RESOLUCIÓN 211 2012 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

INVIERTE EL SENTIDO CIRCULATORIO A LA CALLE ESTRADA ENTRE DEL BARCO CENTENERA Y EMILIO MITRE - CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MANO ÚNICA - ARTERIAS - 

Publicación:

01/11/2012

Sanción:

07/05/2012

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

El Expediente N° 714826/2012, y

CONSIDERANDO:

Que por los presente actuados la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control

de Transito y Transporte solicita se analice la posibilidad de modificar el actual sentido

circulatorio de la calle Estrada entre Cachimayo y Emilio Mitre;

Que la inversión del sentido único del tramo de arteria comprendido entre Del Barco

Centenera hasta Emilio Mitre beneficiaria a los vehículos de los vecinos y

especialmente a los que pertenecen a esa Dirección General, garantizando un menor

derrotero para los mismos;

Que atento a lo manifestado, se considera viable la inversión del sentido circulatorio de

la calle Estrada entre Del Barco Centenera y Emilio Mitre de NE a SO.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1° - Inviértase con carácter transitorio y experimental, por el término de 90

días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del

Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido

único de circulación, el sentido circulatorio a la calle Estrada entre Del Barco

Centenera y Emilio Mitre de NE a SO.

Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de

Tránsito.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte

y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a

la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de Transporte, del Cuerpo

de Agentes de Control del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido

continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 7 de la Ley 4815, deja sin efecto la Resolución 211-SSTRANS-2012.</p>
MODIFICA
Res. 211-SSTRANS-12 invierte con carácter transitorio y experimental el sentido circulatorio a la calle Estrada entre Del Barco Centenera y Emilio Mitre de NE a SO, modificando disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47.