DISPOSICIÓN 32 2012 DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION DE MEDICINA DEL TRABAJO

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APROBACIÓN - PROTOCOLO DE EMBARAZO - MEDICINA DEL TRABAJO - RECURSOS HUMANOS - PERSONAL - LICENCIAS DE AGENTES - MATERNIDAD - ALTO RIESGO

Publicación:

Sanción:

26/07/2012

Organismo:

DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION DE MEDICINA DEL TRABAJO


VISTO: El Decreto N° 122-GCABA/12, la Disposición N°10-DGAMT-12, y el expediente N°1561036 - 12 y,
CONSIDERANDO:
Que la Disposición N° 10/DGAMT/12 creó y designó integrantes del Comité de Protocolos cuya función escuya función es asesorar a la Gerencia Operativa de Servicios Médicos y Prevención de la Salud y a ésta DirecciónGeneral en la confección o modificación de protocolos médicos;
Que, por otra parte, resulta necesario regular y definir el concepto de embarazo de alto riesgo como asítambién el otorgamiento de la licencia por embarazo de alto riesgo y licencia por embarazo para unificar elprocedimiento médico y administrativo ante la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo;
Que la Gerencia Operativa de Servicios Médicos y Prevención de la Salud prestó conformidad con el proyectode Protocolo de Embarazo elaborado por mencionado Comité, donde se establecen los parámetros médicos yadministrativos para considerar un embarazo de alto riesgo y otorgar la licencia correspondiente;
Que el Protocolo a su vez establece la documentación que debe presentar el agente ante la DirecciónGeneral de Administración de Medicina del Trabajo respecto a un embarazo de alto riesgo como así también para lalicencia por embarazo;
Que el Protocolo ha sido desarrollado con un fundamento científico que permite mantener un criterio único deprocedimiento y debe ser respetado tanto por los profesionales de la Gerencia Operativa de Servicios Médicos yPrevención de la Salud como por los postulantes que concurren para efectuar el reconocimiento médico;
Por ello, y en ejercicio de facultades que les son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO
DISPONE

Artículo 1° - Apruébase el Protocolo de Embarazo que como Anexo I integra la presente Disposición.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y previo asu archivo en esta Dirección General, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a laDirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización.


ANEXOS

LICENCIA POR EMBARAZO DE ALTO RIESGO
1. Definición:
Embarazo de Alto Riesgo es aquel en el que lamorbimortalidad materno - fetal está por encima de lacorrespondiente a la población general.
La existencia de determinados factores permite catalogara un embarazo como de alto riesgo.
El concepto de Riesgo es fundamentalmente probabilístico

2. Listado de Factores de Riesgo:

(basado en el listado confeccionado por el Ministeriode Salud de la Nación):
a. Características individuales:
• edad: mayor de 40 años.
• peso: -inferior a 40 kg
-obesidad mórbida
b. Historia reproductiva anterior:
• muerte perinatal en embarazo anterior
• recién nacido con peso menor a 2500g
• aborto recurrente
• cirugía uterina anterior

• Gran multípara

c. Patología obstétrica en el embarazo actual:

• embarazo múltiple
• ganancia inadecuada de peso
• amenaza de aborto / parto pre-término
• Implantación inadecuada de la placenta
/desprendimiento
• Ruptura de las membranas ovulares
• pre-eclampsia/ eclampsia
• madre con factor RH negativo sensibilizada.

• óbito fetal

d. Infertilidad. Métodos de Fertilización Asistida

e. Enfermedades clínicas:

• cardiopatías

• Neuropatías

• Hemopatías

• Hepatopatías severas

• nefropatías

• endocrinopatías

• HTA

• epilepsia

• Enfermedades infecciosas

• enfermedades autoinmunes

• ginecopatías.

• drogodependencias

• enfermedades respiratorias

f. Exposición a agentes o procesos teratogénicoscausando patología fetal

• Radiaciones

• Fármacos (talidomida, isotretinoína, etc.)

• Biológicas

La mera presencia de uno o más factores nonecesariamente significará la catalogación del embarazo comode Alto Riego, los mismos son a modo enunciativo, ya quedependerá tanto de un análisis integral de la agente como dela gravedad del caso en particular para otorgar una licenciapor alto riesgo del embarazo.

La patología materna generadora de licencias porenfermedades de largo tratamiento que no constituyan per seun aumento del riesgo obstétrico, no serán consideradoscomo embarazo de alto riesgo. Ejemplo: una embarazada quesufre una fractura de muñeca requerirá una licencia porenfermedad de largo tratamiento sin que ello signifique elotorgamiento de licencia por embarazo de alto riesgo.

Para poder otorgar este tipo de licencia losprofesionales de la DGAMT deben constatar queefectivamente hay riesgo de vida para el feto o para la madre,siendo ésta una función de la JUNTA MÉDICA.

3. Documentación - Otorgamiento de la Licencia:

Para el otorgamiento de la licencia por embarazo dealto riesgo la agente deberá aportar, en todos los casos,certificado original del médico tratante acompañado por ladocumentación / estudios (análisis de laboratorio, estudioscardiológicos, respiratorios, endocrinológicos, etc.) queacrediten la presencia de los factores pre citados donde constediagnóstico que acredite un embarazo de alto riesgo.

La DGAMT podrá solicitar estudios complementariospor no resultar suficientes los presentados.

La Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo evaluará cada caso según criterio médico.



La DGAMT otorgará un período de licenciadeterminado teniendo la facultad de citar a la agente para unanueva evaluación y dictaminar la continuidad o no de dichalicencia. Dicha decisión será en función de que se mantenganlos factores de alto riesgo en el embarazo.

LICENCIA POR EMBARAZO

Ante un embarazo que no represente un alto riesgo, laagente deberá presentar hasta los 45 días anteriores al parto:

• Certificado ORIGINAL del médico tratante con fechaprobable de parto (F.P.P) firmado y sellado por el médico.

• Primera y última ecografía obstétrica (ORGINAL YFOTOCOPIA del informe)

La DGAMT podrá solicitar estudios complementarios encaso que lo estime correspondiente para otorgar la licenciapor embarazo.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 32-DGAMEDT-12, aprueba el Protocolo de Embarazo definiendo Licencia por Embarazo de Alto Riesgo para su catalogación, complementando las Licencias que prevee la Ley 471.</p>
COMPLEMENTADA POR
Disp. 42-DGAMT-12 aprueba Protocolo Junta médica, complementa normativa Disp. 32-DGAMT-12
DEROGADA POR
<p>Art.3 de la Disposición 29-DGAMT-16, anula la Disposición 32-DGAMT-12 y el Protocolo de Embarazo que integra la misma.</p>