RESOLUCIÓN 10 2012 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
ESTABLECE TRAMITE POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - CONFECCIÓN DE DIAGNÓSTICOS ESPECIALES Y RECOMENDACIONES AUTÓNOMAS - MÓDULO "EE" DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -SADE- - SINDICATURA GENERAL
Publicación:
23/07/2012
Sanción:
18/07/2012
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
Las Leyes N° 70, N° 3.304 y N° 4.013, los Decretos N° 589/09, N° 196/11, la
Resolución N° 71-SGCBA/11, la Resolución N° 24-SGCBA/12 y el Expediente N°
2012-751909-MGEYA-DGMAD, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-
como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha norma facultó a la Secretaria Legal y Técnica a dictar las normas
reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y
funcionamiento del SADE y sus actuaciones;
Que, posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
se dispuso entre las actividades a implementar "....desarrollar la arquitectura
tecnológica para la implementación del expediente electrónico";
Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3304;
Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría
Legal y Técnica, a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias;
Que, por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio
de Modernización como la autoridad de aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión de! Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en
forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la
implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información
para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado
estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites
administrativos;
Que distintas normas han previsto la incorporación de trámites administrativos al
Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;
Que en esta instancia, resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
trámites al Expediente Electrónico;
Que por otro lado, y con relación al Sistema de Control Interno del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 70 establece en su articulo 121 que la
Sindicatura General es el órgano normativo de supervisón y coordinación de dicho
sistema;
Que asimismo dicha norma en su artículo 130 inciso 2), establece que es atribución
del/la Síndico/a General reglamentar y organizar el funcionamiento interno de la
Sindicatura General, en sus aspectos operativo, funcional y de administración del
personal;
Que en ese sentido por Resolución N° 71-SGCBA/11 dicho órgano de control adoptó
la utilización del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el
módulo de Generación de Documentos Electrónicos Oficiales (GEDO), el módulo de
Comunicaciones Oficiales (CCOO), el módulo de Expediente Electrónico(EE) y el
Repositorio Único de Documentos Electrónicos (RUDO);
Que conforme la descripción de acciones previstas en el Anexo II de la Resolución N°
24-SGCBA/12, la Gerencia de Relaciones Institucionales supervisa la elaboración de
los Diagnósticos Especiales y las Recomendaciones Autónomas;
Que en este marco y en relación con los procesos para la confección de Diagnósticos
Especiales y de Recomendaciones Autónomas de la Sindicatura General y, a fin de
dar cumplimiento al Decreto N° 196/11, resulta necesario incorporar al Expediente
Electrónico dichos procesos.
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese que la confección de Diagnósticos Especiales y
Recomendaciones Autónomas de la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, deberán tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo
establecido en el Decreto N° 196/11, utilizando el Módulo "EE" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos -SADE-.
Artículo 2°.- Establécese que corresponderá al Síndico General el diseño y aprobación
del Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá observarse en la confección
de Diagnósticos Especiales y Recomendaciones Autónomas.
Artículo 3°·- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Rial - Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas