RESOLUCIÓN 130 2012 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
ENCOMIENDA FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - A DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO PRODUCTIVO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - AL REGISTRO DE ENTIDADES DE APOYO - MIPYMES - RES 61-GCABA-SSPRODU-2006 - MODIFICADA POR RES 51-SSDE-2008
Publicación:
12/07/2012
Sanción:
05/07/2012
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO:
Los Decretos N° 923/GCABA/2005 y 236/GCABA/2012, Resoluciones Nros.
61/GCABA/SSPRODU/2006 y su modificatoria 51/SSDE/2008; el Expediente N°
1.392.483/2012; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 923/GCABA/2005 creó el Programa "Red Institucional de Apoyo a
MIPyMEs" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto contribuir a la
mejora de la competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la
ciudad, a través del fortalecimiento de su interacción con las Organizaciones y
Entidades No Gubernamentales, especializadas en la prestación de servicios de apoyo
a las mismas;
Que en el artículo 3° del referido Decreto, se estableció que las entidades y
organizaciones deberían inscribirse previamente en el Registro de Organizaciones y
Entidades de Apoyo a PyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya creación
correspondía a la ex Subsecretaría de Producción actual Subsecretaría de Desarrollo
Económico, en su carácter de autoridad de aplicación;
Que, en atención a ello, mediante la Resolución N° 61/GCABA/SSPRODU/06, se creó,
en el ámbito de la actual Subsecretaría de Desarrollo Económico, el Registro de
Entidades de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ello, con el
objeto de promover el surgimiento y consolidación de una red de instituciones
dedicadas a la creación, fortalecimiento y desarrollo productivo de micro, pequeñas y
medianas empresas y el de cimentar el diseño e implementación de políticas
destinadas a fortalecer la calidad de gestión de estas organizaciones;
Que, dicho registro surgió ante la necesidad de conocer el universo de instituciones
educativas y/o de organizaciones sin fines de lucro que se encontraban realizando o
planeaban realizar actividades tendientes a facilitar el desarrollo de los sectores
productivo industrial, comercial y de servicios, ya sea a través de acciones de
capacitación, asistencia técnica o de cualquier otra actividad dirigida a potenciar dicho
desarrollo, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo al artículo 2° de la referida resolución se le asignó a la actual
Subsecretaría de Desarrollo Económico, la calidad de autoridad de aplicación del
registro en cuestión, quedando a su cargo la facultad de recibir, evaluar, aprobar o
rechazar las solicitudes y modificar los requisitos y condiciones necesarios para la
efectiva inscripción;
Que, a los efectos de conocer con mejor precisión la naturaleza jurídica y técnica de
las entidades, mantener actualizadas autoridades, su situación económico-financiera y
tributaria y los antecedentes profesionales de sus respectivos equipos técnicos,
mediante la Resolución N° 51/GCABA/SSDE/2008, se modificaron los requisitos en
cuanto a la documentación requerida y forma de presentarla por parte de cada uno de
los postulantes a inscribirse en el mencionado registro;
Que es de interés de la Subsecretaría de Desarrollo Económico contar con un padrón
que refleje el universo de organizaciones no gubernamentales que en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires poseen trayectoria reconocida en las diferentes
temáticas y/o asignaturas que corresponden a la asistencia a pequeñas y medianas
empresas (PyMEs);
Que, de conformidad con el Decreto 236/GCABA/2012, es responsabilidad de
Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica, asistir al
Subsecretario de Desarrollo Económico, en temas relacionados con la tecnología y la
innovación, con el el empradonamiento e incubación de proyectos, el registro y la
proyección industrial;
Que, por este motivo, sería conveniente encomendar a la Dirección General de
Fomento Productivo e Innovación Tecnológica el Registro de Entidades de Apoyo a
MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1°- Encomiéndase a la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación
Tecnológica las facultades otorgadas a la Subsecretaría de Desarrollo Económico con
relación al Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, mediante las Resoluciones Nros. 61/GCABA/SSPRODU/2006 y su
modificatoria 51/SSDE/2008.
Artículo 2°- Establécese que serán remitidos a la Dirección General de Fomento
Productivo e Innovación Tecnológica la totalidad de los antecedentes institucionales,
expedientes, registros, archivos y el respectivo libro de Registro, ya sea en respaldo
papel o en soporte magnético relacionados con el Registro de Entidades de Apoyo a
MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiendo adoptarse las medidas
necesarias para que aquellos que a la fecha permanezcan en la Subsecretaría de
Desarrollo Económico sean transferidos dentro de los diez (10) días contados a partir
de la publicación de la presente.
Artículo 3°- La Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica,
tendrá a su cargo:
a) Recibir y evaluar las solicitudes de inscripción en el registro que presenten las
entidades;
b) Aprobar o rechazar dichas solicitudes;
c) Adecuar los requisitos y condiciones para la inscripción en el Registro de Entidades
de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos, al Ministerio de
Desarrollo Económico, a la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación
Tecnológica. Cumplido, archívese. Svarzman