LEY 766 2002
Síntesis:
PROGRAMA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARTICIPATIVO DE LA VILLA 1-11-14 - PRORROGA DE PLAZOS - PRORROGA EL PLAZO OTORGADO A LA MESA DE PLANEAMIENTO PARTICIPATIVO CREADA POR LEY 403 - HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002
Publicación:
16/05/2002
Sanción:
11/04/2002
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
08/05/2002
Artículo 1° Prorrógase el plazo otorgado a la Mesa de Planeamiento Participativo creada por Ley N° 403, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 984 del 14/7/00, prorrogada por Ley N° 635 publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1293 del 10/10/01, hasta el 31 de diciembre de 2002.
Artículo 2° Comuníquese, etc. Caram - Alemany.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 766 (Expediente N° 21.407/02), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 11 de abril de 2002, ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de mayo de 2002.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, pase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Planeamiento Urbano, de Obras y Servicios Públicos y de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. TADEI