LEY 4815 2013
Síntesis:
MODIFICA EL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - REEMPLAZA TEXTO - DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES - PROHÍBE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - CALLE ARÉVALO - PERMITE ESTACIONAMIENTO GENERAL - AV RÓMULO NAÓN - ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLES ESTRADA - VALDENEGRO - GUATEMALA - MELIÁN - ROQUE PÉREZ - BESARES - RESTITUYE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - CALLE JOSÉ LEÓN PAGANO - LEY 2148
Publicación:
24/01/2014
Sanción:
05/12/2013
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/01/2014
Artículo 1°.- Se reemplaza el texto del inciso c) del artículo 7.1.8 del Código de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el siguiente:
"c) En el interior de los túneles, pasos bajo nivel y en los puentes. Esta prohibición rige
también en la zona de acceso y egreso de los mismos, hasta una distancia que en
cada caso establece la Autoridad de Aplicación."
Art. 2°.- Se prohíbe el estacionamiento general de vehículos todos los días durante las
24 horas en la calle Arévalo entre Paraguay y Guatemala junto al cordón de la acera
Norte, donde se implementa un solo carril de circulación.
Art. 3°.- Se permite el estacionamiento general de vehículos todos los días durante las
24 horas en los siguientes tramos de arterias y de la forma que se indica:
- Av. Dr. Rómulo S. Naón entre Av. Olazábal y Blanco Encalada, a 45° junto al cordón
de la acera derecha y en forma paralela junto al cordón de la acera izquierda.
- Av. Dr. Rómulo S. Naón entre Blanco Encalada y Monroe, a 45° junto al cordón de
ambas aceras.
Art. 4°.- Se asigna sentido único de circulación a los siguientes tramos de arterias en la
forma que se indica:
- Estrada, desde Del Barco Centenera hasta Emilio Mitre, de NE a SO.
- Valdenegro, desde Av. Gral. Paz hasta Av. Ruiz Huidobro, de NO a SE.
- Guatemala, desde Arévalo hasta Dorrego, de SE a NO.
- Melián, desde Av. Monroe hasta Manuela Pedraza, de SE a NO.
- Roque Pérez, desde Dr. Pedro Ignacio Rivera hasta Av. Monroe, de NO a SE.
- Besares y paso bajo las vías del Ferrocarril Gral. Mitre, desde 11 de Septiembre
hasta O\\\\\\\'Higgins, de NE a SO.
- O\\\\\\\'Higgins, desde Quesada hasta Iberá, de SE a NO.
- Iberá y paso bajo las vías del Ferrocarril Gral. Mitre, desde Grecia hasta O\\\\\\\'Higgins,
de NE a SO.
Art. 5°.- Se restituye el doble sentido de circulación al tramo de la calle José León
Pagano entre las calles Austria y Tagle.
Art. 6°.- Se restituye el doble sentido de circulación en forma asimétrica al tramo de la
calle Arévalo entre Paraguay y Guatemala, asignando un carril al sentido desde
Paraguay hasta Guatemala y dos carriles al sentido contrario.
Art. 7°.- Se dejan sin efecto las siguientes normas:
- Resolución N° 6-SSTRANS-2011 (B.O.C.B.A. N° 3837)
- Resolución N° 8-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3835)
- Resolución N° 14-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3846)
- Resolución N° 211-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 4027)
- Resolución N° 293-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 4027)
- Resolución N° 351-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3958)
- Resolución N° 435-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3982)
- Resolución N° 465-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 3990)
- Resolución N° 574-SSTRANS-2012 (B.O.C.B.A. N° 4017)
- Resolución N° 676-SSTRANS-2012
Art. 8°.- Comuníquese, etc.- Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 16 de enero de 2014
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.815 (Expediente Electrónico N° 7.351.840-
MGEYA-DGALE-13), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2013 ha quedado automáticamente
promulgada el día 10 de enero de 2014.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a
la Subsecretaría de Transporte dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Cumplido, archívese. Clusellas