DECRETO 325 2012

Síntesis:

APROBACIÓN DE CONVENIO DE AVENIMIENTO EXPROPIATORIO - EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO - SBASE - LUIS OSCAR CASARES - INMUEBLE - AV CÓRDOBA 2572 - ESCRITURACIÓN DE INMUEBLE - CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE SUBTERRÁNEO H

Publicación:

13/07/2012

Sanción:

06/07/2012

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 238 y 3.948 y el Expediente N° 723937/12, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación tramita el Convenio de Avenimiento Expropiatorio,

celebrado ad referéndum del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, con los propietarios del inmueble sito en la Avenida Córdoba 2572

(referido por informe de dominio como Avenida Córdoba 2570/74/78), Unidad

Funcional 2, identificado catastralmente corno Circunscripción 11, Sección 9, Manzana

10, Parcela 3 de esta Ciudad e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo

Matricula FR 11-552/2;

Que dicho convenio fue suscripto con fecha 3 de abril de 2012, por el señor Presidente

del Directorio de Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) como

entidad expropiante por el señor Luis Oscar Casares, D.N.I N° 11.836.734, propietario,

como expropiado, en virtud de lo preceptuado por la Ley N° 3.948, que declara de

utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ut supra señalado, para ser

afectado a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), con destino

a la construcción de los tramos A0, A1 y C2 de la Línea H de Subterráneos;

Que el Importe de la Indemnización resulta equivalente a la valuación del inmueble

efectuada por el Banco Ciudad de Buenos Aires el 19 de enero del año en curso,

mediante Carpeta N° 201171526;

Que a tenor de lo expuesto, resultan de aplicación los artículos 10 a 13 y concordantes

de la Ley N° 238.

Que para dicho fin se ha concretado la afectación de la partida presupuestaria

correspondiente y se ha cumplimentado con los recaudos legales que tal acto

requiere;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete, en virtud de la Ley N° 1218.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Avenimiento Expropiatorio celebrado ad

referéndum del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en virtud de lo preceptuado por la Ley N° 3.948, entre Subterráneos de Buenos Aires

Sociedad del Estado (SBASE) y el señor Luis Oscar Casares (D.N.I N° 11.836.734) en

su carácter de propietario del inmueble sito en la Avenida Córdoba 2572 (referido por

informe de dominio como Avenida Córdoba 2570/74/78), Unidad Funcional 2,

identificado catastralmente como Circunscripción 11, Sección 09, Manzana 010,

Parcela 03 de esta Ciudad e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo

Matricula FR 11-552/2, por el monto total de pesos ochocientos treinta mil ($ 830.000),

el que en copia certificada, obra como Anexo del presente Decreto.

Artículo 2°.- Instrúyase a la Dirección General de Escribanía General a instrumentar la

transferencia de dominio mediante escritura pública y/o documento administrativo del

predio expropiado y a inscribir el mismo en el Registro de la Propiedad Inmueble.

Artículo 3°.- El gasto que demande la presente gestión será imputado a la respectiva

partida presupuestaria del ejercicio del año en curso.

Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo

Urbano y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires; comuníquese a la Dirección General de Contaduría y a la Subsecretaría de

Transporte, y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos, pase a

Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) y a la Dirección General

de Escribanía General. Cumplido, archívese. Vidal a/c - Chaín - Grindetti -

Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3951

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 325-12, aprueba el Convenio de Avenimiento Expropiatorio en el marco de la Declaración de Utilidad Pública efectuada por Ley 3948.</p>