DISPOSICIÓN 32 2012 DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION DE MEDICINA DEL TRABAJO
Síntesis:
NORMA DEROGADA - APROBACIÓN - PROTOCOLO DE EMBARAZO - MEDICINA DEL TRABAJO - RECURSOS HUMANOS - PERSONAL - LICENCIAS DE AGENTES - MATERNIDAD - ALTO RIESGO
Publicación:
Sanción:
26/07/2012
Organismo:
DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION DE MEDICINA DEL TRABAJO
ANEXOS
El concepto de Riesgo es fundamentalmente probabilístico |
2. Listado de Factores de Riesgo:
Gran multípara
c. Patología obstétrica en el embarazo actual:
óbito fetal
d. Infertilidad. Métodos de Fertilización Asistida
e. Enfermedades clínicas:
cardiopatías
Neuropatías
Hemopatías
Hepatopatías severas
nefropatías
endocrinopatías
HTA
epilepsia
Enfermedades infecciosas
enfermedades autoinmunes
ginecopatías.
drogodependencias
enfermedades respiratorias
f. Exposición a agentes o procesos teratogénicoscausando patología fetal
Radiaciones
Fármacos (talidomida, isotretinoína, etc.)
Biológicas
La mera presencia de uno o más factores nonecesariamente significará la catalogación del embarazo comode Alto Riego, los mismos son a modo enunciativo, ya quedependerá tanto de un análisis integral de la agente como dela gravedad del caso en particular para otorgar una licenciapor alto riesgo del embarazo.
La patología materna generadora de licencias porenfermedades de largo tratamiento que no constituyan per seun aumento del riesgo obstétrico, no serán consideradoscomo embarazo de alto riesgo. Ejemplo: una embarazada quesufre una fractura de muñeca requerirá una licencia porenfermedad de largo tratamiento sin que ello signifique elotorgamiento de licencia por embarazo de alto riesgo.
Para poder otorgar este tipo de licencia losprofesionales de la DGAMT deben constatar queefectivamente hay riesgo de vida para el feto o para la madre,siendo ésta una función de la JUNTA MÉDICA.
3. Documentación - Otorgamiento de la Licencia:
Para el otorgamiento de la licencia por embarazo dealto riesgo la agente deberá aportar, en todos los casos,certificado original del médico tratante acompañado por ladocumentación / estudios (análisis de laboratorio, estudioscardiológicos, respiratorios, endocrinológicos, etc.) queacrediten la presencia de los factores pre citados donde constediagnóstico que acredite un embarazo de alto riesgo.
La DGAMT podrá solicitar estudios complementariospor no resultar suficientes los presentados.
La Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo evaluará cada caso según criterio médico. |
La DGAMT otorgará un período de licenciadeterminado teniendo la facultad de citar a la agente para unanueva evaluación y dictaminar la continuidad o no de dichalicencia. Dicha decisión será en función de que se mantenganlos factores de alto riesgo en el embarazo.
LICENCIA POR EMBARAZO
Ante un embarazo que no represente un alto riesgo, laagente deberá presentar hasta los 45 días anteriores al parto:
Certificado ORIGINAL del médico tratante con fechaprobable de parto (F.P.P) firmado y sellado por el médico.
Primera y última ecografía obstétrica (ORGINAL YFOTOCOPIA del informe)
La DGAMT podrá solicitar estudios complementarios encaso que lo estime correspondiente para otorgar la licenciapor embarazo.