RESOLUCIÓN 901 2012 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
ESTABLECE EL VALOR DE LA UNIDAD RETRIBUTIVA - AUTORIDADES SUPERIORES - RÉGIMEN MODULAR DE PLANTAS DE GABINETE
Publicación:
25/06/2012
Sanción:
15/06/2012
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
La Ley de Ministerios N° 4013, su Decreto Reglamentario N° 660/2011, el Expediente
N° 1.057.824/12, y
CONSIDERANDO:
Que la ley de Ministerios N° 4.013 establece la actual estructura ministerial del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y determina que el jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que allí les fueron conferidas;
Que estas facultades encomendadas por el Sr. Jefe de Gobierno a través del citado
Decreto, resultan coincidentes con las propias de ambas Unidades Ministeriales que
se encuentran establecidas en la Ley N° 4013 por cuanto, de acuerdo con sus
objetivos allí definidos, encabezan conjuntamente la aplicación de las políticas
salariales y negociaciones colectivas que se llevan adelante en el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a su vez, por Decreto N° 660/11, reglamentario de la Ley de mención, se
determinó el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de
autoridades superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete en la suma
remunerativa de un peso con 65/100 ($ 1,65);
Que por su parte, el referido Decreto faculta a los Ministerios de Modernización y de
Hacienda a arbitrar las medidas que resulten pertinentes para cumplimentar la
aplicación de lo dispuesto en ese acto y en la Ley N° 4.013;
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la
recaudación producida sobre las remuneraciones brotas correspondientes al Régimen
Gerencial es sus dos niveles, Gerente y Subgerente Operativo, corresponde adecuar
el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades
Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias.
Artículo 1°.- Establecese a partir del 1° de mayo de 2012 en un peso con 8975/100
($ 1,8975), la suma remunerativa correspondiente al valor de la unidad retributiva
aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de
Plantas de Gabinete.
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a los Ministerios y Secretarias del Poder Ejecutivo, a la
Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de la Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos remítase a
los Ministerios de Hacienda y de Modernización. Cumplido, archívese. Ibarra -
Grindetti