RESOLUCIÓN 949 2013 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS ADJUNTA - FUNCIONES - SUPRESIÓN DE DEPENDENCIAS - DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO DE CONTRIBUYENTES - PUC- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN Y ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE - DEPARTAMENTO COORDINACIÓN CON ORGANISMOS

Publicación:

20/12/2013

Sanción:

17/12/2013

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

LA LEY N° 2603 (BOCBA N° 2846), EL DECRETO N° 745/08 (BOCBA N° 2961),

LARESOLUCION N° 500/AGIP/2008 (BOCBA N° 3091) Y SUS MODIFICATORIAS

YCOMPLEMENTARIAS, LA RESOLUCION N° 548/AGIP/2012 (BOCBA N° 3974), Y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental a establecer la estructura

orgánica de la referida Administración;

Que el Decreto N° 745/08 reglamentario de la norma antes citada, faculta al

Administrador Gubernamental a designar funcionarios en los cargos estructurales que

conforman dicho Organismo;

Que teniendo en cuenta que por la Resolución N° 88/AGIP/2013 (BOCBA N° 4094) se

ha producido la vacancia de la Dirección General de Rentas Adjunta;

Que resulta necesario cubrir dicho cargo asegurando la mayor eficiencia en la gestión;

Que ello implica asignar funciones y readecuar la actual estructura de la Dirección

General de Rentas;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébanse las funciones que le son asignadas a la Dirección General de

Rentas Adjunta y la estructura orgánica que como Anexos I y II forman parte integrante

de la presente.

Artículo 2.- Modifícase la estructura orgánica funcional de la Dirección General de

Rentas, suprimiendo la dependencia del Departamento de Administración del Padrón

Único de Contribuyentes PUC-de dicha Dirección General, el que pasará a depender

de la Dirección General de Rentas Adjunta, manteniéndose las designaciones de los

agentes en los cargos transferidos.

Artículo 3.- Modifícase la estructura orgánica funcional de la Subdirección General de

Recaudación y Atención al Contribuyente de la Dirección General de Rentas, suprimiendo

la dependencia del Departamento Coordinación con Organismos de la citada Subdirección

General, el que pasará a depender de la Dirección General de Rentas Adjunta,

manteniéndose las designaciones de los agentes en los cargos transferidos.

Artículo 4.- El Director General de Rentas conserva la máxima autoridad dentro de la

Dirección General y puede avocarse al conocimiento y decisión de cualquiera de las

cuestiones que le fueran asignadas a la Dirección General de Rentas Adjunta.

Artículo 5.- Los actos y disposiciones del funcionario que sustituye al Director General

de Rentas están sujetos, sin previa instancia ante este último, a los mismos recursos

que corresponderían en caso de haber emanado del mismo.

Artículo 6.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas.

Cumplido, archívese. Walter


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4303

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Res 949-AGIP-13 aprueba las funciones asignadas a la DG de Rentas Adjunta y la EO, quedando modificada la Res 500-AGIP-08 - Art 2 modifica la EO de la Dirección General deRentas, suprimiendo la dependencia del Departamento de Administración del Padrón Único de Contribuyentes PUC-de dicha Dirección General, el que pasará a dependerde la DG de Rentas Adjunta - Art 3 modifica la EO funcional de la Subdirección General de Recaudación y Atención al Contribuyente-Art 4 establece facultades del Director General - Art 5 establece que los actos y disposiciones del funcionario que sustituye al DG de Rentas están sujetos, sin previa instancia ante este último, a los mismos recursos que corresponderían en caso de haber emanado del mismo.
MODIFICA
Art 2 modifica la EO de la Dirección General deRentas, suprimiendo la dependencia del Departamento de Administración del Padrón Único de Contribuyentes PUC-de dicha Dirección General,creado por Res 548-AGIP-12, el que pasará a dependerde la DG de Rentas Adjunta
MODIFICADA POR
Art. 1 de la Resolución 15-AGIP-14 amplía las funciones asignadas a la Dirección General de Rentas Adjunta, contenidas en el Anexo I de la Resolución 949-AGIP-13.
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 864-AGIP-14, transfiere el Departamento de Administración del Padrón Único de Contribuyentes -PUC de la Dirección General de Rentas Adjunta, a la Subdirección General de Recaudación y Atención al Contribuyente de la Dirección General de Rentas, modificando lo establecido en la Resolución 949-AGIP-13, art. 2.</p>