DECRETO 384 2002

Síntesis:

CREA EL JARDÍN MATERNAL N° 5, D.E. 20, EN LA MANZANA 28 DE LA VILLA N° 15. ESTABLECE LA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL

Publicación:

02/05/2002

Sanción:

29/04/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VER TEXTO ACTUALIZADO 

Visto el Expediente N° 75.839/2001; y

Considerando:

Que por las citadas actuaciones, tramita la solicitud formulada por la Dirección del Area de Educación Inicial de la Secretaría de Educación, con el objeto de que se cree un Jardín Maternal, sito en la Manzana 28 - Villa 15, en la intersección de las calles Zuviría y Lisandro de la Torre, dependiente del D.E. 20;

Que la zona en cuestión es prioritaria para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por las condiciones sociales, culturales, económicas, sanitarias y educativas que presentan sus habitantes;

Que el Centro Popular Mataderos está llevando adelante una tarea comunitaria con el propósito de mejorar la calidad de vida de los vecinos, en especial los más pequeños;

Que en el ciclo escolar 2001, se han inaugurado los Jardines Integrales N° 3 y N° 4 cercanos a la Villa, totalizando en la actualidad tres jardines que reciben niños de tres años en adelante;

Que en el D.E. 20 no existen instituciones de Nivel Inicial, destinados a niños de 45 días a 2 años de edad, siendo escasa la oferta en jornada completa;

Que con la creación propugnada se pretende dar una respuesta a un importante número de niños que habitan en dicha comunidad y que no encuentran vacantes en los establecimientos existentes;

Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Créase el Jardín Maternal N° 5, Distrito Escolar 20, el que funcionará entre las calles Zuviría y Lisandro de la Torre, sito en la Manzana 28° de la Villa 15, a partir del 15 de noviembre de 2001.

Artículo 2° Establécese la Planta Orgánica Funcional con que funcionará el citado Jardín y que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3° La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 4° Póngase a cargo de la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento y Equipos (conf. Decreto N° 2.055/GCBA/2001) la refuncionalización y adaptación del inmueble en cuestión al proyecto educativo.

Artículo 5° El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete.

Artículo 6° Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Educación (Direcciones Generales de Educación y Coordinación Financiera y Contable) y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO I

Jardín Maternal N° 5, D.E. 20

1.- Sede: Zuviría y Lisandro de la Torre, Manzana 28° - Villa 15.

2.- Planta Orgánico Funcional:

1 (un) cargo Directora.

1 (un) cargo Maestra Secretaria.

10 (diez) cargos de Maestra de Sección.

6 (seis) cargos de Maestra Celadora de Comedor.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Res.2135-SED-05 Crea un Anexo en el Jardín Maternal 5 D:E 20 creado por Dec.384-02
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 3521-MEIGC-19 aprueba el desdoblamiento de las secciones que componen al Jardín Maternal 5, creado mediante Decreto 384-02 del Distrito Escolar y su Anexo, sitos en la calle Luis Herrera 3034 y en la calle Cañada de Gómez 3850, de esta Ciudad, respectivamente. </p><p>Art, 3 establece que en virtud del desdoblamiento aprobado ,las secciones del Jardín Maternal  5 del Distrito Escolar 20 que funcionan en la calle Luis Herrera 3034 se trasladan a la Escuela Infantil  8 del Distrito Escolar sito en la calle Zuviría 6544 Planta Baja, de esta Ciudad, quedando las mismas subsumidas en la Escuela Infantil  8.</p><p>Art. 4 establece que la sede del Jardín Maternal 5 del Distrito Escolar 20 quedará constituida en el edificio en el que actualmente funciona su Anexo, sito en la calle Cañada de Gómez 3850.</p>