RESOLUCIÓN 435 2012 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

INVIERTE SENTIDO CIRCULATORIO - MELIAN ENTRE QUESADA Y MANUELA PEDRAZA - CARÁCTER TRANSITORIO - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 -   CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MANO ÚNICA - ARTERIAS 

Publicación:

28/08/2012

Sanción:

23/08/2012

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

El Expediente N° 2.240.889/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por estos actuados los vecinos del Barrio de Coghlan solicitan se analice la

posibilidad de modificar el actual sentido circulatorio de la calle Melian entre la calle

Quesada hasta la calle Manuela Pedraza con el objeto de mejorar la circulación del

sector;

Que la inversión del sentido único del tramo de la arteria comprendido entre la calle

Quesada hasta la calle Manuela Pedraza beneficiaria al público en general y a los

vecinos del sector, garantizando un menor derrotero para los mismos y al flujo

circulatorio de la zona;

Que atento a lo manifestado, se considera viable la inversión del sentido circulatorio de

la calle Melian entre la calle Quesada hasta la calle Manuela Pedraza de SE a NO.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1° - Inviértase con carácter transitorio y experimental, por el término de 90

días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del

Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido

único de circulación, el sentido circulatorio a la calle Melian entre la calle Quesada

hasta la calle Manuela Pedraza de SE a NO.

Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Gerencia Operativa de

Señalamiento Vertical dependiente de la Dirección General de Tránsito.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte

y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a

la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de Transporte, del Cuerpo

de Agentes de Control del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido

continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Disp.246-DGTRANS-12 implementa las medidas dispuestas por Res.435-SSTRANS-12
DEROGADA POR
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 435-SSTRANS-2012.</p>
MODIFICA
Res 435-SSTRANS-12 invierte con carácter transitorio y experimental, del Decreto-Ordenanza 10407-47