RESOLUCIÓN 14 2012 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ESTABLECE EL USO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO PARA DIVERSOS PROCEDIMIENTOS - TRÁMITES - CEMENTERIOS - RENOVACIONES CERTIFICACIONES - BÓVEDA - NICHO PROVISIÓN DE ATAÚDES- - ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS - SOLICITUD CIUDADANA AL PODER EJECUTIVO - RECONOCIMIENTO DE CAMBIO DE ALÍCUOTA - RECUPERACIÓN DE FACHADAS - ESCUELAS - CASA HABITACIÓN PLAN DE ESTUDIOS - PROYECTO INSTITUCIONAL - IMPOSICIÓN DE NOMBRE - APROBACIÓN DE CURSO - SEGURIDAD Y/O VIGILANCIA EN ESTABLECIMIENTOS - EXPERIENCIA DIRECTA - VIAJES - RESERVA DE SALAS- SALONES Y OTROS DESIGNACIÓN DE SUBSECRETARIO
Publicación:
23/08/2012
Sanción:
17/08/2012
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Las Leyes N°, N° 3304 y N° 4013, el Decreto N° 196/11 y N° 193/12, y el Expediente
N° EX-2012-01664445-MGEYA-DGMAD;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-
que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas necesarias
para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;
Que, posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
se dispuso entre sus actividades "....desarrollar la arquitectura tecnológica para la
implementación del expediente electrónico";
Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304";
Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría
Legal y Técnica, a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias
Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4013 designa al Ministerio
de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en
forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la
implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información
para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado
estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites
administrativos;
Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites
administrativos al Expediente Electrónico corno herramienta de gestión administrativa;
Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Establécese que, a partir del 20 de Agosto del corriente, deberán tramitar
por Expediente Electrónico utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos -SADE-, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°
196/11, los procedimientos de:
Certificado de Dominio de Bóveda y/o Nicho (Cementerios)
Actualización de Título de Bóveda y/o Nicho (Cementerios)
Renovación de Bóveda y/o Nicho (Cementerios)
Transferencia de títulos de Bóveda y/o Nicho (Cementerios)
Provisión de ataúdes (Cementerios)
Administración de consorcios (Defensa del Consumidor)
Solicitud Ciudadana al Poder Ejecutivo
Reconocimiento de cambio de alícuota (Hacienda)
Recuperación de Fachadas (Casco Histórico)
Casa Habitación (Escuelas)
Plan de Estudios (Escuelas)
Proyecto Institucional (Escuelas)
Imposición de Nombre (Escuelas)
Aprobación de Curso (Escuelas)
Seguridad y/o Vigilancia en Establecimientos (Escuelas)
Experiencia Directa (Escuelas)
Viajes (Escuelas)
Reserva de salas/salones y otros (Cultura)
Designación de Subsecretario
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas