LEY 4815 2013

Síntesis:

MODIFICA EL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - REEMPLAZA TEXTO - DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES - PROHÍBE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - CALLE ARÉVALO - PERMITE ESTACIONAMIENTO GENERAL - AV RÓMULO NAÓN - ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLES ESTRADA - VALDENEGRO - GUATEMALA - MELIÁN - ROQUE PÉREZ - BESARES - RESTITUYE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - CALLE JOSÉ LEÓN PAGANO - LEY 2148

Publicación:

24/01/2014

Sanción:

05/12/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

10/01/2014


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Se reemplaza el texto del inciso c) del artículo 7.1.8 del Código de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el siguiente:

"c) En el interior de los túneles, pasos bajo nivel y en los puentes. Esta prohibición rige

también en la zona de acceso y egreso de los mismos, hasta una distancia que en

cada caso establece la Autoridad de Aplicación."

Art. 2°.- Se prohíbe el estacionamiento general de vehículos todos los días durante las

24 horas en la calle Arévalo entre Paraguay y Guatemala junto al cordón de la acera

Norte, donde se implementa un solo carril de circulación.

Art. 3°.- Se permite el estacionamiento general de vehículos todos los días durante las

24 horas en los siguientes tramos de arterias y de la forma que se indica:

- Av. Dr. Rómulo S. Naón entre Av. Olazábal y Blanco Encalada, a 45° junto al cordón

de la acera derecha y en forma paralela junto al cordón de la acera izquierda.

- Av. Dr. Rómulo S. Naón entre Blanco Encalada y Monroe, a 45° junto al cordón de

ambas aceras.

Art. 4°.- Se asigna sentido único de circulación a los siguientes tramos de arterias en la

forma que se indica:

- Estrada, desde Del Barco Centenera hasta Emilio Mitre, de NE a SO.

- Valdenegro, desde Av. Gral. Paz hasta Av. Ruiz Huidobro, de NO a SE.

- Guatemala, desde Arévalo hasta Dorrego, de SE a NO.

- Melián, desde Av. Monroe hasta Manuela Pedraza, de SE a NO.

- Roque Pérez, desde Dr. Pedro Ignacio Rivera hasta Av. Monroe, de NO a SE.

- Besares y paso bajo las vías del Ferrocarril Gral. Mitre, desde 11 de Septiembre

hasta O\\\\\\\'Higgins, de NE a SO.

- O\\\\\\\'Higgins, desde Quesada hasta Iberá, de SE a NO.

- Iberá y paso bajo las vías del Ferrocarril Gral. Mitre, desde Grecia hasta O\\\\\\\'Higgins,

de NE a SO.

Art. 5°.- Se restituye el doble sentido de circulación al tramo de la calle José León

Pagano entre las calles Austria y Tagle.

Art. 6°.- Se restituye el doble sentido de circulación en forma asimétrica al tramo de la

calle Arévalo entre Paraguay y Guatemala, asignando un carril al sentido desde

Paraguay hasta Guatemala y dos carriles al sentido contrario.

Art. 7°.- Se dejan sin efecto las siguientes normas:

- Resolución N° 6-SSTRANS-2011 (B.O.C.B.A. N° 3837)

- Resolución N° 8-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3835)

- Resolución N° 14-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3846)

- Resolución N° 211-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 4027)

- Resolución N° 293-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 4027)

- Resolución N° 351-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3958)

- Resolución N° 435-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3982)

- Resolución N° 465-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3990)

- Resolución N° 574-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 4017)

- Resolución N° 676-SSTRANS-2012

Art. 8°.- Comuníquese, etc.- Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 16 de enero de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.815 (Expediente Electrónico N° 7.351.840-

MGEYA-DGALE-13), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2013 ha quedado automáticamente

promulgada el día 10 de enero de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a

la Subsecretaría de Transporte dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4815, reemplaza el texto del inciso c) del artículo 7.1.8 del Código de Tránsito y Transporte, aprobado como Anexo I de la Ley 2148.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 6-SSTRANS-2011.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 8-SSTRANS-2012.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 14-SSTRANS-2012.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 351-SSTRANS-2012.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 435-SSTRANS-2012.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 465-SSTRANS-2012.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 574-SSTRANS-2012.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 211-SSTRANS-2012.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 293-SSTRANS-2012.</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 676-SSTRANS-2012.</p>
MODIFICA
<p>Art. 4 de la Ley 4815, asigna sentido único de circulación a diversos tramos de arterias, en la forma que allí se indica.</p><p>Art. 5, restituye el doble sentido de circulación a un tramo de la calle José León Pagano.</p><p>Art. 6, restituye el doble sentido de cirulación en forma asimétrica a un tramo de la calle Arévalo.</p>