RESOLUCIÓN 4582 1997 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DISPONE SOLICITAR A LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES LA AUTORIZACIÓN DE COTIZACION DE LA SERIE 03 DE TÍTULOS DE MEDIANO PLAZO. DISPOME SOLICITAR AL MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO S.A. LA AUTORIZACIÓN DE NEGOCIACIÓN DE LA SERIE 03 DE TÍTULOS A MEDIANO PLAZO - REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - CRÉDITO PÚBLICO

Publicación:

02/06/1997

Sanción:

21/05/1997

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto, la Ordenanza del Concejo Deliberante N° 51.270-96; los Decretos del G.C.B.A. Nros. 482-96,670-96,277-97,635-97 y la Resolución N° 4.581-SHyF-97, y

CONSIDERANDO:

Que el Programa de Asistencia Financiera para la Reestructuración de la Deuda de la Ciudad y Capitalización del Banco de la Ciudad de Buenos Aires se instrumenta mediante la emisión de Títulos a Mediano Plazo, por un monto máximo total de hasta dólares estadounidenses quinientos millones (U$S 500.000.000) o su equivalente en otras monedas especificadas,

Que en el actual contexto financiero internacional resulta oportuno proceder a la emisión de la Serie 03 de Títulos a mediano Plazo, por un monto de pesos ciento cincuenta millones ($ 150.000.000), conforme a lo dispuesto en la Resolución número 4.581 -SHyF-97;

Que a tal fin, fueron aprobados los términos y condiciones de la emisión de la Serie 03 de Títulos a Mediano Plazo antes referida, según resulta dichos términos y condiciones del Suplemento de Precio correspondiente a Serie;

Que a los efectos de ampliar el espectro de potenciales inversores en los Títulos de la Serie 03 y de facilitar la negociación de los mismos, resulta necesario solicitar autorización para la cotización de la Serie 03 de Títulos a Mediano Plazo en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y para la negociación de la Serie 03 de Títulos a Mediano Plazo en el Mercado Abierto Electrónico S.A.,

Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 872-GCBA-96, el Secretario de Hacienda y Finanzas se encuentra facultado para negociar, fijar los respectivos términos, aprobar y suscribir el prospecto de emisión, los contratos de agencia, de colocación y de fideicomiso, los títulos globales o definitivos, así como todo otro contrato, documento, certificado o instrumento relacionado con la instrumentación del financiamiento a mediano plazo al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a que se refiere la Ordenanza N° 51.270-96;

Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 277-GCBA-97, el señor Secretario de Gobierno se encuentra facultado en ausencia del señor Secretario de Hacienda y Finanzas para suscribir los contratos de "Convenio de Fideicomiso", "Contrato de Agencia" y "Contrato de Colocación", los "Títulos Globales y Definitivos", así como también todo otro contrato, documento, certificado o instrumento relacionado con la instrumentación de la emisión de los Títulos de Deuda Pública (Eurobonos) contenidos en el Programa de Asistencia Financiera, a que se refiere la Ordenanza N° 51.270-96.

Que por el Decreto N° 635-GCBA-97, se encomienda al señor Secretario de Gobierno la firma del despacho de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y el ejercicio interino de las funciones del señor Secretario de Hacienda y Finanzas, mientras dure la ausencia del mismo, durante el período comprendido entre los días 19 y 23 de mayo de 1997;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención debida, conforme a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°- Dispónese solicitar a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires la autorización de cotización de la Serie 03 de Títulos a Mediano Plazo a emitirse en el marco del referido Programa de Asistencia Financiera, conforme a los términos y condiciones que se adjuntan como Anexo I a la presente.

Art. 2° - Dispónese solicitar al Mercado Abierto Elctrónico S.A. la autorización de negociación de la Serie 03 de Títulos a Mediano Plazo a emitirse en el marco del referido Programa de Asistencia Financiera, conforme a los términos y condiciones que se adjuntan como Anexo I a la presente.

Art. 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de Crédito Público y al Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Cumplido, archívese.

Se informa a los interesados que podrán consultar sobre la documentación publicada en el Departamento de Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en avenida de Mayo 525 4° piso.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Considerando Res. 4582-SHYF-97 Ref. Ord. 51270. Cotización de la Serie 03 de Títulos a Mediano Plazo.
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