LEY 4231 2012

Síntesis:

 SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA - SPHU  - CORRIGE ERRATA LEY  4120 - VALORIZACIÓN - RESIDUOS - MATERIALES - SUSTITUCIÓN - PRODUCCIÓN - ECONOMÍA Y SERVICIOS -  MARCO REGULATORIO -

Publicación:

10/08/2012

Sanción:

05/07/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

02/08/2012

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Corrígese la errata de la Ley 4120, publicada en el B.O.C.B.A. N° 3856 del

16/02/2012, en su artículo 7° conforme lo siguiente:

Donde dice: "18. Valorización: cualquier operación tendiente a que el residuo sirva a

una finalidad útil al sustituir a otros materiales en la producción, la economía, los

servicios y la generación de energía."

Debe decir: "18. Valorización: cualquier operación tendiente a que el residuo sirva a

una finalidad útil al sustituir a otros materiales en la producción, la economía y los

servicios."

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 6 de agosto de 2012

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del

Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4.231 (Expediente N° 1.509.559/12),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 5 de julio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 2 de agosto

de 2012.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Subsecretaría de Atención Ciudadana. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4231, corrige la errata de la Ley 4120, en su art. 7, punto 18.</p>