LEY 4218 2012
Síntesis:
MODIFICA CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - PROCEDIMIENTO PARA DISPOSICIÓN DE VEHÍCULOS NO RETIRADOS - SECUESTRO DE VEHÍCULOS - OPERATIVOS DE CONTROL - SERVICIO DE GRÚAS - PLAZOS
Publicación:
03/08/2012
Sanción:
28/06/2012
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
27/07/2012
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Reemplázase el texto del artículo 2.1.5.2 del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el siguiente:
"2.1.5.2 Procedimiento para disposición de vehículos no retirados. Si un vehículo
trasladado a una playa de remisión por cualquiera de las razones establecidas en el
punto 2.1.5 Servicio de Grúas, secuestrado o remitido en operativos de control, no es
retirado dentro de los sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de su
ingreso a la misma, se procederá a notificar al titular dominial que transcurridos treinta
(30) días corridos contados a partir de su notificación, se lo considerará como vehículo
abandonado, enviándolo a un depósito del Gobierno de la Ciudad, iniciando el
procedimiento establecido en los artículos 7° y 8° de la Ley 342 (B.O.C.B.A. N° 915)."
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 30 de julio 2012
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del
Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 4.218 (Expediente N° 1461434/12),
sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión
del día 28 de Junio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 27 de
Julio de 2012.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese
copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la
Dirección General de Asuntos Legislativos, para su conocimiento y de efectos,
remítase a la Subsecretaría de Transporte. Cumplido, archívese. Clusellas