LEY 766 2002

Síntesis:

PROGRAMA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARTICIPATIVO DE LA VILLA 1-11-14  - PRORROGA DE PLAZOS - PRORROGA  EL PLAZO OTORGADO A LA MESA DE PLANEAMIENTO PARTICIPATIVO CREADA POR LEY  403 -  HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002 

Publicación:

16/05/2002

Sanción:

11/04/2002

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

08/05/2002


LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° Prorrógase el plazo otorgado a la Mesa de Planeamiento Participativo creada por Ley N° 403, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 984 del 14/7/00, prorrogada por Ley N° 635 publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1293 del 10/10/01, hasta el 31 de diciembre de 2002.

Artículo 2° Comuníquese, etc. Caram - Alemany.

10 de mayo de 2002.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 766 (Expediente N° 21.407/02), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 11 de abril de 2002, ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de mayo de 2002.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, pase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Planeamiento Urbano, de Obras y Servicios Públicos y de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. TADEI

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 766, prorroga el plazo otorgado a la Mesa de Planeamiento Participativo creada por Ley 403, y prorrogado oportunamente por Ley 635, hasta el 31 de diciembre de 2002. </p>