RESOLUCIÓN 13 2012 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

ESTABLECE - CONTRATACIONES DIRECTAS  - RAZONES DE EXCLUSIVIDAD - ART 28 INC 1° LEY N° 2095  - REALIZACIÓN POR MÓDULO EXPEDIENTE ELECTRÓNICO-EE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOSELECTRÓNICOS - SADE - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DETERMINARÁ ORGANISMOS QUE IMPLEMENTARÁN EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - TRAMITACIÓN DE CONTRATACIONES DIRECTAS REFERIDAS EN ARTÍCULO 1° - CONTRATACIONES POR EXCLUSIVIDAD

Publicación:

14/08/2012

Sanción:

10/08/2012

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO:

Las Leyes N° 2.095, N° 3.304 y N° 4.013, los Decretos N° 589/09 y N° 196/11, y el

Expediente N° EX-2012-01610907--MGEYA-DGMAD;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095 regula el Régimen de Compras y Contrataciones en el ámbito de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 17 determina como órgano Rector del Sistema de Compras y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad a la Dirección General de Compras y

Contrataciones del Ministerio de Hacienda;

Que, por su parte, el artículo 28 inciso 4) de la Ley N° 2.095 regula las contrataciones

directas fundadas en razones de exclusividad;

Que el artículo 83 establece que "Todos los procesos de compras, ventas y

contrataciones que efectúen los órganos contratantes comprendidos en la presente

ley, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el

órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso... ";

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este

Gobierno ha incorporado diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y

procedimientos de la Administración;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos

-SADE-como sistema integrado de caratulación , numeración , seguimiento y

registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas

reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y

funcionamiento del SADE y sus actuaciones;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un

proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

en el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos", se dispone entre las

actividades a implementar "....desarrollar la arquitectura tecnológica para la

implementación del expediente electrónico";

Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4013 designa al Ministerio

de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización

de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las

políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura

informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del

"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;

Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría

Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias

que resulten necesarias a los fines de la aplicación del presente;

Que en ese marco, y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la

transparencia a fin de poder potenciar su labor, el Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires, ha buscado estandarizar procesos, procedimientos y tareas;

Que distintas normas han previsto la incorporación de trámites administrativos al

Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;

Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de

trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.

Por ello y en uso de las facultades que lo son propias,

EL MINISTRO DE HACIENDA, EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL JEFE DE

GABINETE DE MINISTROS Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que las Contrataciones Directas fundadas en razones de

exclusividad del artículo 28 inc. 4) de la Ley N° 2095 deberán realizarse utilizando el

Módulo "Expediente Electrónico-EE" del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos -SADE, aprobado por Decreto N° 196/11.

Artículo 2°.- Establécese que la Secretaría Legal y Técnica determinará los

organismos que, progresivamente, implementarán el expediente electrónico para la

tramitación de las Contrataciones Directas referidas en el artículo 1°.

Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Grindetti - Ibarra - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Res. 13-MJGGC...-12 establece que las contrataciones directas por razones de exclusividad deben efectuarse por módulo Expediente Electrónico en el marco de los arts 1° y 2° Dto 196-11