RESOLUCIÓN 13 2012 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ESTABLECE - CONTRATACIONES DIRECTAS - RAZONES DE EXCLUSIVIDAD - ART 28 INC 1° LEY N° 2095 - REALIZACIÓN POR MÓDULO EXPEDIENTE ELECTRÓNICO-EE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOSELECTRÓNICOS - SADE - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DETERMINARÁ ORGANISMOS QUE IMPLEMENTARÁN EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - TRAMITACIÓN DE CONTRATACIONES DIRECTAS REFERIDAS EN ARTÍCULO 1° - CONTRATACIONES POR EXCLUSIVIDAD
Publicación:
14/08/2012
Sanción:
10/08/2012
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Las Leyes N° 2.095, N° 3.304 y N° 4.013, los Decretos N° 589/09 y N° 196/11, y el
Expediente N° EX-2012-01610907--MGEYA-DGMAD;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 regula el Régimen de Compras y Contrataciones en el ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 17 determina como órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad a la Dirección General de Compras y
Contrataciones del Ministerio de Hacienda;
Que, por su parte, el artículo 28 inciso 4) de la Ley N° 2.095 regula las contrataciones
directas fundadas en razones de exclusividad;
Que el artículo 83 establece que "Todos los procesos de compras, ventas y
contrataciones que efectúen los órganos contratantes comprendidos en la presente
ley, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el
órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso... ";
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este
Gobierno ha incorporado diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y
procedimientos de la Administración;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos
-SADE-como sistema integrado de caratulación , numeración , seguimiento y
registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas
reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y
funcionamiento del SADE y sus actuaciones;
Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
en el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos", se dispone entre las
actividades a implementar "....desarrollar la arquitectura tecnológica para la
implementación del expediente electrónico";
Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4013 designa al Ministerio
de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;
Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría
Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias a los fines de la aplicación del presente;
Que en ese marco, y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, ha buscado estandarizar procesos, procedimientos y tareas;
Que distintas normas han previsto la incorporación de trámites administrativos al
Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;
Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.
Por ello y en uso de las facultades que lo son propias,
Artículo 1°.- Establécese que las Contrataciones Directas fundadas en razones de
exclusividad del artículo 28 inc. 4) de la Ley N° 2095 deberán realizarse utilizando el
Módulo "Expediente Electrónico-EE" del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos -SADE, aprobado por Decreto N° 196/11.
Artículo 2°.- Establécese que la Secretaría Legal y Técnica determinará los
organismos que, progresivamente, implementarán el expediente electrónico para la
tramitación de las Contrataciones Directas referidas en el artículo 1°.
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Grindetti - Ibarra - Rodríguez Larreta