ACTA 2472 2012 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
INSTITUTO DE LA VIVIENDA - APROBACIÓN - CONTRATACIÓN DIRECTA 19-12 - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MEDICIÓN Y CARACTERIZACIÓN CULTURAL - ADJUDICACIÓN - CICMAS STRATEGY GROUP SA - APROBACIÓN DE GASTO DE IMPRESCINDIBLE NECESIDAD - ELECTROSERVICE DE PABLO CASTRO- PUNTO 3 - PUNTO 4
Publicación:
31/07/2012
Sanción:
20/07/2012
Organismo:
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Continuando la sesión del día 20 de julio de 2012 del Acta N° 2472 y con la presencia
del Sr. Director Martín Miguel Moyano Barro y del Sr. Director Alejo Maxit, se
considera el siguiente punto:
PUNTO N° 3: Aprobar el llamado a Contratación Directa N° 19/12 para la Contratación
del "Servicio de Medición y Caracterización Cultural" - Adjudicar la Contratación
Directa N° 19/12 a la firma CICMAS STRATEGY GROUP S.A. por la suma PESOS
CIENTO CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 00/100
($ 142.780,00.-).
Visto
la Nota N° 5.057/IVC/2012, y;
Considerando:
Que por la actuación señalada en el Visto, la Gerencia Recursos Humanos de este
Organismo, propicia una Contratación Directa -en el marco de lo establecido por el Art.
28 Inc. 4 de la Ley N° 2095) para la Contratación del "Servicio de Medición y
Caracterización Cultural".
Que, en ese orden, destacó que: "La cultura corporativa de una organización está
íntimamente relacionada con el conjunto de experiencias, hábitos, costumbres y
valores que comparten sus miembros. En el contexto de transformaciones que está
llevando adelante el IVC, se está desarrollando un proyecto de Medición y
Caracterización Cultural de la organización. El mismo tiene como principales objetivos
relevar valores y conductas para luego generar transformaciones medibles y
sustentables contribuyendo a un ambiente más sano de trabajo para todos los
empleados, objetivo que es de interés para el Instituto de la Vivienda de la Ciudad. (...)
se requiere de un estudio que revele datos sobre conductas, valores, hábitos y
costumbres compartidas por todos los empleados (...) Esta necesidad urgente de
evaluar la caracterización de la cultura del IVC, y para ello amerita la contratación de
una empresa que esté capacitada técnicamente para realizar la medición de dicha
cultura (...) La empresa Cicmas Strategy Group S.A., es la única empresa en el
mercado que realiza servicios de medición y caracterización cultural de una
organización y ha elaborado la Planificación, capacitación y las metodologías con las
cuales se pondrá en marcha la medición y diagnostico de la cultura de este
Organismo...."
Que a fs. 6 de la nota de marras, surge que la firma CICMAS STRATEGY GROUP
S.A. es la única Consultora de Estrategia de Negocios que cuenta con consultores
especializados en Procesos de Transformación Cultural y Dirección por Valores
certificados por el Barret Value Centre-USA.
Que, por las razones expuestas se promueve la realización de una Contratación
Directa por exclusividad de acuerdo a lo establecido en el artículo 28, inciso 4 de la
Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, que prevé la posibilidad de concretar "...La
adquisición de bienes cuya fabricación o venta es exclusiva de quienes tengan
privilegio para ello o que sólo poseen una determinada persona o entidad, siempre y
cuando no hubieren sustitutos convenientes".
Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas N° 20/12 obrante a fs. 12 de la
nota de marras, se recibió la oferta N° 1 de CICMAS STRATEGY GROUP S.A.
Que por Acta de Preadjudicación N° 11/12, la Comisión de Evaluación de Ofertas
recomendó: "Adjudicar la Contratación Directa N° 19/12 - Servicio de Medición y
Caracterización Cultural a la empresa CICMAS STRATEGY GROUP S.A. por un total
de Pesos Ciento Cuarenta y Dos Mil Setecientos Ochenta con 00/100 ($ 142.780,00.-),
en los términos del Art. 28, Inc. 4° de la Ley 2095 de la CABA, por resultar su oferta
conveniente y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitaria".
Que se han cumplido los plazos de publicación y de exhibición como así también con
los establecidos para formular impugnaciones, sin haber recibido presentación alguna
al respecto.
Que a fs. 74/77 obra copia certificada por este Organismo de la póliza por la cual se
afianza la contratación directa de marras.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos realizó el encuadre jurídico de la presente
contratación en el marco del Art. 28 inc. 4 de la Ley N° 2095 de Compras y
Contrataciones de la C.A.B.A., el cual prescribe que: "La adquisición de bienes cuya
fabricación o venta es exclusiva de quienes tengan privilegio para ello o que sólo
poseen una determinada persona o entidad, siempre y cuando no hubieran sustitutos
convenientes. La exclusividad debe encontrarse debidamente documentada".
Que se ha acompañado la correspondiente documentación requerida: Declaración
Jurada de Aptitud para Contratar en los términos de los Arts. 95 y 96 de la Ley N°
2095, Inscripción de la firma en el Registro Informatizado Único y Permanente de
Proveedores del GCBA (RIUPP), Certificado del Registro de Deudores Alimentarios
Morosos de los Socios Gerente y Constancia de Inscripción ante la AFIP.
Que el presente gasto se encuentra contemplado mediante formulario de afectación N°
26993/2012.
Que las Gerencias General y de Coordinación General Legal y Técnica tomaron
competente intervención.
Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba
por los miembros presentes.
Por ello.
SE RESUELVE:
1°) Aprobar el llamado a Contratación Directa N° 19/12 para la Contratación del
"Servicio de Medición y Caracterización Cultural".
2°) Adjudicar, en el marco de la previsiones establecidas en el art. 28, inc. 4° de la Ley
de Compras y Contrataciones N° 2095, la Contratación Directa N° 19/12 a la firma
CICMAS STRATEGY GROUP S.A. por la suma PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS
MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 142.780,00.-) por ajustarse a los
requerimientos de la documentación licitaría y resultar su oferta conveniente.
3°) Disponer que el presente gasto será solventado conforme la afectación
presupuestaria efectuada mediante formulario N° 26993/12.
4°) Encomendar a la Gerencia Logística la notificación de lo resuelto a la firma
CICMAS STRATEGY GROUP S.A.
5°) Encomendar a la Gerencia Administración y Finanzas la cancelación del gasto
aprobado por el presente Punto.
6°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página web del
Organismo.
7°) Comunicar a las Gerencias General, de Coordinación General de Planificación
Adm. y Financiera, de Coordinación General Legal y Técnica, de Administración y
Finanzas, de Asuntos Jurídicos y de Logística. Cumplido, pase a esta última en
prosecución de su trámite.
Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio.
Moyano Barro - Maxit
Continuando la sesión del día 20 de julio de 2012 del Acta N° 2472 y con la presencia
del Sr. Director Martín Miguel Moyano Barro y del Sr. Director Alejo Maxit, se
considera el siguiente punto:
PUNTO N° 4: Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos
del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS
DOSCIENTOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 223.315,00)
para el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los aires acondicionados
instalados en las dependencias del IVC, el mantenimiento de los tres equipos de aire
acondicionado centrales, ubicados en las dependencias de Carlos Pellegrini 179, la
instalación de ocho equipos de aire acondicionado y la compra de cuatro equipos frío-
calor de 3500 frígorias como mínimo, a la empresa ELECTROSERVICE de Pablo
Castro.
Visto
la Nota N° 3.643/IVC/2012, y;
Considerando:
Que por Acta de Directorio N° 2410/D/10 de fecha 08/07/10, el IVC adhirió al Decreto
N° 2143/GCBA/07 y sus complementarios y modificatorios.
Que con fecha 19 de Julio de 2010 se Publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires N° 3463, el Decreto N° 556 que derogó el Decreto N°
2143/07 y sus modificatorios y el Decreto N° 400/08.
Que mediante Acta de Directorio N° 2411, Punto 1, el IVC derogó el Punto del Acta
2410 y adhirió al Decreto N° 556/GCBA/10.
Que con fecha 27 de Septiembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires N° 3512 el Decreto N° 752 que modificó el Decreto N°
556/10.
Que por el Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011 de fecha 17 de febrero
de 2011, este Organismo adhirió al Decreto N° 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del
27/09/2010).
Que esta nueva norma vino a unificar toda la normativa que rige la materia,
actualizando los límites autorizados para realizar gastos de imprescindible necesidad
tendientes a asegurar la prestación de servicios esenciales que, por la celeridad con
que deben llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los
procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o
mediante el régimen de cajas chicas.
Que, en virtud de lo actuado, la Gerencia General propicia una contratación en el
marco de lo estipulado por el Decreto N° 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del 27/09/2010)
teniendo en cuenta la celeridad con la que se requiere el mencionado servicio.
Que la Gerencia Logistica confeccionó la solicitud de cotización e invitó a tres firmas
inscriptas en el RIUPP, cuyos datos lucen a fs. 7.
Que, a la invitación solicitada se presentaron las siguientes empresas con las
siguientes ofertas, conforme Acta de Ofertas obrante a fs. 18: 1°) CODEPYC S.A. por
la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($
249.000,00.-); 2°) ELECTROSERVICE DE PABLO CASTRO por la suma de PESOS
DOSCIENTOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 00/100
($ 223.315,00.-) y 3°) PLANETA FRIO S.A. por la suma de PESOS DOSCIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 242.530,00.-).
Que luego del cotejo de las referidas cotizacionesla Gerencia Logistica señaló a fs. 22
que: "El monto estimado al que asciende la mencionada contratación, según surge de
la planilla de Acta de Apertura a fs. 18 de los presupuestos presentados, asciende a la
suma de doscientos veintitrés mil trescientos quince con 00/100 ($ 223.315,00).-"
Que a fs. 27 de la nota de marras, luce constancias de inscripción en el Registro
Informatizado Unico y Permanente de Proveedores de la C.A.BA. de la empresa
seleccionada.
Que la Subgerencia Económico Financiera ha contemplado el presente gasto
mediante la solicitud de afectación N° 2607/12.
Que la Gerencia Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete no teniendo
observaciones que formular dictaminando que el marco normativo que deberá regir en
el presente trámite es el indicado por el Decreto 752/GCBA/10 y el Acta de Directorio
N° 2424/D/11 y que "Los requisitos previstos por el art. 5 del acta precitada se
encuentran cumplimentados...".
Que las Gerencias de Coordinación General Legal y Técnica ha tomado intervención,
prestando conformidad al dictado del correspondiente acto administrativo.
Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba
por los miembros presentes.
Por ello.
SE RESUELVE:
1°) Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto
N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS DOSCIENTOS
VEINTITRES MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 223.315,00) para el
servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los aires acondicionados
instalados en las dependencias del IVC, el mantenimiento de los tres equipos de aire
acondicionado centrales, ubicados en las dependencias de Carlos Pellegrini 179, la
instalación de ocho equipos de aire acondicionado y la compra de cuatro equipos frío-
calor de 3500 frigorías como mínimo, a la empresa ELECTROSERVICE de Pablo
Castro.
2°) Encomendar a la Gerencia Logística la notificación a la adjudicataria de lo resuelto.
3°) Establecer que el monto del presente gasto será solventado conforme la reserva
presupuestaria efectuada mediante la solicitud de afectación N° 2607/12.
4°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día
y en el sitio web oficial de la CABA.
5°) Comunicar a las Gerencias: General, Coordinación General Legal y Técnica,
Coordinación General Planificación Administrativa y Financiera, Administración y
Finanzas, Asuntos Jurídicos y Desarrollo Habitacional. Cumplido, pase a esta última.
Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio.
Moyano Barro - Maxit