RESOLUCIÓN 65 2012 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627

Síntesis:

APRUEBA LAS CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CONSEJO ASESOR DE TURISMO - ENTE DE TURISMO - ÓRGANO DE ASESORAMIENTO - CONSULTA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA

Publicación:

18/07/2012

Sanción:

22/03/2012

Organismo:

F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627


VISTO:

la ley N° 2627 y,

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada norma se crea el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires o del organismo que en el futuro lo reemplace, con

el objeto de ejecutar políticas y programas de promoción, desarrollo y fomento del

turismo como actividad económica estratégica de la Ciudad;

Que el Artículo 19° de la Ley N° 2627, crea, en el ámbito del Ente de Turismo de la

Ciudad el Consejo Asesor de Turismo con la finalidad de garantizar la más amplia

participación de los integrantes del Sistema Turístico;

Que dicha instancia es un órgano de asesoramiento y consulta del Ente de Turismo y

su Directorio;

Que es competencia del Directorio del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires,

disponer las condiciones de funcionamiento del Consejo Asesor de Turismo;

Que el Directorio del Ente de Turismo, en su reunión ordinaria del día 5 de diciembre

de 2011, en el punto 5°) del orden del día determinó encomendar al Presidente del

Ente el dictado de la norma legal que fije las condiciones de funcionamiento y

organización interna del mismo.

Por lo expuesto y en base a las facultades que le fueron encomendadas,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse las condiciones de funcionamiento y organización interna del

Consejo Asesor de Turismo, que se detallan en el Anexo I que, en un todo forma parte

de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los integrantes del Directorio del Ente de Turismo de la Ciudad de

Buenos Aires, a las entidades enunciadas en el Anexo I de la Ley N° 2627 y su

modificatoria N° 2719, al Área Registro, de la Gerencia Operativa Proyectos de

Normas y Oficios, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y

Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Modernización y a la Dirección General de la Oficina de la Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Hacienda . Cumplido, archívese. Lombardi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3954

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 65-ENTUR-12 aprueba las condiciones de funcionamiento y organización interna del Consejo Asesor de Turismo, creado por Art. 19 de la Ley 2627.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 165-ENTUR-12 rectifica el ANEXO I de la Resolución 65-ENTUR-12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 66-ENTUR-16, modifica Anexo I Resolución 65-ENTUR-12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 16-DEJ-17 modifica Anexo I de la Resolución 65/ENTUR/12.</p>