiento.
Base para el cálculo de intereses
Deberá indicarse denominador (360/365 días).
Los intereses serán pagados de acuerdo a los usos y costumbres.
Uso de Fondos
Reestructuración de la deuda del GCBA.
Garantías
Sin garantías.
Jurisdicción. Ley Aplicable
Se pueden someter a jurisdicciones y Leyes Extranjeras.
ANEXO 2
Introducción
El presente documento fue elaborado con el objeto de presentar un informe resultante del relevamiento de todas las áreas y aspectos que conforman el estado de situación actual del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (en particular del área económico - financiera), como así también el conjunto de medidas adoptadas y a adoptar por el Gobierno para la obtención de resultados concretos que se materialicen en una mejora sustantiva en la situación de la Ciudad, a fin de incentivar la negociación y el otorgamiento de créditos de entidades financieras, que deseen participar en el logro de sus objetivos.
1. Situación Institucional y Política
La Constitución de la Nación Argentina aprobada por Convención Constituyente el 15 de diciembre de 1994 establece la división de poderes entre los gobiernos federal y provinciales. Cada provincia tiene su propia constitución que establece su estructura gubernamental y dispone la elección de un gobernador provincial y la legislatura. Las provincias tienen jurisdicción respecto de la educación, instituciones municipales, policía provincial, tribunales provinciales y otros asuntos de incumbencia puramente provincial o local. Cada provincia tiene jurisdicción respecto de la solicitud de préstamos de dinero con su propio crédito, sujeto a la aprobación del Gobierno nacional a través del Ministerio de Economía. El Gobierno nacional tiene jurisdicción sólo respecto de aquellas cuestiones que le fueron expresamente delegadas por las provincias en la Constitución, entre las que se incluyen legislación civil, penal, comercial, de minería y laboral, deuda pública y bienes federales, la regulación del comercio exterior, comercio y las quiebras, la emisión de moneda, la regulación de los bancos y de la actividad bancaria, la defensa nacional, las relaciones exteriores, aduanas y la reglamentación del transporte marítimo y puertos.
La Ciudad tiene un rango especial en virtud de la Constitución de la Argentina. Antes de las reformas introducidas a la Constitución en 1994, la Ciudad, como asiento del Gobierno nacional, era una municipalidad bajo la jurisdicción del Gobierno nacional y estaba administrada por un Intendente designado por el Presidente de la República. De conformidad con las reformas a la Constitución en 1994, se le otorgó a la Ciudad el carácter de autónoma. A fin de garantizar los intereses del Gobierno nacional mientras la Ciudad continuara siendo la Capital Federal de la República Argentina, el Congreso Nacional sancionó en noviembre de 1995 y de acuerdo a lo contemplado en la reforma de la Constitución Nacional, una ley que dispuso, entre otras cosas, la continuación de la jurisdicción federal respecto de aquellos bienes ubicados en la Ciudad que son utilizados por el Gobierno nacional o son de su propiedad, establecía el estado legal de la Ciudad como sucesora de la anterior Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, confirmaba la vigencia de toda la legislación nacional y municipal aplicable en ese momento a la Ciudad hasta disposición en contrario de las autoridades locales o nacionales, y aceptaba la responsabilidad federal de continuar con la prestación de ciertos servicios a la Ciudad tal como el de la fuerza pública.
Otra Ley federal disponía el llamado a elecciones para designar al Jefe de Gobierno y al Vicejefe de Gobierno de la Ciudad, así como a los miembros de la Convención Constituyente. Esta última sesionó desde el 6 de agosto de 1996 hasta el 1° de octubre de 1996 y la Constitución de la Ciudad redactada por la Convención entró en vigencia el 10 de octubre de 1996.
La Constitución de la Ciudad establece la división del gobierno en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.
Poder Ejecutivo
El poder ejecutivo comprende al Jefe de Gobierno, un Vicejefe de Gobierno y algunas Secretarías de la Ciudad. El Jefe de Gobierno y el Vicejefe de Gobierno son elegidos por el voto popular de los habitantes de la Ciudad. Los Secretarios son designados, y pueden ser removidos, por el Jefe de Gobierno.
La Ciudad tiene las Secretarías de: Gobierno; Cultura; Educación; Hacienda y Finanzas; Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito; Planeamiento Urbano; Salud; Promoción Social; Industria, Comercio y Trabajo; Turismo; y Medio Ambiente y Desarrollo Regional. Tanto el Jefe de Gobierno como el Vicejefe de Gobierno tienen un mandato de cuatro años y pueden ser reelectos por un período sucesivo. El 30 de junio de 1996, el Dr. Fernando de la Rúa, y el Dr. Enrique Olivera, ambos de la UCR, fueron elegidos Jefe de Gobierno y Vicejefe de Gobierno de la Ciudad, respectivamente. Asumieron sus funciones el 6 de agosto de 1996.
El cargo de Jefe de Gobierno reemplaza el cargo anterior de Intendente, en tanto que, el cargo de Vicejefe de Gobierno no tiene equivalente en el régimen anterior.
A partir del 9 de diciembre de 1999 y como consecuencia de las elecciones que tuvieron lugar el 24 de octubre del mismo año, el Dr. Fernando de la Rúa ocupó la Presidencia de la Nación, quedando la Jefatura de Gobierno a cargo del Dr. Enrique Olivera, en tanto que el Dr. Aníbal Ibarra se encuentra a cargo de la Vicejefatura de Gobierno.
Poder Legislativo
La Constitución de la Ciudad preveía la creación de un órgano legislativo, la Legislatura, compuesta por 60 miembros elegidos por votación popular y presidida por el Vicejefe de Gobierno. Los miembros de la Legislatura ocupan el cargo por un período de cuatro años y pueden ser reelectos por un mandato sucesivo. Las elecciones para renovar la mitad de los miembros de la Legislatura tienen lugar cada dos años.
La ley federal que implementó las reformas de 1994 a la Constitución exigía que el Presidente de la República convoque a elecciones para elegir a los primeros miembros de la Legislatura una vez que la Constitución de la Ciudad esté vigente. Las mismas tuvieron lugar en octubre de 1997 quedando compuesta la Legislatura de la siguiente manera: 19 bancas ocupadas por miembros del FREPASO, o sea el 31.7 % de las 60 bancas, 18 bancas ocupadas por miembros de la UCR, o sea el 30.0 % del total, 11 bancas ocupadas por miembros del PJ, o sea el 18.3 % del total, 11 bancas ocupadas por miembros de Nueva Dirigencia (18.3 %) y la banca restante ocupada por un miembro independiente. A parir de la conformación en el ámbito nacional de la Alianza (producto de la unión de la UCR y del FREPASO), estos dos bloques pasan a conformar un bloque único.
El anterior órgano legislativo de la Ciudad, el Concejo Deliberante, permaneció en funciones y continuó desempeñándose como autoridad legislativa con los mismos poderes y autoridad que tenía anteriormente, hasta enero de 1998, fecha en que entró en funciones la Legislatura.
Según la Constitución de la Ciudad, la Legislatura tiene todas las facultades legislativas no delegadas al Gobierno nacional de conformidad con la Constitución federal. Sin embargo, según ciertos acuerdos entre el Gobierno nacional y la provincias, la Ciudad (al igual que las provincias) no puede realizar ciertas acciones en relación con el aumento de impuestos.
Poder Judicial
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución Nacional, la Ciudad de Buenos Aires posee facultades propias de jurisdicción, lo que comprende la aplicación del derecho común por su parte y de acuerdo a lo prescrito por el artículo 106 los jueces de la Ciudad son competentes para la aplicación de los códigos de fondo.
La ley 24.588, garantiza los intereses del Estado Nacional mientras sea capital de la República para asegurar el pleno ejercicio de los poderes atribuidos a las autoridades del Gobierno Nacional. De esta forma la Nación conserva todo el poder no atribuido por la Constitución al gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires y es titular de todos aquellos bienes, derechos, poderes y atribuciones necesarios para el ejercicio de sus funciones.
En este sentido y respecto de la Justicia Nacional ordinaria, encargada de juzgar las causas regidas por la legislación común, mantiene su jurisdicción y competencia, siendo que la Ciudad tiene facultades propias de jurisdicción sólo en materia de vecindad, contravencional y de faltas, contencioso administrativa y tributaria locales.
En este sentido resulta necesario elaborar la modificación a la norma anteriormente citada, para que efectivamente se materialice la transferencia de funciones de la justicia ordinaria de la Capital Federal de acuerdo a lo establecido en el decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1.417/96 y a las conclusiones a que arribó la Comisión mixta formada a ese efecto.
El Poder Judicial de la Ciudad se integra por un Tribunal Superior de Justicia, un Consejo de la Magistratura, y un Ministerio Publico; Las Cámaras de Casación en lo Penal, en lo Civil, en lo Comercial, en lo Criminal y Correccional; Tribunales Orales en lo Criminal de Menores, Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario y en lo Contravencional y de Faltas; y los Juzgados de primera instancia en lo Civil, en lo Comercial, en lo Criminal y Correccional; del trabajo, de Menores, en lo contravencional, de faltas, de ejecución y seguimiento de sentencia, en lo contencioso administrativo, de vecindad y tribunal electoral.
En diciembre de 1998 se conformó el Tribunal Superior de Justicia integrado por: cinco Ministros, tres Secretarios Judiciales, a cargo de secretarías de actuación judicial, en asuntos Contravencionales, Originarios y Contenciosos Administrativos Tributarios, cinco Secretarios Letrados y cinco Prosecretarios Letrados, y una Dirección General de Administración y Dirección General Adjunta.
Es competencia del Tribunal Superior de Justicia conocer: Originaria y exclusivamente en los conflictos entre los poderes de la ciudad y en las demandas que promueva la Auditoría General de la Ciudad, en las acciones declarativas contra la validez de leyes, decretos y cualquier otra norma de carácter general emanada de las autoridades de la Ciudad, contraria a la Constitución Nacional y a la Constitución de la Ciudad; Apelada ordinaria, contra sentencias dictadas por los tribunales inferiores, siempre que el monto reclamado sea superior al que establezca la ley y que la ciudad sea parte en el juicio; Apelada extraordinaria mediante la interposición de recursos específicos que habilitan la actuación del Tribunal; Originaria en materia electoral y de partidos políticos.
Conforme a la Ley N° 31 sancionada el 28 de mayo de 1998 y promulgada por decreto N° 1137 del 16 de junio de 1998, se constituyó el Consejo de la Magistratura como órgano encargado de la selección de magistrados y de la administración del Poder Judicial de la Ciudad, cuya función consiste en asegurar su independencia, garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de justicia, promover el óptimo nivel de sus integrantes, y lograr la satisfacción de las demandas judiciales sobre la función jurisdiccional del Estado. El Consejo se integra con nueve miembros, y estructuralmente se compone de un Plenario, una Comisión de administración y financiera, una Comisión de selección de integrantes de la magistratura y del Ministerio Publico y la Comisión de disciplina y acusación.
De acuerdo a lo establecido por la Ley 21, promulgada por Decreto N° 871 del 8 de mayo de 1998, se conformó el Ministerio Publico de la Ciudad de Buenos Aires, integrado por una Fiscalía General de la Ciudad, una Defensoría General y una Asesoría General tutelar. Su función es promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de acuerdo con los intereses generales de la sociedad, y velar por la normal prestación del servicio de justicia procurando la satisfacción del interés social.
Por Decreto N° 268-SG-98, se constituyó la justicia contravencional y se sancionó la Ley de Procedimiento Contravencional. Asimismo se constituyó la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional, junto a tres juzgados de primera instancia en la materia, un Fiscal de Cámara, cinco Fiscalías de primera instancia y finalmente dos Defensorías de primera instancia.
Por Resolución N° 30 del 6 de mayo de 1999, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires resolvió poner en funcionamiento la justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario, integrada por una Cámara de Apelaciones con dos salas y una Secretaría General , doce juzgados de primera instancia con dos secretarías cada uno, un Ministerio Publico compuesto por un fiscal de cámara y su adjunto, dos fiscales ante los juzgados de primera instancia, un defensor y sus respectivos adjuntos y finalmente un asesor tutelar. Todos estos Tribunales tienen jurisdicción exclusiva respecto de reclamos efectuados contra la Ciudad.
Por Decreto N° 663 del 5 de abril de 1999 se ha iniciado un programa de transformación de las tradicionales estructuras judiciales, a fin de establecer un nuevo modelo de justicia democrática que- sobre la base de las partidas que se transferirán eventualmente a la Ciudad- resuelva con celeridad y eficacia las distintas formas de conflictividad social, garantizando el acceso real y efectivo de los ciudadanos de la justicia, especialmente los de menos recursos.
Si bien la justicia se encuentra en proceso de integración se han podido lograr hasta la fecha el establecimiento de todas las instituciones judiciales previstas en la Constitución de la Ciudad.
Entidades de Control
La Constitución de la Ciudad establece que ciertas entidades deben estar a cargo de la supervisión y control de la administración de la Ciudad. El Síndico General realiza la auditoría interna de las cuentas de la Ciudad y revisa todos los usos de los fondos públicos que realizan los funcionarios de la Ciudad. El Síndico General fue designado el 1° de octubre de 1996. La Constitución de la Ciudad también establece que la auditoría externa de las cuentas de la Ciudad y el control del uso de los fondos por parte de los funcionarios de la Ciudad será realizada por un nuevo organismo denominado Auditoría General de la Ciudad, la que se incluye dentro de la jurisdicción de la Legislatura. La Auditoría fue creada por la Ley 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, publicada el 29 de septiembre de 1998. El Procurador General de la Ciudad controla la legalidad de las decisiones administrativas y depende del Jefe de Gobierno. Finalmente, la Constitución de la Ciudad crea la figura del Ombudsman o "defensor del pueblo", a cargo de la protección de los derechos humanos y constitucionales de los habitantes contra violaciones por parte de la administración de la Ciudad o de las empresas prestadoras de servicios públicos.
Comunas Administrativas
La Constitución de la Ciudad establece que la administración de la Ciudad será descentralizada a través de la creación de "comunas" que cubran el territorio de la Ciudad. El proceso de descentralización se inició en el año 1996, teniendo como eje central la creación de dieciséis (16) Centros de Gestión y Participación (C.G.P.), distribuidos territorialmente en la Ciudad, que constituyen el embrión de las futuras Comunas. Se inició una paulatina descentralización y desconcentración de funciones desde el Gobierno Central hacia éstos. Actualmente, se está en la última etapa de este proceso que consiste en cumplir con el mandato de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires de elaborar la Ley de Comunas.
Las Comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial. Ejercen funciones con carácter exclusivo -tal como el mantenimiento de las vías secundarias y de los espacios verdes- y otras de forma concurrente y coordinada con el Gobierno Central , -como la decisión y ejecución de obras públicas de impacto local y la participación en la planificación y el control de los servicios-. El gobierno de las Comunas es la Junta Comunal, constituida por siete (7) miembros -uno de los cuales es su Presidente-, elegidos en forma directa por los ciudadanos. Si bien es la Ley de Presupuesto de la Ciudad la que establece las partidas que se asignan a cada Comuna, estas pueden participar elaborando su anteproyecto de presupuesto anual que luego será considerado por el Gobierno Central al momento de elaboración del definitivo. Cabe aclarar que las Comunas en ningún caso pueden crear impuestos, tasas o contribuciones ni endeudarse financieramente. Las Comunas deben ser creadas por una Ley de la Legislatura de la Ciudad aprobada por los dos tercios del total de sus miembros, requiriéndose por ello un amplio consenso de los distintos partidos políticos.
Cabe señalar, que como consecuencia de la creación de estas Comunas, el Presupuesto del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no se verá incrementado, dado que las partidas que se les asignen provendrán de la transferencia de otras áreas actualmente centralizadas.
Partidos Políticos
Tradicionalmente, los partidos políticos más importantes de la Argentina y de la Ciudad han sido la UCR, fundada en 1890, y el PJ, fundado en la década del 40. La UCR ha contado tradicionalmente con el apoyo de la clase media urbana, mientras que el PJ ha recibido el apoyo de la clase trabajadora. El Frepaso, un nuevo partido político formado a partir de una alianza de ex miembros del PJ y otros partidos que no estaban de acuerdo con la política del Presidente Carlos Menem, también obtuvo el apoyo de la ciudadanía. Varios partidos políticos minoritarios funcionan en la Ciudad. Estos partidos políticos ocupan posiciones en todo el espectro político.
Durante el año 1997 se constituyó La Alianza, producto de la unión de dos partidos políticos: la UCR y el FREPASO.
2. Producto bruto y población de la Ciudad.
El área que comprende la Ciudad de Buenos Aires abarca una superficie de 200 km2.
El producto bruto geográfico de la Ciudad de Buenos Aires fue estimado para 1998 en $ 81.556 millones. En los últimos ocho años, el indicador se incrementó en un 37,8% lo que significa un promedio anual de 4,7% (véase Cuadro I).
Actualmente, la Ciudad representa aproximadamente el 26,6% del PBI nacional, valor igual al de 1991. Su punto más álgido fue en 1994, donde se alcanzó una participación del 28,5% (véase Cuadro II).
Los sectores económicos más representativos de la Ciudad corresponden a los de servicios financieros y servicios con el 61,0% del total, comercio e industria manufacturera con el 30,0% del total. Estos cuatro rubros componen el 91,0% del Producto Bruto de la Ciudad. Si a ello se suma el valor agregado por los sectores transporte, almacenamiento y comunicaciones, y servicios públicos (7,9%), prácticamente se obtiene la totalidad del mismo.
La proyección de población para la Ciudad estima que en 1999 los habitantes de la Ciudad superaron los 3 millones, lo que representa aproximadamente el 8,3% de la población total del país. En los últimos 8 años la tasa de crecimiento vegetativo ha crecido muy por debajo de la media nacional. En efecto, en tanto la población total de Argentina es 12,2% más alta en 1999 con relación a 1991, en el mismo período la Ciudad tiene solamente un 2,6% más de población (véase Cuadro III).
El producto bruto per cápita de la Ciudad es de u$s 26.830. La población económicamente activa es de aproximadamente el 49,8% del total. La tasa de desocupación de acuerdo a la encuesta de octubre de 1998 es del 8,6%. Una parte significativa de la población activa de la Ciudad está ocupada en el sector público, tanto para la atención de entes nacionales como municipales. Cabe señalar que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial se desenvuelven en su esfera, así como la mayoría de los organismos públicos nacionales.
3. Situación fiscal de los últimos años
El Cuadro IV presenta la ejecución del presupuesto de la Ciudad de los últimos cinco años (1995-1999).
A continuación se exponen una serie de comentarios que permiten ilustrar la evolución de los indicadores desde la asunción del actual gobierno.
a) Ingresos Corrientes:
De acuerdo con lo establecido en el Pacto Fiscal de 1993, la Ciudad dictó en 1994 una ampliación de la exención del impuesto a los ingresos brutos, incluyendo industrias de productos elaborados y de la construcción. A pesar de ello, en virtud de los esfuerzos realizados en materia de administración tributaria, se registró entre la fecha de asunción del primer gobierno autónomo, 1996, y 1999, un crecimiento en la recaudación de este impuesto de $ 481,3 millones, esto es, un 34,2% más que en 1996.
El total de recursos corrientes registra en este período un incremento de $ 633,9 millones, es decir, un 24,1% más que en 1996.
A la fecha, aún se encuentra pendiente por parte del Congreso de la Nación el tratamiento de la nueva Ley de Coparticipación Federal, la cual deberá establecer el marco jurídico para la sanción por parte de las Legislaturas provinciales de los nuevos regímenes impositivos.
En este sentido, un aspecto de importancia a considerar es que la Ciudad, no depende en forma sustancial de transferencias de recursos de otras jurisdicciones siendo muy importante la recaudación de recursos propios. Del total de recursos percibidos en 1999 se destaca el 57,8% de los impuestos recaudados en concepto de ingresos brutos. Los gravámenes inmobiliarios participaron en un 14,7%, mientras que el impuesto a las patentes representó el 8,7%. Es decir que solamente la recaudación de estos tres impuestos permite obtener el 81,2% del total de los ingresos recaudados por el Municipio.
Las bases impositivas de la Ciudad han sido en su mayoría relativamente estables en los últimos años. Las principales fluctuaciones han tenido lugar el año 1996, en que se produjo una disminución en la recaudación total del 4,1%, revirtiéndose esta situación en 1997, año a partir del cual se observa una tendencia creciente debido a las mejoras en el sistema de recaudación, que permitió incluso sobrellevar la recesión económica iniciada en el último trimestre de 1998 (Cuadro V).
La administración actual orientó sus esfuerzos a asegurar la transparencia en la administración tributaria y al control de la evasión revisando y modificando sus sistemas de computación y seguridad y ha celebrado acuerdos de participación de información con el Gobierno nacional y la provincia de Buenos Aires, destinados a posibilitar un mejor rastreo de los impuestos adeudados.
En tal sentido, los incrementos registrados en la recaudación no son consecuencia de un incremento de alícuotas de los gravámenes, sino de una mejora en la administración tributaria, a través de una reducción del nivel de evasión, haciendo más equitativa la carga tributaria sobre el total de los contribuyentes.
En materia de coparticipación federal, la Ley N° 23.548 establece la obligación del Gobierno Nacional de entregar al Gobierno de la Ciudad la parte correspondiente a aquél, equivalente a una suma de dinero compatible con los niveles históricos, no inferior en términos constantes, a la suma transferida en 1987. Este tratamiento, que es diferencial con el vigente para las demás jurisdicciones, significa que el Gobierno Nacional establece anualmente una cifra fija en el Presupuesto General de la Nación.
Esta situación desventajosa deberá dirimirse en oportunidad de la negociación de la nueva Ley de Coparticipación, teniendo en cuenta que de continuarse aplicando los criterios objetivos a que hace referencia el artículo 75 inciso b, de la Constitución Nacional, el monto que debería recibir el Gobierno de la Ciudad sería considerablemente mayor. Lo mínimo que puede esperarse en este sentido es que el monto actual sea considerado como un piso de negociación.
Entre los "criterios objetivos" la Ciudad espera que se apliquen: volumen de población, ya que la mayoría de los servicios prestados por la Ciudad (principalmente educación y salud) están en directa relación con su población, índice de pobreza de la Ciudad, medido sobre la base de la estimación del porcentaje de viviendas de la Ciudad con necesidades básicas insatisfechas (consistentes fundamentalmente en alimentación, vestimenta, transporte, atención de la salud, habitación y educación) y la densidad de población.
La Ciudad espera que en el nuevo sistema de coparticipación se la incluya junto con las provincias en el segundo nivel de distribución de los recursos coparticipables, en lugar de recibir directamente del Gobierno nacional una parte de los recursos tributarios retenidos por éste para uso propio.
En 1999, la Ciudad recibió $ 143,9 millones del Gobierno nacional en virtud de la Ley de Coparticipación, lo que representa el 4,4% del total de los ingresos de la Ciudad para dicho año y aproximadamente el 1,2% de todos los ingresos distribuidos en virtud de la Ley de Coparticipación. La Ciudad considera que su participación es desproporcionadamente pequeña teniendo en cuenta que su economía representó aproximadamente el 26,6% del PBI de la Argentina en 1998 y su población representa aproximadamente el 8,42% de la población nacional.
b) Gastos Corrientes y de Capital:
La Ciudad de Buenos Aires posee el tercer presupuesto del país, luego del Gobierno Nacional y de la Provincia de Buenos Aires. Ello requiere que los mecanismos de información, registro, presupuesto y control imprescindibles para la gestión exitosa de una administración, sea ésta pública o privada, funcionen con la mayor eficacia. A partir de 1996, al asumir el primer gobierno autónomo, se llevó a cabo un relevamiento del sistema prespuestario de la Ciudad observándose que, si bien existían sistemas de presupuestación, su utilización había sido discrecional y con un bajo grado de control.
A partir de allí, se comenzó a trabajar en la unificación de la registración contable y financiera, como así también en la puesta en marcha de la Cuenta Unica que se hizo operativa en enero 1999.
En el período enero-julio 1996 la administración anterior efectuó un compromiso del presupuesto muy superior a las previsiones iniciales, con una fuerte incidencia en la posibilidad de la nueva administración para comprometer gastos y ejecutar nuevas obras. Desde abril de 1996, los pagos a contratistas estaban virtualmente suspendidos, registrando pocas excepciones en las que los pagos se encontraban al día.
Para restablecer el circuito de pago a los proveedores y contratistas, el Jefe de Gobierno dictó el Decreto GCBA N°225/96, por el cual se estableció un mecanismo que permitió proceder al examen de las deudas públicas de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en plazos perentorios.
La estructura de gastos por sectores del Gobierno de la Ciudad se presenta en el Cuadro VII. Dentro de los servicios principales se encuentran los de Salud y Educación, que representaron en conjunto aproximadamente el 53,3% de los gastos de la Ciudad en 1999. Los servicios de salud comprenden la prestación de los servicios hospitalarios básicos y atención médica, fundamentalmente a los residentes de la Ciudad pero también, en la práctica a cualquier persona independientemente del lugar donde viva. La Ciudad tiene 33 hospitales públicos y algunos de los mejores médicos y equipos disponibles en la Argentina. Los servicios de educación comprenden la provisión de escuelas y enseñanza hasta el nivel universitario para todos los residentes de la Ciudad.
Otros servicios prestados por la Ciudad a través de otros departamentos incluyen servicios administrativos, como la emisión de licencias de conducir, a través del departamento de Gobierno, atracciones culturales como museos y teatros a través del departamento de Cultura, aprobación de planos y la ejecución de obras públicas a través del departamento de Planificación Urbana y Medio Ambiente y el departamento de Producción y Servicios de la Ciudad.
El gasto en personal representa una gran parte de los ingresos de la Ciudad, en concreto el 52,9% del total, sumando en 1999 $1.732,6 millones. Los cargos cubiertos a diciembre de 1999 son aproximadamente 127.500 (cuadro VI) y las mayores partidas se registran en los sectores de educación y salud que representan el 74,0% de las erogaciones en personal.
En un esfuerzo por contener los costos de personal, la Ciudad congeló desde 1992 los sueldos y la promoción de todos sus empleados. El principal objetivo de la administración actual de la Ciudad es reducir los índices de ausentismo de los empleados de la Ciudad. El Banco Mundial ha fundado un programa para asistir a la Ciudad en este sentido. Además, la Ciudad está intentando lograr una mayor productividad de sus empleados a través de la capacitación y reubicación de los mismos en nuevas áreas creadas por la Constitución de la Ciudad.
Los otros gastos están compuestos fundamentalmente por el rubro Bienes y Servicios, que representa un 21,9% del total del gasto en 1999, y por Intereses de la Deuda que representa un 3,7% del total. El rubro servicios básicamente tiene que ver con los servicios de bacheo, veredas, alumbrado, espacios verdes, sumideros y recolección de residuos; los gastos de alquiler de inmuebles para escuelas, los pagos a comedores escolares y la entrega de fondos al Sistema Nacional de Escuelas Privadas (SNEP). En el área salud, se destinan fondos para el mantenimiento hospitalario.
Un aspecto importante para tener en cuenta está constituido por la transferencia de la Caja de Jubilación Municipal, la cual ya se ha operado y deslinda de responsabilidad futura a la Ciudad.
4. Situación fiscal actual, presupuesto 2000 y proyecciones período 2001-2004
Los Cuadros IV y V muestran la ejecución del Presupuesto 1999 y el Cuadro VIII las proyecciones para el período 2000-2004. A continuación se exponen los principales comentarios acerca de la situación fiscal actual y las hipótesis utilizadas para la elaboración de dichas proyecciones.
a) Ingresos corrientes:
El total de ingresos corrientes para el año 1999 fue de $3.263,6 millones, lo que significa un incremento del 4,5% respecto a 1998, debiéndose dicho aumento primordialmente a la mayor recaudación obtenida en los principales impuestos percibidos por la Ciudad, los que aportaron en promedio con un 3,7% al total de Ingresos Tributarios.
Los nuevos regímenes de Facilidades de pago que comenzaron a percibirse en el año, provocaron un flujo adicional de recursos del orden de los $ 100,1 millones.
Con respecto a los Ingresos No Tributarios compuestos básicamente por lo recaudado en concepto de peaje de la Autopista 25 de Mayo y por Tasas y Derechos, si bien el monto total recaudado durante el año 1999 fue inferior al de 1998 en un 3,4% alcanzó el monto presupuestado.
Para el ejercicio 2000 se ha estimado que los ingresos corrientes serán de $3.286,1 millones. A tal objeto se ha tenido en cuenta especialmente lo relacionado con la situación económica general, trabajándose con una hipótesis de crecimiento del 2,2%.
La proyección de la recaudación del tributo de mayor significación de la Ciudad, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, fue realizada a partir de analizar su comportamiento durante el periodo de recuperación de la última crisis económica nacional (1996). Se estimó así la elasticidad/producto de la recaudación del tributo en aquel período (1,28) y se la utilizó para proyectar los recursos del 2000, aplicándola a la hipótesis de crecimiento adoptada. Para los restantes recursos se emplearon las metodologías de proyección tradicionales.
Como resultado, se proyectó un crecimiento de los recursos totales de la Ciudad para el 2000 de un 2,2% por encima de la ejecución para 1999, considerándose que esta estimación es de mayor prudencia que la adoptada en el Presupuesto Nacional y en muchos de los presupuestos provinciales elaborados para el mismo ejercicio.
Para el período 2001-2004 se proyectó un crecimiento de los recursos totales entre 1,3% y 1,8% para cada año.
b) Gastos corrientes y de capital:
Los gastos corrientes y de capital para 1999 fueron de $3.138,4 millones, de los cuales $1.732,6 millones corresponden a la partida afectada a personal; $969,2 millones a otros gastos corrientes, $115,5 millones a intereses de la deuda pública y $321,1 a gastos de capital.
Al finalizar el año 1999, el total de gastos de la Ciudad fue inferior en un 3,3% con relación a lo estimado en el Presupuesto 1999, superando en un 12,7% lo ejecutado en 1998.
Este crecimiento en el Gasto Total se debe principalmente a la expansión en el gasto en proyectos de inversión pública que superó en un 50,1% el nivel de ejecución de 1998, y al incremento del 20,9% que presentó el subrubro Transferencias consecuencia de una mayor remisión efectuada por la Ciudad a los institutos privados para el pago de salarios de docentes privados.
El incremento del 7,2% en la partida Personal se debe al impacto del aumento de suma fija concedido a fines de 1998 al sector docente.
c) Ejecución del presupuesto en 1999:
El Resultado Operativo al cierre de 1999 fue positivo en $ 125,5 millones superando ampliamente lo presupuestado que alcanzaba los $ 11,6 millones, siendo la expresión más clara del sobrecumplimiento de las metas pautadas la cancelación de intereses y amortizaciones sin necesidad de recurrir a nuevo financiamiento, lográndose por lo tanto una reducción neta del stock de endeudamiento de la Ciudad.
El resultado operativo acumulado del trienio 1997-99, el primero bajo la administración del gobierno autónomo de la Ciudad, fue positivo en $ 376,3 millones y se compara muy favorablemente con el de los dos trienios precedentes. En el período 1994-96, el resultado operativo había sido negativo ($ 173,4 millones) y en 1991-93 presentó aún un desequilibrio mayor ($ 616,7 millones).
El aumento constante de la deuda pública fue el recurso al que se apeló hasta el cambio de gestión a fin de financiar el déficit presupuestario de la Ciudad, resultado de un desborde del gasto junto a una deficiente gestión de sus recursos.
El resultado corriente del trienio 1997-99 fue positivo en $ 1.148,7 millones, siendo más del doble al registrado durante el trienio precedente (1994-96) que alcanzó los $ 549,2 millones. Durante el primer trienio del período de convertibilidad (1991-93) el resultado económico fue de $ 216,6 millones.
Los bajos resultados de las gestiones previas a la autonomía resultaron en un significativo aumento del endeudamiento de la Ciudad, debido a que la mayor parte de la inversión pública se financió con deuda de corto plazo, pagando altas tasas de interés. En el último trienio, por el contrario, se logró mantener relativamente alto el nivel de inversión mientras se redujo el endeudamiento y mejoró el perfil de la deuda.
5. Endeudamiento
En el Cuadro IX se presenta una evolución del Stock de Deuda Pública de la Ciudad desde el 6 de agosto de 1996, fecha en que asumió sus funciones el Dr. Fernando de la Rúa, hasta el 31 de diciembre de 1999.
Al inicio de la nueva gestión la deuda exigible de la Ciudad estaba compuesta principalmente por deuda con el Banco Ciudad y deuda pendiente con proveedores y contratistas. Ante esta situación fue prioridad del Gobierno estructurar una política de financiamiento que permitió un manejo administrativo más transparente en la contratación de servicios y obras públicas; y una reprogramación de los vencimientos de corto plazo.
La situación favorable que presentaban los mercados locales e internacionales para países emergentes y para la Argentina en particular, le permitió al Gobierno de la Ciudad optar por primera vez por la colocación de un bono sin garantías específicas. Este bono permitió cumplir con los pagos de amortizaciones que vencían en 1997 a la vez que reestructurar la deuda a un plazo mayor y a una tasa promedio más baja, como así también capitalizar el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en $ 100 millones.
Gracias a esta correcta implementación en materia de endeudamiento a mediano plazo, la Ciudad pudo sobrecumplir las metas previstas oportunamente al formularse la política de crédito público para los años 1998 y 1999 enunciadas en los respectivos Presupuestos Generales de Gastos y Cálculo de Recursos. En los mismos, se planteaba la necesidad de emitir un nuevo bono u obtener un préstamo sindicado para poder hacer frente a los vencimientos de deuda de dichos años; sin embargo, esto no fue necesario debido a que la totalidad de los vencimientos fueron cubiertos con superávit primario y para el caso específico del año 1999 a dicho superávit se sumaron los excedentes acumulados del año anterior.
A continuación se detalla la deuda que tenía la Ciudad al asumir el Jefe de Gobierno y su estado a la fecha:
A) Deuda con el Banco Ciudad
Al asumir el actual Gobierno en agosto de 1996, la deuda ascendía a $ 646,3 millones, de los cuales el subrubro más importante era el de las Fiducias. Esa deuda corresponde a documentos emitidos por la ex - Municipalidad (garantizados con los ingresos de la misma) para cancelar las deudas con proveedores y contratistas, a las cuales se les recarga un interés y tienen plazos de vencimiento en doce cuotas mensuales, posteriores a un año de gracia. Dichos documentos pueden ser descontados en el Banco Ciudad a una tasa preferencial, similar al costo que se carga a los documentos emitidos por la Ciudad.
A fin de garantizar a los proveedores que los montos necesarios para hacer frente a esas obligaciones se encuentran disponibles, se constituyeron en el Banco Ciudad cuatro fondos fiduciarios (Fiducias I, II, II y IV). La garantía surge de la autoridad conferida al Banco respecto de la administración de esos fondos fiduciarios para deducir de la cuenta de cobro de ingresos mantenida por el Banco a nombre de la Ciudad un monto específico por mes necesario para atender los pagos a esos proveedores.
Al 31 de diciembre de 1999, producto del cumplimiento en tiempo y forma de cada uno de los vencimientos, la deuda se redujo a $ 35,4 millones y corresponde a la cuarta y única fiducia vigente, aprobada a fines de 1996 por un monto total de u$s 240 millones con cancelación final en septiembre de 2000.
Otro subrubro importante dentro de Deuda con el Banco Ciudad al 6 de agosto de 1996, era el de Adelantos en Cuenta Corriente, consecuencia de la situación que presentaba la cuenta con el Banco fruto del exceso de gastos sobre ingresos. Esto significaba para la Ciudad un costo financiero excesivo conformado por la tasa de mercado más el costo del Impuesto al Valor Agregado.
B) Deuda con otros bancos
Se refiere a préstamos solicitados por la Ciudad a bancos locales por períodos que no superaban los 7 días, con el fin de financiar sus déficits de efectivo. Estos préstamos eran realizados a través de ofertas competitivas y documentados a través de pagarés.
C) Deudas con proveedores y contratistas
Este tipo de deuda contiene básicamente tres componentes: uno de ellos es la deuda documentada, ya sea en poder de los proveedores o descontada en bancos de plaza agrupada bajo los subrubros "Documentada no Fiduciaria" y "Decreto N° 225/96"; otro es la deuda indocumentada, compuesta por "Deuda Proveedores verificada a documentar", "Deuda Flotante" y "Reconocimiento de Deudas".
Este rubro cuyo monto ascendía a $ 375,6 millones representaba en agosto de 1996 el 36% del total de la deuda de la Ciudad y correspondía en su mayoría a "Deuda Flotante". Al cierre del último ejercicio, la misma descendió a $201,7 millones, lo que equivale a decir un 46,3% menos, debiéndose esta disminución a la cancelación en tiempo y forma de los vencimientos establecidos en los respectivos cronogramas y principalmente a la reestructuración de la deuda a través del Decreto N° 225
/96 que determinó la existencia y legitimidad de la deuda pública de la ex - Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires estableciendo un procedimiento que permitió examinar los antecedentes relativos a dicha deuda.
D) Deuda con Organismos Internacionales
La deuda en concepto de préstamos con organismos bilaterales y multilaterales tiene un valor menor, proviniendo dichos préstamos del Banco Interamericano de Desarrollo y del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, así como del Gobierno de España.
E) Bono Tango
Deuda constituida por la emisión y colocación de un bono a mediano plazo por u$s 500 millones cuyo objetivo fue la reestructuración de deuda y capitalización del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Se emitieron cuatro series a un plazo máximo de 10 años, siendo la primera en dólares, la segunda y cuarta en liras y la tercera en pesos, a una tasa promedio del 10,71%.
Con esta colocación se redujo sustancialmente el costo promedio de endeudamiento de la Ciudad, ya que la tasa promedio pasó de ser del 15% anual al 10% anual.
F) Reconocimiento deuda previsional
Se trata del reconocimiento de reclamos administrativos originados en diferencias por aplicación del SIMUPA (Sistema Municipal de Profesión Administrativa) en haberes de pasivos del ex - Instituto Municipal de Previsión Social devengados al 31/12/93.
G) Reconocimiento deuda salarial
Este rubro incluye el reconocimiento de reclamos administrativos por diferencias devengadas en los haberes del personal de planta del Gobierno de la Ciudad, al cierre de cada ejercicio fiscal.
Deudas recíprocas con el Gobierno Nacional
La Ley 24.133 modificada por Ley 24.154 faculta al Estado Nacional a proponer y efectivizar el saneamiento definitivo de la situación financiera verificada al 31 de marzo de 1991, entre éste y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
Por Resolución SHyF N° 54/96 modificada por Resolución SHyF N° 3285/98 se integró una Comisión de Estudios y Análisis de alternativas a fin de suscribir un Acuerdo de Saneamiento Definitivo de la Situación Financiera entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y proceder de esta forma a la compensación de deudas y créditos recíprocos entre ambas Jurisdicciones.
Las deudas que la Nación demanda son: Avales caídos (avales impagos otorgados por la Nación en préstamos tomados las empresas Autopistas Urbanas S.A. (AUSA), Parque Interama S.A. (PISA), Covimet ), Cancelación de obligaciones de la ex - MCBA y/o GCBA mediante la dación en pago por parte de la Nación de títulos públicos nacionales, Créditos a favor de los entes residuales del Estado Nacional.
Como contrapartida, el Gobierno de la Ciudad tiene acreencias a su favor como resultado de: Impuestos, tasas y contribuciones de causa anterior al 31/12/99, Indemnización de los perjuicios que a la entonces MCBA generó la imposibilidad de acogerse a un seguro de cambio referido a préstamos tomados en el exterior por la empresa Autopistas Urbanas S.A., Compensación de quebrantos Impositivos solicitados por la misma empresa, Coparticipación devengada y no transferida, y Asignaciones no percibidas por transferencias al la Ciudad de servicios de las áreas de Educación Salud y Acción Social.
Como consecuencia de las negociaciones llevadas a cabo entre ambas Jurisdicciones, se ha formalizado una propuesta de acuerdo bilateral que ubica las deudas cruzadas en un valor nulo, a partir de que los reclamos efectuados por el Estado Nacional se compensan con los efectuados por la Ciudad.
En síntesis, el estado de endeudamiento de la Ciudad ha mejorado sensiblemente desde agosto de 1996 a la fecha, concretamente debido a los siguientes puntos:
Los Proveedores y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires dejaron de ser las principales fuentes financieras de la Ciudad, situación ésta que para el caso específico del Banco puede conllevar, de acuerdo con la magnitud del desbalanceo, a un incumplimiento de las regulaciones financieras y monetarias dispuestas por el Banco Central de la República Argentina.
Utilización de otras figuras financieras como fue la emisión y colocación en los mercados internacional y local del Bono Tango.
Mejora del perfil de la deuda de la Ciudad, ya sea en cuanto al plazo de vencimiento de la misma dado que a agosto de 1996 se encontraba limitada en el tiempo al corto plazo; como así también, en cuanto al costo de dicho endeudamiento puesto que se pasó de una tasa promedio del 15% anual a una del 10%. Asimismo, se ha adoptado un criteriol de prudencia en el manejo de la política de endeudamiento que posibilitó que el interés del 99% de la deuda actual sea a tasa fija, lo que implica una gran autonomía y previsibilidad en el manejo de las finanzas locales, a pesar del volátil contexto financiero actual.
Mejora en el nivel de endeudamiento lo que puede comprobarse a través de indicadores tales como: "Deuda con relación al PBG" que a diciembre/1996 era de 1,5% en tanto que, a diciembre/1999 fue de 1,0%; "Total de deuda per cápita" que a diciembre/1996 era de $ 361,6 en tanto que, a diciembre/1999 descendió a $ 270,1. Asimismo, se produjo una disminución en la relación "Intereses de la deuda como porcentaje de los gastos corrientes" la que pasó de 5,2% en diciembre/1996 a 4,1% en diciembre/1999.
Como lógica consecuencia del positivo desempeño en materia fiscal y financiera, y en condiciones internacionales marcadamente desfavorables, la Ciudad logró una mayor calificación externa del bono emitido en 1997, a pesar de que el mismo no cuenta con garantías especiales.
La Ciudad fue calificada a mediados de 1999 por la agencia Duff & Phelps como "BB", lo que significó una mejora de una grado respecto a la calificación anterior realizada al inicio de la actual gestión de Gobierno, por parte de las agencias Moodys y Standard & Poors, basando esta suba básicamente en el giro sustancial en la posición fiscal de la Ciudad.
De igual forma, en marzo de 2000 la agencia Standard en tanto que la agencia Standard la mejora en las políticas fiscales; el sólido desempeño financiero con una mejora en los sistemas administrativos y de control; el mantenimiento de un nivel de deuda manejable; como así también, el auspicioso proyecto de acuerdo con el Gobierno Federal por el cual se cancelan en forma mutua sus acreencias respectivas.
6. Banco de la Ciudad de Buenos Aires
El Banco fue fundado en 1878 con el nombre de "Monte de la Piedad de la Provincia de Buenos Aires", una institución de caridad destinada a otorgar préstamos personales de corto plazo a bajas tasas con la garantía de los bienes personales.
Respondiendo a la mayor demanda de dichos créditos por parte de los residentes de la floreciente Ciudad de Buenos Aires, en 1888 el Banco fue adquirido por la Ciudad de Buenos Aires con el nombre de "Banco Municipal de Préstamo y Caja de Ahorros". En 1925 fue autorizado a emitir certificados de depósito y una ley en 1958 le permitió operar como un Banco comercial. En 1972 adoptó su nombre actual.
Actualmente cuenta con 37 sucursales bancarias, de las cuales cinco se encuentran fuera del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, una sucursal judicial, dos sucursales pignoraticias, seis dependencias anexas, ocho centros recaudadores y una representación en la ciudad de New York (EEUU).
El Banco es totalmente propiedad de la Ciudad de Buenos Aires, la cual garantiza todas sus operaciones. El Banco está regulado por las leyes aplicables a las entidades financieras, particularmente las normas dictadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
La administración del Banco está a cargo de un Directorio compuesto por un Presidente, un Vicepresidente, hasta seis Directores más un Síndico, auditor legal del Directorio, nombrados por el Jefe de Gobierno de la Ciudad con acuerdo de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El objetivo del Banco, como lo establece el Decreto N° 9.372 de octubre de 1963, modificado por las Leyes 19.642 y 22.301 y actualmente la Constitución del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es el de actuar como agente financiero de la Ciudad de Buenos Aires.
El Banco no goza de inmunidad respecto de la ejecución de sentencias en su contra y todos sus activos están sujetos a embargos como si fuera una persona de derecho privado.
En su Carta Orgánica, el Banco está definido como organismo autárquico. Dada esta condición posee entidad para demandar y ser demandado, para tener propiedad y para incurrir en obligaciones.
En su artículo segundo, la Carta Orgánica, establece que la Ciudad de Buenos Aires es responsable por las operaciones del Banco efectuadas en cumplimiento de la misma. Esto constituye una garantía indirecta para todos los acreedores de las operaciones bancarias del Banco, ejecutable contra la Ciudad de Buenos Aires.
Con relación a la información económica-financiera, se acompañan los Cuadros XI, XII, XIII y XIV.
7. Necesidad de financiamiento
Durante el ejercicio 1999 se continuó con el proceso de afianzamiento de una política de financiamiento tendiente a reducir el grado de exposición financiera de la Ciudad y asegurar un alto grado de autonomía financiera. Debe destacarse que este proceso de reordenamiento financiero no podría haberse dado sin un paralelo esfuerzo en materia de política fiscal.
Respecto a la situación para el ejercicio 2000 (Cuadro VIII), utilizando los supuestos conservadores que se han presentado, se estima que será equilibrada dado que se prevé un resultado financiero positivo de $ 7,9 millones, siendo necesario refinanciar una parte de las amortizaciones.
Por lo expuesto, resulta importante ampliar el "Programa de Asistencia Financiera (EMTNP) instrumentado en el marco de la Ordenanza N° 51.270 del 21 de diciembre de 1996", a través del otorgamiento de préstamos sindicados entre entidades financieras locales y/o del exterior y/o la emisión y colocación de Eurobonos/Títulos Públicos, por valor de hasta $100 millones, 1997) estimando un plazo de amortización de 3 (tres) años.
Los fondos serán aplicados a la refinanciación de parte de las amortizaciones que se produzcan en el período.
CUADROS ANEXOS CUADROS ANEXOS
Cuadro I |
Producto Bruto Geográfico del GCBA, por sectores económicos, 1991-1998. |
Cuadro II |
Comparación del Producto Bruto Geográfico del GCBA con relación al PBI nacional, 1991-1998. |
Cuadro III |
Comparación de la Población del GCBA con relación a la Nación, 1991-2000. |
Cuadro IV |
Ejecución Presupuestaria del GCBA, 1995-1999. |
Cuadro V |
Evolución de los Ingresos Corrientes del GCBA, 1995-1999. |
Cuadro VI |
Dotación de Personal. |
Cuadro VII |
Composición del Gasto Público. |
Cuadro VIII |
Esquema Ahorro-Inversión-Financiamiento, 2000-2002. |
Cuadro IX |
Evolución de la Deuda Pública, 1996-1999. |
Cuadro X |
Proyecciones de la Deuda Pública, 2000-2007. |
Cuadro XI |
Estados de Situación Patrimonial Condensados (desde octubre-1996 a octubre-1999) del Banco de la Ciudad de Buenos Aires. |
Cuadro XII |
Estados de Resultados Condensados (desde octubre-1996 a octubre-1999) del Banco de la Ciudad de Buenos Aires. |
Cuadro XIII |
Préstamos por Sector del Banco de la Ciudad de Buenos Aires. |
Cuadro XIV |
Tipos de Depósitos del Banco de la Ciudad de Buenos Aires. |
CUADRO I |
|
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|
CIUDAD DE BUENOS AIRES |
||||||||
PRODUCTO BRUTO GEOGRAFICO POR SECTORES ECONOMICOS |
||||||||
en millones de pesos (valores constantes a precios implícitos promedio 1999) |
||||||||
Período |
Indus- |
Electri- |
Cons- |
Comercio, Rest. y Hoteles |
Transp., Almac. y Comunicac. |
Est. Finan- |
Servi- |
TOTAL |
1991 |
9.227 |
2.489 |
589 |
10.256 |
2.846 |
18.537 |
15.253 |
59.197 |
1992 |
9.414 |
2.123 |
764 |
11.138 |
2.966 |
21.753 |
18.276 |
66.434 |
1993 |
9.297 |
1.718 |
632 |
12.032 |
3.282 |
24.138 |
20.141 |
71.240 |
1994 |
9.383 |
1.815 |
921 |
12.783 |
3.681 |
25.994 |
21.481 |
76.058 |
1995 |
8.604 |
1.799 |
816 |
11.631 |
3.633 |
25.819 |
20.473 |
72.775 |
1996 |
9.076 |
1.812 |
810 |
12.369 |
3.844 |
25.911 |
20.340 |
74.162 |
1997 |
10.121 |
1.900 |
900 |
13.599 |
4.290 |
26.969 |
21.053 |
78.832 |
1998 |
10.215 |
2.008 |
1.004 |
14.140 |
4.468 |
27.894 |
21.827 |
81.556 |
Participación Sectorial |
||||||||
1998 |
12,53 |
2,46 |
1,23 |
17,34 |
5,48 |
34,20 |
26,76 |
100,00 |
Fuente: Las cifras de Producto Bruto para la Ciudad de Buenos
Aires para los años 1991-1994 provienen del trabajo de investigación
"Estimación de la Actividad Económica Sectorial de la Jurisdicción"
(Febrero de 1996), realizado por un equipo de profesionales bajo
la supervisión del Lic. Orlando J. Ferreres. Este estudio fue
elaborado a partir de estimaciones preexistentes realizadas hasta
el año 1989/90 por un proyecto conjunto de CEPAL, CFI y la Dirección
de Estadística y Censos de la ex-MCBA, las que fueron revisadas
y continuadas hasta 1994 siguiendo lo más estrictamente posible
la metodología de cálculo original. |
CUADRO II |
|
|
|
CIUDAD DE BUENOS AIRES |
|||
PRODUCTO BRUTO GEOGRAFICO |
|||
SU RELACION CON EL PBI NACIONAL |
|||
en millones de pesos |
|||
(valores constantes a precios implícitos promedio 1999) |
|||
Período |
PRODUCTO BRUTO |
||
CBA |
NACION |
% CBA s/NACION |
|
1991 |
57.719 |
217.391 |
26,55% |
1992 |
64.777 |
238.280 |
27,19% |
1993 |
69.466 |
251.925 |
27,57% |
1994 |
76.057 |
266.617 |
28,53% |
1995 |
72.775 |
259.042 |
28,09% |
1996 |
74.163 |
273.329 |
27,13% |
1997 |
78.832 |
295.505 |
26,68% |
1998 |
81.556 |
306.985 |
26,57% |
Fuente: Las cifras de
Producto Bruto Geográfico para la Ciudad de Buenos Aires para
los años 1991-1994 provienen del trabajo de investigación "Estimación
de la Actividad Económica Sectorial de la Jurisdicción" (Febrero
de 1996), realizado por un equipo de profesionales bajo la supervisión
del Lic. Orlando J. Ferreres. Este estudio fue elaborado a partir
de estimaciones preexistentes realizadas hasta el año 1989/90
por un proyecto conjunto de CEPAL, CFI y la Dirección de Estadística
y Censos de la ex-MCBA, las que fueron revisadas y continuadas
hasta 1994 siguiendo lo más estrictamente posible la metodología
de cálculo original. |
CUADRO III |
|
|
|
CIUDAD DE BUENOS AIRES |
|||
CUADRO DE POBLACION |
|||
SU RELACION CON LA POBLACION NACIONAL |
|||
(en millones de habitantes) |
|||
Período |
CBA |
NACION |
% CBA s/NACION |
1991 |
2,97 |
32,62 |
9,09% |
1992 |
3,02 |
33,42 |
9,03% |
1993 |
3,02 |
33,87 |
8,92% |
1994 |
3,02 |
34,32 |
8,81% |
1995 |
3,03 |
34,77 |
8,71% |
1996 |
3,03 |
35,22 |
8,61% |
1997 |
3,04 |
35,67 |
8,51% |
1998 |
3,04 |
36,12 |
8,42% |
1999 |
3,04 |
36,58 |
8,32% |
2000 |
3,05 |
37,03 |
8,23% |
Variación 1991-1999 |
2,63% |
12,15% |
-8,49% |
Fuente: Datos año 1991:Censo Nacional
de Población y Vivienda 1991, INDEC. |
CUADRO IV |
|||||
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
|||||
EJECUCION DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL |
|||||
en millones de pesos (valores constantes a precios implícitos promedio 1999) |
|||||
Concepto |
1995 |
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
Ingresos Corrientes |
2.743,5 |
2.629,7 |
2.778,7 |
3.123,8 |
3.263,6 |
|
|
|
|
|
|
Gastos Corrientes |
2.475,4 |
2.602,2 |
2.628,8 |
2.571,3 |
2.817,3 |
Personal |
1.597,0 |
1.597,0 |
1.661,3 |
1.615,4 |
1.732,6 |
Bienes y Servicios |
568,3 |
643,5 |
618,7 |
623,0 |
686,3 |
Transferencias |
233,4 |
226,8 |
227,0 |
234,0 |
282,9 |
Intereses |
76,7 |
134,9 |
121,8 |
98,9 |
115,5 |
|
|
|
|
|
|
Resultado Corriente |
268,1 |
27,5 |
149,9 |
552,5 |
446,3 |
|
|
|
|
|
|
Ingresos de Capital |
1,5 |
4,2 |
0,6 |
0,3 |
0,3 |
|
|
|
|
|
|
Gastos de Capital |
223,0 |
260,6 |
238,4 |
213,9 |
321,1 |
|
|
|
|
|
|
Total Ingresos |
2.745,0 |
2.633,9 |
2.779,3 |
3.124,1 |
3.263,9 |
|
|
|
|
|
|
Total Gastos |
2.698,4 |
2.862,8 |
2.867,2 |
2.785,2 |
3.138,4 |
|
|
|
|
|
|
Resultado Operativo |
46,6 |
(228,9) |
(87,9) |
338,9 |
125,5 |
|
|
|
|
|
|
Amortizaciones |
170,0 |
309,7 |
465,9 |
200,5 |
187,7 |
|
|
|
|
|
|
Resultado Financiero |
(123,4) |
(538,6) |
(553,8) |
138,4 |
(62,2) |
|
|
|
|
|
|
Fuente: Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Dirección General de Crédito Público - GCBA. |
CUADRO V |
|||||
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
|||||
EVOLUCION DE LOS INGRESOS CORRIENTES DE LA CIUDAD |
|||||
en millones de pesos (valores constantes a precios implícitos promedio 1999) |
|||||
Concepto |
1995 |
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
INGRESOS CORRIENTES |
2.743,5 |
2.629,7 |
2.778,7 |
3.123,8 |
3.263,6 |
|
|
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
1.490,4 |
1.405,3 |
1.534,8 |
1.821,1 |
1.886,6 |
Gravámenes Inmobiliarios |
400,0 |
378,9 |
433,8 |
468,3 |
478,6 |
Patentes Automotores |
267,9 |
222,4 |
248,5 |
263,8 |
283,2 |
Contrib. Red Subterráneos |
34,7 |
33,6 |
35,4 |
37,0 |
36,9 |
Regímemes Facilidades de Pago |
121,9 |
145,6 |
59,7 |
68,3 |
100,1 |
Otros ingresos tributarios |
58,6 |
51,8 |
55,3 |
43,1 |
49,2 |
Ingresos No Tributarios |
172,2 |
187,4 |
211,5 |
210,3 |
203,2 |
Coparticipación Federal |
154,3 |
151,8 |
151,1 |
153,1 |
143,9 |
Otros ingresos federales |
43,5 |
52,9 |
48,6 |
58,8 |
81,9 |
Fuente: Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Dirección General de Crédito Público - GCBA. |
CUADRO VI |
|
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
|
DOTACION DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION CENTRAL Y ENTES DESCENTRALIZADOS Y AUTARQUICOS |
|
AGENTES Y CARGOS |
|
|
Cargos 1999 |
Area Jefe de Gobierno |
2.189 |
Planeamiento Urb. y M. Ambiente |
375 |
Gobierno |
1.742 |
Obras y Servicios Públicos |
2.866 |
Salud |
25.929 |
Promoción Social |
2.538 |
Hacienda y Finanzas |
2.907 |
Educación |
82.738 |
Cultura |
2.467 |
Desarrollo Regional y Medio Ambiente |
1.484 |
Industria, Comercio y Trabajo |
248 |
Turismo |
52 |
|
|
Descentralizados |
1.190 |
|
|
Justicia Municipal |
774 |
|
|
Total |
127.499 |
Fuente: Dirección General de Recursos Humanos, GCBA. |
CUADRO VII |
|
|
|
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
|||
COMPOSICION DEL GASTO PUBLICO |
|||
EJECUCION DEL PRESUPUESTO POR SECTORES ECONOMICOS, 1999 |
|||
(en porcentajes) |
|||
JURISDICCION |
EJECUCION 1999 |
TOTAL |
|
Poder Legislativo |
62,10% |
37,90% |
1,97% |
Defensoría del Pueblo |
59,45% |
40,55% |
0,18% |
Poder Judicial |
70,25% |
29,75% |
1,37% |
Sindicatura General |
24,74% |
75,26% |
0,10% |
Jefe de Gobierno |
53,87% |
46,13% |
2,24% |
Vice Jefe de Gobierno |
52,77% |
47,23% |
0,31% |
Secretaría de Gobierno |
65,05% |
34,95% |
1,76% |
S. Obras y S. y T. y Tránsito |
13,17% |
86,83% |
12,07% |
S. M. Amb. Y D. Regional |
52,14% |
47,86% |
1,32% |
S. Planeamiento Urbano |
48,06% |
51,94% |
0,55% |
S. Salud |
72,81% |
27,19% |
26,22% |
S. Promoción Social |
44,83% |
55,17% |
3,23% |
S. Cultura |
53,92% |
46,08% |
3,73% |
S. Educación |
73,98% |
26,02% |
27,12% |
S. Hacienda y Finanzas |
37,37% |
62,63% |
4,85% |
S. Industria, C. Y Trabajo |
35,43% |
64,57% |
0,49% |
S. Turismo |
34,45% |
65,55% |
0,08% |
Servicio de la Deuda Pública |
0,00% |
100,00% |
9,59% |
Obligaciones a cargo del tesoro |
33,45% |
66,55% |
2,82% |
|
|
|
|
TOTAL |
52,94% |
47,06% |
100,00% |
Fuente: en base a información suministrada por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, GCBA |
CUADRO VIII |
|||||
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
|||||
ESQUEMA AHORRO - INVERSION - FINANCIAMIENTO |
|||||
(en millones de pesos) |
|||||
TOTALES |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
2004 |
I) Ingresos Corrientes |
3.286,1 |
3.326,6 |
3.388,0 |
3.450,7 |
3.514,6 |
Ingresos Tributarios |
3.011,5 |
3.071,8 |
3.133,2 |
3.195,9 |
3.259,8 |
Ingresos No Tributarios |
195,9 |
161,5 |
161,5 |
161,5 |
161,5 |
Otros |
78,7 |
93,3 |
93,3 |
93,3 |
93,3 |
|
|
|
|
|
|
II) Gastos Corrientes |
2.896,1 |
2.830,0 |
2.847,6 |
2.883,4 |
2.891,2 |
Gastos de Consumo |
2.479,2 |
2.476,0 |
2.496,0 |
2.531,0 |
2.551,0 |
Rentas de la Propiedad |
110,9 |
82,1 |
79,7 |
80,5 |
68,3 |
Transferencias |
303,5 |
271,9 |
271,9 |
271,9 |
271,9 |
Crédito Adicional |
2,5 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
III) Resultado Corriente (I-II) |
390,0 |
496,6 |
540,4 |
567,3 |
623,4 |
|
|
|
|
|
|
IV) Ingresos de Capital |
1,0 |
3,0 |
3,0 |
3,0 |
3,0 |
|
|
|
|
|
|
V) Gastos de Capital |
383,1 |
381,9 |
485,5 |
467,9 |
397,6 |
|
|
|
|
|
|
VI) Total de Ingresos (I+IV) |
3.287,1 |
3.329,6 |
3.391,0 |
3.453,7 |
3.517,6 |
|
|
|
|
|
|
VII) Total de Gastos (II+V) |
3.279,2 |
3.211,9 |
3.333,1 |
3.351,3 |
3.288,8 |
|
|
|
|
|
|
VIII) Resultado Financiero |
7,9 |
117,7 |
57,9 |
102,4 |
228,8 |
|
|
|
|
|
|
IX) Fuentes Financieras |
161,7 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Disminución de la Inv. Fin. |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Endeudamiento Adicional |
161,7 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
IX) Aplicaciones Financieras |
169,6 |
117,7 |
57,9 |
102,4 |
228,8 |
Amortización de la Deuda |
169,6 |
117,7 |
57,9 |
102,4 |
228,8 |
Incremento de la Inv. Fin. |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Fuente: Datos año 2000: Ley 323 de
Presupuesto del GCBA para el ejercicio 2000. |
CUADRO IX |
|
|
|
|
|
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
|||||
DEUDA PUBLICA |
|||||
(en millones de pesos) |
|||||
|
al 06/08/96 |
al 31/12/96 |
al 31/12/97 |
al 31/12/98 |
al 31/12/99 |
A. Deudas con Banco Ciudad |
646,3 |
496,1 |
226,0 |
119,0 |
35,5 |
Adelantos en cuenta corriente |
138,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Fiducias |
285,8 |
362,0 |
191,0 |
121,7 |
45,2 |
Fondo Fiduciario |
0,0 |
-61,0 |
-8,6 |
-9,8 |
-9,8 |
Retiros Voluntarios |
85,2 |
73,0 |
36,5 |
0,0 |
0,0 |
Reestructuración de Documentos |
95,6 |
95,6 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Banco Nación |
26,7 |
15,6 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Otros |
15,0 |
10,9 |
7,1 |
7,1 |
0,1 |
|
|
|
|
|
|
B. Deuda con otros bancos |
0,0 |
95,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
C. Deudas Proveedores corto plazo |
375,6 |
481,3 |
420,6 |
340,2 |
201,7 |
Documentada no fiduciaria |
79,3 |
50,6 |
34,6 |
25,4 |
15,9 |
Deuda Prov. verificada a documentar |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
52,8 |
Ceamse |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
52,8 |
Deuda Flotante |
279,5 |
416,0 |
377,6 |
255,0 |
89,1 |
Decreto N°225/96 |
|
|
|
57,1 |
43,4 |
Reconocimiento Deudas |
16,8 |
14,7 |
8,4 |
2,1 |
0,0 |
Otras Deudas |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,7 |
0,5 |
|
|
|
|
|
|
D. Deuda con Org. Internacionales |
24,5 |
23,2 |
19,3 |
17,6 |
22,9 |
BIRF |
0,4 |
0,4 |
0,4 |
0,7 |
3,0 |
BID |
2,9 |
3,1 |
2,1 |
2,4 |
5,4 |
Gob. De España |
21,2 |
19,7 |
16,8 |
14,5 |
14,5 |
|
|
|
|
|
|
E. Bono Tango |
0,0 |
0,0 |
500,0 |
500,0 |
500,0 |
|
|
|
|
|
|
F. Reconocimiento Deuda Previsional |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
60,0 |
|
|
|
|
|
|
G. Reconocimiento Deuda Salarial |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
1,0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTALES |
1.046,4 |
1.095,6 |
1.165,9 |
976,8 |
821,1 |
|
|
|
|
|
|
Fuente: Dirección General de Crédito Público, G.C.B.A. |
CUADRO X |
||||||||
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
||||||||
PROYECCIONES DE LA DEUDA PUBLICA |
||||||||
(en millones de pesos) |
||||||||
Concepto |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
2004 |
2005 |
2006 |
2007 |
Org. Multilaterales y Bilaterales |
95,1 |
180,1 |
307,1 |
337,6 |
318,4 |
299,5 |
280,6 |
261,7 |
BID |
62,2 |
138,5 |
206,6 |
239,4 |
225,0 |
210,9 |
196,8 |
182,6 |
BIRF |
18,4 |
27,1 |
86,0 |
83,7 |
78,9 |
74,1 |
69,3 |
64,5 |
Org. Bilaterales |
14,5 |
14,5 |
14,5 |
14,5 |
14,5 |
14,5 |
14,5 |
14,5 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Deudas con el B.C.B.A. |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
Fiducia 4 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Otros |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
Fondo Fiduciario |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Deudas con Proveedores |
103,7 |
28,2 |
11,8 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Proveedores/Contratistas |
12,5 |
12,2 |
11,8 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Deuda Verificada a Documentar |
38,8 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Deuda Flotante |
32,0 |
9,8 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Deuda por Decreto N° 225/96 |
20,0 |
6,1 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
Otras Deudas |
0,3 |
0,2 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Bono |
600,0 |
600,0 |
600,0 |
500,0 |
290,0 |
250,0 |
250,0 |
250,0 |
Bono Tango |
500,0 |
500,0 |
500,0 |
500,0 |
290,0 |
250,0 |
250,0 |
250,0 |
Bono 2 |
100,0 |
100,0 |
100,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Fondo Fiduciario Federal |
11,5 |
18,0 |
20,5 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Deuda Previsional |
45,0 |
30,0 |
15,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Deuda Salarial |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTALES |
855,4 |
856,4 |
954,6 |
837,7 |
608,5 |
549,6 |
530,7 |
511,8 |
Fuente: Dirección General de Crédito Público. GCBA |
||||||||
Nota: Las proyecciones fueron calculadas al final de cada período |
CUADRO XI |
|
|
|
|
BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
||||
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL CONDENSADO AL 31 DE OCTUBRE |
||||
(en miles de pesos) |
||||
ACTIVO |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
Disponibilidades |
192.940 |
271.626 |
384.568 |
288.161 |
Títulos Públicos |
430.668 |
382.618 |
687.527 |
845.251 |
Préstamos (neto de previsiones) |
1.164.204 |
1.193.416 |
1.276.104 |
1.381.192 |
Otros Créditos por Interm. Financ. (neto de previsiones) |
538.071 |
306.043 |
565.680 |
464.625 |
Participación en Otras Sociedades (neto de previsiones) |
11.474 |
812 |
504 |
503 |
Créditos Diversos (neto de previsiones) |
116.820 |
24.419 |
27.639 |
29.351 |
Bienes de Uso |
75.585 |
76.901 |
76.098 |
80.295 |
Bienes Diversos |
66.799 |
62.807 |
63.999 |
63.864 |
Bienes Intangibles |
5.831 |
4.822 |
4.783 |
7.133 |
Partidas Pendientes de Imputación |
1.640 |
959 |
5.141 |
3.446 |
|
|
|
|
|
TOTAL DEL ACTIVO |
2.604.032 |
2.324.423 |
3.092.043 |
3.163.821 |
|
|
|
|
|
PASIVO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Depósitos |
1.704.479 |
1.739.362 |
2.109.302 |
2.399.170 |
Otras Obligaciones por Intermediación Financiera |
666.081 |
343.652 |
726.986 |
473.439 |
Obligaciones Diversas |
41.624 |
45.912 |
30.834 |
34.488 |
Previsiones |
882 |
351 |
1.268 |
7.262 |
Partidas Pendientes de Imputación |
1.534 |
778 |
3.239 |
2.845 |
|
|
|
|
|
TOTAL DEL PASIVO |
2.414.600 |
2.130.055 |
2.871.629 |
2.917.204 |
|
|
|
|
|
Patrimonio Neto |
189.432 |
194.368 |
220.414 |
246.617 |
|
|
|
|
|
TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO NETO |
2.604.032 |
2.324.423 |
3.092.043 |
3.163.821 |
|
|
|
|
|
Fuente: Banco de la Ciudad de Buenos Aires |
CUADRO XII |
|
|
|
|
BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
||||
ESTADO DE RESULTADO CONDENSADO AL 31 DE OCTUBRE |
||||
(en miles de pesos) |
||||
|
OCTUBRE 1996 |
OCTUBRE 1997 |
OCTUBRE 1998 |
OCTUBRE 1999 |
Ingresos Financieros |
273.656 |
219.432 |
242.771 |
309.994 |
Egresos Financieros |
(139.537) |
(104.948) |
(111.892) |
(140.211) |
|
|
|
|
|
Ingresos Financieros Netos |
134.119 |
114.484 |
130.879 |
169.783 |
|
|
|
|
|
Cargo por Incobrabilidad |
(155.615) |
(45.389) |
(57.766) |
(71.874) |
Ingresos por Servicios |
52.422 |
51.844 |
59.328 |
63.213 |
Egresos por Servicios |
(9.189) |
(9.083) |
(10.762) |
(13.818) |
Gastos de Administración |
(112.948) |
(108.435) |
(116.481) |
(135.429) |
Otros Ingresos |
19.621 |
27.020 |
29.447 |
38.039 |
Otros Egresos |
(21.179) |
(18.292) |
(14.244) |
(20.850) |
|
|
|
|
|
Impuesto a las Ganancias |
|
|
|
(1.920) |
|
|
|
|
|
RESULTADO DEL EJERCICIO |
(92.769) |
12.149 |
20.401 |
27.144 |
Fuente: Banco de la Ciudad de Buenos Aires |
CUADRO XIII |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
||||
PRESTAMOS POR SECTOR AL 31 DE OCTUBRE |
||||
(en miles de pesos) |
||||
Préstamos |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
Préstamos en Pesos |
598.062 |
656.373 |
578.260 |
603.073 |
Sector Público |
167.843 |
101.440 |
91.339 |
87.534 |
Sector Financiero |
31.643 |
182.882 |
122.461 |
92.402 |
Sector Privado |
398.576 |
372.051 |
364.460 |
423.137 |
|
|
|
|
|
Préstamos en Dólares |
789.463 |
674.916 |
782.181 |
854.650 |
Sector Público |
293.532 |
241.194 |
380.805 |
396.277 |
Sector Financiero |
369 |
27.124 |
31.795 |
2.990 |
Sector Privado |
495.562 |
406.598 |
369.581 |
455.383 |
|
|
|
|
|
TOTAL PRESTAMOS |
1.387.525 |
1.331.289 |
1.360.441 |
1.457.723 |
Fuente: Banco de la Ciudad de Buenos Aires |
CUADRO XIV |
|
|
|
|
BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
||||
TIPOS DE DEPOSITOS AL 31 DE OCTUBRE |
||||
(en miles de pesos) |
||||
Tipos de Depósitos |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
OCTUBRE |
Cuentas Corrientes |
86.219 |
105.290 |
171.995 |
185.239 |
Cuentas Especiales |
375 |
481 |
455 |
542 |
Cajas de Ahorro Común y Especial |
181.653 |
251.043 |
267.991 |
343.310 |
Plazos Fijos |
1.148.087 |
1.042.289 |
1.260.598 |
1.381.602 |
Otros |
280.509 |
336.486 |
398.475 |
481.390 |
Ajustes, Intereses y Diferencias de Cotización |
7.636 |
3.773 |
9.788 |
7.087 |
|
|
|
|
|
TOTAL DEPOSITOS |
1.704.479 |
1.739.362 |
2.109.302 |
2.399.170 |
|
|
|
|
|
Fuente: Banco de la Ciudad de Buenos Aires |
ANEXO II
Buenos Aires,
Señores
Secretaría de Hacienda y Finanzas
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Presente
De nuestra mayor consideración:
Por la presente manifestamos en forma expresa nuestra aceptación de las
facultades discrecionales de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en orden a la selección del consultor-agente
organizador de la ampliación del Programa de Asistencia Financiera al
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (EMTNP).
Aceptaremos la selección que ésta efectúe y renunciaremos en forma
expresa a impugnar los procedimientos y criterios de selección previstos
en las Bases del llamado a concurso que acompaña la carta invitación y
a deducir recursos en el caso que la Secretaría de Hacienda del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires dejara sin efecto la invitación que se nos
formulara.
Del mismo modo, desde ya consentimos cualquier decisión que adopte
la Secretaría de Hacienda del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dejando
sin efecto el trámite del concurso en cualquier estado en que el mismo
se encuentre, o no adjudicando. En todos esos casos renunciamos expresamente
a reclamar ningún tipo de indemnización o compensación pecuniaria.
Resoluciones