DECRETO 415 2012
Síntesis:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - TRANSFIERE EL PROGRAMA PROTEGER DESDE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - A LA ÓRBITA DE LA SUBSECRETARÍA DE TERCERA EDAD - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - TRANSFIERE PERSONAL - PATRIMONIO - PRESUPUESTO -
Publicación:
17/08/2012
Sanción:
14/08/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 4.013, los Decretos N° 660/11 y modificatorios y N° 1349/08 y el Expediente
N° 712.224/12, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 4.013 fue sancionada la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 1.349/08 se transfirió el "Programa Proteger" de la órbita
de la Subsecretaría de Tercera Edad del Ministerio de Desarrollo Social a la Dirección
General de Atención y Asistencia a la Víctima de la entonces Subsecretaria de
Derechos Humanos de la Vicejefatura de Gobierno;
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, transfiriéndose a la
órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros la Subsecretaria de Derechos Humanos
y Pluralismo Cultural, la cual anteriormente se denominaba Subsecretaria de Derechos
Humanos, con dependencia orgánico funcional de la Vicejefatura de Gobierno;
Que la Subsecretaria de Tercera Edad tiene como objetivo principal promover la
inclusión social de los adultos mayores que residen en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, garantizando el cumplimiento y difusión de sus derechos;
Que entre sus responsabilidades primarias se encuentra la de diseñar, proponer e
implementar políticas para la tercera edad, promoviendo el envejecimiento activo de
las personas mayores, reconociendo el aporte que realizan a sus sociedades, así
como la protección y asistencia integral en los casos en que sus derechos se vieran
vulnerados;
Que el "Programa Proteger" fue creado con la finalidad primordial de atender y orientar
a las personas mayores que se encuentran en situación de maltrato y abandono,
brindándoles asistencia psicológica, social y jurídica;
Que la asistencia brindada a las personas mayores víctimas de maltrato y/o abuso
debe realizarse desde una perspectiva integral que considere tanto a sus familias,
como a sus organizaciones y a la comunidad en la que Viven, incluyendo un abordaje
interdisciplinario, integrando de esta manera los diversos Programas destinados a
dicha población;
Que la Subsecretaría de Tercera Edad cuenta con Programas integrales y
especializados que brindan apoyo y contención en todos los aspectos a las personas
mayores en situación de vulnerabilidad;
Que a efectos de proporcionar una adecuada calidad de vida a las personas mayores,
resulta conveniente centralizar en dicha Subsecretaría todos aquellos Programas que
promueven un envejecimiento con seguridad y dignidad;
Que en este orden de ideas, la centralización de Programas tiene por objeto optimizar
la atención y contención brindada a las personas mayores, articulando la totalidad de
los Programas existentes y promoviendo en forma integral el cumplimiento de sus
derechos.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Articulo 1.- Transfiérese el "Programa Proteger" de la órbita de la Subsecretaría de
Derechos Humanos y Pluralismo Cultura de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con
todo su personal, patrimonio y presupuesto, a la órbita de la Subsecretaría de Tercera Edad, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
Artículo 2.- Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas pertinentes a fin de realizar la
adecuación presupuestaria que corresponda para dar cumplimiento a o establecido en
el artículo precedente.
Articulo 3.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo
Social, el señor Ministro de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4.- Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y
al Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a
las Subsecretarías de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural y de Tercera Edad
Cumplido, archívese. MACRI - Stanley - Grindetti a/c