RESOLUCIÓN 299 2002 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

NORMA DEROGADA - SUSPENDE LA UTILIZACIÓN DE LA MANO IZQUIERDA DE LA AV. ROCA AL 500    PARA EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE LA LEGISLATURA  - AUTORIZA EL USO  EXCLUSIVO DE OMNIBUS Y COLECTIVOS AFECTADOS AL TRASLADO DE TURISTAS O ESCOLARES QUE VISITAN LA PLAZA DE MAYO -  SUSPENDE LA IMPLEMENTACIÓN DE DISPOSICIÓN 583-DGTOV-81

Publicación:

10/05/2002

Sanción:

06/05/2002

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto la Nota N° 15/VP/2002 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que tramita en el Poder Ejecutivo como Registro N° 348/DGAPyL/2002, referente al estacionamiento en la Av. Julio A. Roca al 500, y

CONSIDERANDO:

Que en dicha nota el Vicepresidente 1° de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informa que ha suspendido la utilización de la mano izquierda de la Avenida Julio A. Roca al 500 como lugar de estacionamiento del Poder Legislativo;

Que asimismo se propicia la utilización de dicho espacio para el estacionamiento de los colectivos, ómnibus o micros que traigan contingentes de escolares u otros al centro de la Ciudad, con fines turísticos, culturales, visitas guiadas, etc.;

Que por Disposición N° 583/DGTOV/81, ratificada por Ordenanza N° 37.526 (B. M. N° 16.739) se destinó un espacio para estacionamiento de micros turísticos o escolares en la Av. Rosales, entre Bartolomé Mitre y Sarmiento;

Que por razones de seguridad el estacionamiento en el lugar citado ha caído en desuso;

Que este nuevo emplazamiento se encuentra en un sector más accesible de la Ciudad, permitiendo el traslado de los contingentes escolares o turísticos con mayor seguridad;

Por ello, conforme las facultades otorgadas por la Ley N° 217 B.O.C.B.A. N° 760 y el Decreto N° 515/2000 B.O.C.B.A. N° 926;

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° Desestímase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días a partir de su implementación el tramo de Avenida Presidente Julio A. Roca entre Perú y Bolívar, junto a la acera izquierda, para el estacionamiento exclusivo de ómnibus y colectivos afectados al traslado de turistas o escolares que visitan la zona de Plaza de Mayo.

Artículo 2° Prohíbase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días a partir de su implementación, el estacionamiento de cualquier otro tipo de vehículo en el tramo de arteria mencionado en el artículo anterior.

Artículo 3° Suspéndase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días a partir de su implementación, la Disposición N° 583/DGTOV/81, ratificada por Ordenanza N° 37.526 (B. M. N° 16.739).

Artículo 4° La presente medida entrara a regir una vez instalado el señalamiento vertical ilustrativo.

Artículo 5° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Res. 157-SOYSP-03 Art.5 - Deja sin efecto los términos de la Res. 299-SSTYT-02
SUSPENDE
Res. 299-SOYSP-02 (DEROGADA)suspende por 90 días la vigencia de la Disp. 583-DGTOV-81, ratificada por Ord. 37526