RESOLUCIÓN 1050 2012 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Síntesis:

SE OTORGA RECONOCIMIENTO AL BACHILLERATO POPULAR DE JÓVENES Y ADULTOS - SECUNDARIO - NIVEL MEDIO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN- DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DEL ADULTO Y EL ADOLESCENTE - MOCHA CELIS- CALLE LUIS MARÍA DRAGO 236

Publicación:

13/06/2012

Sanción:

05/06/2012

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA


VISTO:

Expediente N° 850.360/11, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4° de la Ley Nacional N° 26.206 establece que el Estado Nacional, las

Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e

indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as

los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el

ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las

familias;

Que la citada Ley, en su artículo 13, establece que el Estado Nacional, las provincias y

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconocen, autorizan y supervisan el

funcionamiento de instituciones educativas de gestión privada, confesionales o no

confesionales, de gestión cooperativa y de gestión social;

Que la Ley N° 898 extendió en el ámbito del sistema educativo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires la obligatoriedad de la educación hasta la finalización del nivel medio,

en todas sus modalidades y orientaciones;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avala el derecho social a la

educación por constituir un pilar fundamental de su gestión, reconociendo en las

instituciones de gestión social la loable labor desarrollada, que se trasunta en la

gratuidad de sus servicios y la atención de sectores de la población en situación de

vulnerabilidad social;

Que dichas instituciones son impulsadas y auto gestionadas por organizaciones

sociales, asociaciones civiles sin fines de lucro, fábricas y/o empresas recuperadas, o

cooperativas que adecuen su funcionamiento en base a una propuesta educativa

centrada en la pedagogía de la Educación Popular y que en relación con el nivel

secundario surgen cómo "Bachilleratos Populares de Jóvenes y Adultos";

Que este Ministerio de Educación mediante las Resoluciones N° 669/MEGC/08 , N°

528/MEGC/2010, N° 238/SSIEYCP/2011, N° 250/SSIEYCP/2011reconoció el

funcionamiento de distintas instituciones con el carácter de Bachilleratos Populares

que brindan educación integral a jóvenes, adultos y adultos mayores, atendiendo sus

necesidades educativas y reconociendo los saberes socialmente productivos;

Que en el marco de la Resolución N° 279/MEGC/2010 nuevas instituciones

presentaron su propuesta educativa para la educaciónde sectores de la población en

situación de vulnerabilidad social;

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo, a fin de

que dichas instituciones adopten los mecanismos legales, de acuerdo con la normativa

vigente, que garanticen el cumplimiento de pautas generales establecidas por el

Estado, que es quien, en definitiva, acredita, evalúa, regula y controla su gestión, de

modo indelegable;

Que la DirecciónGeneral de Coordinación Legal e Institucional y la Dirección General

de Planeamiento Educativo, ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

LA SUBSECRETARÌA DE GESTIÓN EDUCATIVA

Y COORDINACIÓN PEDAGOGICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Otórgase reconocimiento para su funcionamiento al Bachillerato Popular

de Jóvenes y Adultos, que se indica en el Anexo, el que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Establécese que el Bachillerato Popular reconocido en el artículo 1°,

funcionará bajo la dependencia de la Dirección de Educación del Adulto y del

Adolescente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal por una cohorte,

cumplido el plazo se evaluará el funcionamiento de dicha experiencia bajo la figura de

Unidades de Gestión Educativa Experimental.

Artículo 3°.- Determínase que las propuestas educativas del Bachillerato Popular

mencionado, deberán ajustarse a los lineamientos de la política educativa del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el personal docente que se

desempeñe en dichas instituciones, deberá poseer los títulos exigidos por la normativa

vigente.

Artículo 4°.- Establécese que el reconocimiento para su funcionamiento, no implica el

otorgamiento automático ni retroactivo de aporte estatal ni de su financiamiento por

parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y comuníquese a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación

de Gestión Estatal y de Coordinación Legal e Institucional, y a la Dirección de

Educación del Adulto y del Adolescente. Cumplido, archívese. Ravaglia


ANEXOS

ANEXO

Bachillerato Popular de Jóvenes y Adultos “Mocha Celis”, con domicilio en la calle LuisMaría Drago N° 236 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3931

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 1050-SSGECP-12 otorga reconocimiento para funcionamiento al Bachillerato Popular de Jóvenes y Adultos, estableciendo funcionamiento bajo la dependencia de la DG de Educación del Adulto y del Adolescente.
CESADA POR
Art. 1 Resolución 191-CDNNYA-14, acepta renuncia de Cristian Blanco como Director Operativo a cargo de la Dirección Operativa de articulación Institucional Área Presidencia, quien fuera designado al cargo por Resolución 1050-SSGECP-12.-