RESOLUCIÓN 15 2014 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

 AMPLÍA FUNCIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS ADJUNTA - DICTAR Y SUSCRIBIR ACTOS ADMINISTRATIVOS VINCULADOS CON RECLAMOS POR: VALOR INMOBILIARIO DE REFERENCIA -VIR- - VALOR LOCATIVO DE REFERENCIA -VLR - VALUACIÓN FISCAL HOMOGÉNEA -VFH -  SUSCRIBIR  ACTOS DE ADMINISTRACIÓN VINCULADOS CON EL DILIGENCIAMIENTO DE OFICIOS JUDICIALES ORIGINADOS EN EL FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO - RESOLVER TRÁMITES DE SOLICITUD DE EXENCIÓN INTERPUESTOS POR ENTIDADES QUE ACREDITEN EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES PARA LOS CUALES FUERON CREADAS 

Publicación:

17/01/2014

Sanción:

14/01/2014

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 949/AGIP/2013 (BOCBA N° 4303), Y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución antes citada se asignaron funciones específicas a la Dirección

General de Rentas Adjunta;

Que resulta necesario incorporar nuevas funciones al ANEXO I de la Resolución N°

949/AGIP/2013.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Amplíanse las funciones asignadas a la Dirección General de Rentas

Adjunta contenidas en el Anexo I de la Resolución N° 949/AGIP/2013 de acuerdo al

detalle que se consigna a continuación: Dictar y suscribir los actos administrativos

vinculados con los reclamos por: Valor Inmobiliario de Referencia (VIR) Valor Locativo

de Referencia (VLR) Valuación Fiscal Homogénea (VFH) Suscribir los actos de

administración vinculados con el diligenciamiento de Oficios Judiciales originados en el

Fuero Contencioso Administrativo y Tributario. Resolver los trámites de solicitud de

exención interpuestos por las entidades que acrediten el cumplimiento de los fines

para los cuales fueron creadas, de conformidad con el artículo 44 del Código Fiscal

(t.o. 2013) y su modificatoria Ley N° 4807 (BOCBA N° 4306) y concordantes de años

anteriores.

Artículo 2.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas.

Cumplido, archívese. Tujsnaider

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Resolución 15-AGIP-14 amplía las funciones asignadas a la Dirección General de Rentas Adjunta, contenidas en el Anexo I de la Resolución 949-AGIP-13.