RESOLUCIÓN 548 2012 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA - CREACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO DE CONTRIBUYENTES - PUC - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DESIGNACIÓN DE AGENTES - MARIELA CISNEROS MILLÁN - JEFE DE DEPARTAMENTO DE  ADMINISTRACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO DE CONTRIBUYENTES PUC

Publicación:

15/08/2012

Sanción:

09/08/2012

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

La Ley N° 2.603 y su Decreto Reglamentario N° 745/GCBA/2008 , la Resolución N°

500/AGIP/2008 y sus modificatorias, y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a

establecer la estructura de la referida Administración;

Que el artículo 14, inciso "e" de la mencionada Ley establece que es atribución del

Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos la de organizar y reglamentar el

funcionamiento interno de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en

sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, incluyendo el

dictado y la modificación de la estructura orgánico-funcional en los niveles inferiores

que apruebe la citada ley;

Que, por su parte el Decreto N° 745/GCABA/2008, ha reglamentado la precitada Ley,

Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 se aprobó la Estructura Orgánica

Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;

Que siendo la estructura organizativa una herramienta funcional para la

implementación de las políticas públicas, debe tener la flexibilidad necesaria para

permitir su reordenamiento en procura de alcanzar los objetivos propuestos.

Que para asegurar el normal desenvolvimiento de este Organismo Recaudador resulta

oportuno proceder a las modificaciones que resulten convenientes en la estructura

organizativa de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, creando un

sector que permita administrar de manera eficaz y eficiente la administración de datos

del Padrón del Contribuyente Único de esta Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos.

Que, a su vez, es menester designar provisoriamente por un plazo de ciento veinte

(120) días, a los funcionarios que, por su idoneidad y experiencia, serán responsables

de desempeñar los cargos de la estructura funcional de la Administración.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase el Departamento de Administración del Padrón Único de

Contribuyentes - PUC dependiente de la Dirección General de Rentas de la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos cuya estructura orgánico

funcional se detalla en el Anexo I y con los objetivos y funciones que se enumeran en

el Anexo II, los que a todos sus efectos forman parte de la presente.

Artículo 2°.-Desígnase provisoriamente por un plazo de ciento veinte (120) días a la

agente Cisneros Millán, Mariela Angélica, FC N° 355.588 como Jefe del Departamento

de Administración del Padrón Único de Contribuyentes PUC, dependiente de la

Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos

del Ministerio de Modernización. Notifíquese a la interesada a través del Departamento

Recursos Humanos de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

Cumplido, archívese. Walter


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3974

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Res 548-AGIP-12 crea el Depto de Administración del Padrón Único de Contribuyentes - PUC, quedando modificada la estructura aprobada por Res 500-AGIP-08
MODIFICADA POR
Art 2 modifica la EO de la Dirección General deRentas, suprimiendo la dependencia del Departamento de Administración del Padrón Único de Contribuyentes PUC-de dicha Dirección General,creado por Res 548-AGIP-12, el que pasará a dependerde la DG de Rentas Adjunta