RESOLUCIÓN 66 2016 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
MODIFICA ANEXO I RESOLUCIÓN N° 65-ENTUR-12 - APROBACIÓN CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN INTERNA - CONSEJO ASESOR DE TURISMO - ENTE DE TURISMO - FINALIDAD - FUNCIONES - COMPOSICIÓN - REUNIONES - OPINIONES - COMISIONES DE TRABAJO
Publicación:
04/04/2016
Sanción:
30/03/2016
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.627, 4.685 y 5.460, el Decreto N° 363/15, las Resoluciones Nros. 65
y 165-ENTUR/12
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 2.627 y su modificatoria N° 4.685, se creó el Ente de Turismo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del
Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley N° 5.460 se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose la creación del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología;
Que mediante Decreto N° 363/15 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que prevé que
el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentre bajo la
órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;
Que por el artículo 19 de la Ley N° 2.627, se crea, en el ámbito del Ente de Turismo, el
Consejo Asesor de Turismo con la finalidad de garantizar la más amplia participación
de los integrantes del Sistema Turístico;
Que por acta de Directorio del Ente de Turismo, de fecha 5 de diciembre de 2011, se
encomendó al Presidente del Ente de Turismo el dictado de la norma legal que fije las
condiciones de funcionamiento y organización interna del Consejo Asesor;
Que por la resolución N° 65-ENTUR/12 se aprobaron las condiciones de
funcionamiento y organización interna del Consejo Asesor de Turismo, la que fuera
rectificada mediante Resolución N° 165-ENTUR/12;
Que, con el propósito de actualizar la condiciones de funcionamiento y organización
interna del Consejo Asesor de Turismo, en vista de la modificación de la Ley N° 2.627
por la Ley N° 4.685, resulta necesario modificar el Anexo I de la Resolución N° 65-
ENTUR/12;
Por ello, conforme las facultades conferidas.
Artículo 1°.- Modifíquese el ANEXO I de la Resolución N° 65-ENTUR/12, rectificada
por Resolución N° 165-ENTUR/12, el cual quedará redactado de acuerdo al Anexo I,
que en un todo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
Comuníquese a los integrantes del Directorio del Ente de Turismo de la Ciudad de
Buenos Aires, a las entidades enunciadas en el Anexo I de la Ley 2.627 y su
modificatoria N° 4.685 y a la Dirección General de la oficina de la Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Alem
ANEXOS