RESOLUCIÓN 366 2012 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
APRUEBAN MISIONES Y FUNCIONES DE LAS OFICINAS DE SERVICIOS COMUNES DE LA UNIDAD FISCAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO - COBERTURA INTERNA DE CARGOS DE FISCALES - DANIELA B. UGOLINI - MARCELO JUAN SEGÓN - MARIANO CORDEIRO - RECONOCIMIENTO A LA COLABORACIÓN PRESTADA POR LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - MARTÍN LOSADA TITULAR DE LA OFICINADE MODERNIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN - CECILIA MÓLICA LOURIDO - FERNANDO OLTRA SANTA CRUZ - FERNANDALESCH - TITULARES DE LAS OFICINAS DE SERVICIOS COMUNES DE LA UNIDAD FISCAL
Publicación:
04/09/2012
Sanción:
24/08/2012
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO:
La ley N° 1903 y 3318, las actuaciones internas N° 6856/09, 13598/10 y 22404/12 y las
Resoluciones FG N° 24/2010, 287/2010, 11/2011, 190/2012 y 285/2012:
Y CONSIDERANDO:
Que a través de las Resoluciones FG N° 11/11 y 190/12 se establecieron los
lineamientos iniciales para la reorganización de las antiguas Fiscalías de Primera
Instancia N° 1, 2 y 3 y la Fiscalía ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo y
Tributario, constituyendo dichos actos el punto de partida para la implementación del
nuevo diseño organizacional del Ministerio Público Fiscal en ese fuero.
Posteriormente, mediante la Resolución FG N° 285/12 de fecha 12 de julio de 2012, se
adoptaron una serie de medidas y acciones necesarias para poner en funcionamiento
la Unidad Fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario bajo los lineamientos
que marca el nuevo diseño de gestión y organización judicial.
Con el fin de culminar el proceso de consolidación y afianzamiento del nuevo modelo
de gestión, a continuación se abordarán aquellos aspectos del sistema y de los
procesos de trabajo que aún restan definir.
a) Misiones y Funciones de las oficinas de servicios comunes.
El artículo 10° de la Resolución FG N° 285/12 encomendó a la Secretaría General de
Política Criminal y Planificación Estratégica, en conjunto con el Dr. Héctor Chayer, la
Lic. Soledad Corbiére y los Jefes de las Unidades de Coordinación Operativas y la
Oficina de Estadísticas y Apoyo Jurisdiccional, la elaboración de una propuesta que
prevea las misiones y funciones de las oficinas de servicios comunes.
Como consecuencia de la labor desarrollada por los actores señalados, se han
consensuado algunas pautas generales de funcionamiento a través de las cuales se
realiza un aporte considerable para una mejor prestación del servicio de justicia.
Cabe señalar que para establecer las misiones y funciones de las oficinas de servicios
comunes se han tenido en cuenta los parámetros establecidos para la redacción del
manual de procesos y procedimientos de la Unidad Fiscal en lo Contencioso
Administrativo y Tributario, -aprobado por la Resolución FG N° 285/12-, y se
adecuaron sus funciones al nuevo diseño organizacional.
Esta herramienta, al igual que el manual de procesos y procedimientos mencionado,
garantiza el funcionamiento sistemático, ordenado y coordinado de todas las oficinas
que integran la nueva Unidad Fiscal y no sólo delimita con precisión las tareas de las
oficinas de servicios comunes sino también evita la superposición de funciones dentro
de la Unidad Fiscal.
En función de ello, habré de aprobar la primera versión de las "Misiones y Funciones
de las Oficinas de Servicios Comunes" que como Anexo I formará parte de la presente
resolución, sin perjuicio de los futuros ajustes que puedan realizarse en el marco del
proceso de implementación.
b) Método de asignación transitorio de expedientes.
Conforme lo establecido en la Resolución FG N° 285/12, la asignación interna del
equipo fiscal a intervenir en cada expediente se realizará a través del sistema
informático JusCABA CAyT.
A raíz de ello, y de las funciones que tienen las estructuras internas que conforman la
Unidad Fiscal, se dejó sin efecto -en ese mismo acto resolutivo- el esquema de
distribución de causas entre las Fiscalías de Primera Instancia en lo Contencioso
Administrativo y Tributario aprobado por Resolución FG N° 205/08.
Ahora bien, teniendo en cuenta que el sistema informático JusCABA CAyT no se
encuentra en funcionamiento, resulta necesario determinar un sistema transitorio de
asignación interna de expedientes desde las Unidades de Coordinación Operativas
hacia los equipos fiscales que respete los parámetros de aleatoriedad, transparencia y
distribución equitativa del trabajo.
En este contexto, tomando a consideración también la propuesta formulada por los
Jefes de las Unidades de Coordinación Operativas para la primera y segunda
instancia, se dispondrá la asignación de expedientes a los equipos fiscales de ambas
instancias mediante la utilización de un sistema informático o software que efectúe la
asignación de manera aleatoria o, en su defecto, a través de un sorteo por bolillero.
Cabe aclarar que una vez asignado un expediente a un determinado Equipo Fiscal, las
posteriores intervenciones que tenga el Ministerio Público Fiscal en dicho expediente
las llevará adelante el Equipo Fiscal que actuó en primer término.
Corresponde disponer, asimismo, que esta modalidad de asignación regirá incluso
para aquellos expedientes en los que haya intervenido una fiscalía con anterioridad a
la implementación del nuevo diseño organizacional, pues lo contrario implicaría una
sobrecarga de trabajo en los equipos fiscales preexistentes frente a los nuevos -
Equipos Fiscales "4" y "B"-.
c) Asignación transitoria del espacio físico al Equipo Fiscal "A" y a la Unidad de
Coordinación Operativa para la segunda instancia.
En la Resolución FG N° 285/12 se estableció el 1 de septiembre de 2012 como fecha
de inicio de actividades para los Equipos Fiscales "A" y "B" y para la Unidad de
Coordinación Operativa ante la Cámara de Apelaciones, en el edificio de la calle
Hipólito Yrigoyen 932 de esta ciudad. Sin embargo, habida cuenta que la mudanza a
dicha sede no estará concretada al 1 de septiembre del corriente año, corresponde
asignarles un espacio físico transitorio.
De este modo, se habrá de disponer que el Equipo Fiscal "A" y la Unidad de
Coordinación Operativa para la segunda instancia inicien sus actividades
provisoriamente en la sede de Diagonal Roque Sáenz Peña 636, piso 9 de esta ciudad
a partir de la fecha prevista para su puesta en funcionamiento.
Por su parte, el Equipo Fiscal "B" lo hará transitoriamente, como se fijó en la
Resolución FG N° 285/12, en el 7° piso del edificio de la avenida Paseo Colón 1333 de
esta ciudad.
Consecuentemente, corresponderá hacer saber al Presidente de la Cámara del fuero
Contencioso Administrativo y Tributario que, en lo que respecta a la segunda instancia,
a partir del 1° de septiembre del corriente año y hasta que se concrete la mudanza a la
sede de Hipólito Yrigoyen 932, los expedientes en los cuales se disponga la
intervención del Ministerio Público Fiscal deberán ser remitidos a la sede transitoria
ubicada en Diagonal Roque Sáenz Peña 636, piso 9°, y serán recibidos por la Unidad
de Coordinación Operativa para la segunda instancia, para su correspondiente
asignación por sorteo.
d) Integración del Equipo Fiscal "B" de segunda instancia.
En la Resolución FG N° 285/12 se señaló la necesidad de adoptar las medidas
necesarias para que, durante el proceso de implementación del nuevo modelo de
gestión del fuero, los cargos correspondientes a los titulares de los equipos fiscales
fueran cubiertos con mayor viso de permanencia por ser fundamental a los efectos de
asegurar el éxito del proceso de reorganización.
Asimismo, en esa oportunidad se destacó que la cobertura del cargo de Fiscal de
Cámara del Equipo Fiscal "B" estaba sujeto al orden de mérito del concurso de
oposición y antecedentes N° 39/10 del Consejo de la Magistratura, en el cual la Dra.
Nidia Karina Cicero ocupó el 1° lugar. A la fecha, y no obstante haberse celebrado la
audiencia pública correspondiente a dicho cargo, el trámite de designación de la
nombrada aún no se encuentra concluido.
Ante este panorama y lo dispuesto en la Resolución FG N° 285/12 en cuanto a que la
fecha para la puesta en funcionamiento del nuevo diseño organizacional para la
segunda instancia es el día 1 de septiembre del corriente año, hasta tanto se culmine
el proceso de designación que se está llevando a cabo en el marco del concurso N°
39/10 corresponderá que la Dra. Daniela B. Ugolini -actual titular del Equipo Fiscal "A"-
subrogue el Equipo Fiscal "B" a partir del día 1 de septiembre del corriente año -cfr. el
sistema de reemplazos automáticos previsto en la Resolución FG N° 13/2011-.
e) Cobertura interina de Equipos Fiscales de primera instancia.
De acuerdo a la petición oportunamente efectuada -ver art. 18 de la Resolución FG N°
285/12- el día 15 de agosto del corriente año el Consejo de la Magistratura designó
interinamente a la Dra. Laura Perugini en el cargo de Fiscal de Primera Instancia -ver
Resolución CM N° 393/12 -.
Toda vez que la nombrada será asignada para ocupar el cargo que dejara la Dra.
Mariana Pucciarello en el Equipo Fiscal N° "1" a partir del día 1 de septiembre del
corriente año, se dejará sin efecto la designación interina del Dr. Marcelo Juan Segón
a partir de esa fecha, conforme lo dispuesto en el art. 19 de la Resolución FG N°
285/12.
Por su parte, y sin perjuicio de las solicitudes efectuadas en el art. 20 de la Resolución
FG N° 285/12, lo cierto es que a partir del día 1 de septiembre del corriente año los
actuales titulares de los equipos fiscales "2" y "3" (Dres. María del Carmen Gioco y
Federico Villalba Díaz respectivamente) comenzarán a desempeñarse en la Unidad
Fiscal con Competencia Especial Única, a cargo de los equipos fiscales "1" y "2"
respectivamente (ver arts.13 y 14 de la Resolución FG N° 332/12).
Teniendo en cuenta que la cobertura interina del Equipo Fiscal N° "2" ha sido resuelta
a través de la Resolución FG N° 331/12, resta establecer el modo en que se cubrirá la
vacante producida en el Equipo Fiscal N° "3". Para ello, se utilizará el orden de mérito
del concurso interno aprobado mediante Resolución FG N° 279/10.
Así las cosas, habida cuenta lo señalado más arriba al Dr. Marcelo Juan Segón le
restarán cumplir diez (10) días de su cobertura interina (que será interrumpida por la
designación de la Dra. Laura Perugini)1, motivo por el cual será designado para cubrir
interinamente la función de Fiscal en el Equipo Fiscal "3" a partir del día 1 de
septiembre hasta 10 de septiembre del corriente año inclusive.
Por tal motivo, a partir del día 11 de septiembre y por el término de noventa (90) días o
bien hasta la designación de quien cubra el cargo en forma interina2 o efectiva, será el
Dr. Mariano Cordeiro -quien ocupó el primer lugar del mencionado orden de mérito- el
encargado de cubrir interinamente el cargo de Fiscal en el Equipo Fiscal N° "3".
f) Sistema Informático.
Sin perjuicio de que la puesta en funcionamiento del nuevo diseño organizacional tuvo
lugar el 1° de agosto del corriente año conforme Resolución FG N° 285/12- lo cierto
es que algunos aspectos vinculados al sistema informático no han permitido el pleno
funcionamiento de toda la Unidad Fiscal del fuero Contencioso Administrativo y
Tributario. En este sentido, la nueva metodología de asignación de expedientes y la
inclusión en ella del Equipo Fiscal N° "4" no ha sido aún reflejada en el sistema
informático IURIX.
Teniendo en cuenta la imperiosa necesidad de que dichas cuestiones se tornen
operativas habrá de solicitarse nuevamente al Sr. Presidente del Consejo de la
Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires que se arbitren los medios necesarios para
que en dicho sistema informático se efectúen los ajustes y/o modificaciones
necesarias que permitan el pleno funcionamiento de las pautas de trabajo que fija el
nuevo diseño organizacional del mencionado fuero.
Asimismo, dicha petición obedece a que próximamente se implementará el rediseño
de organización en la segunda instancia del mismo fuero lo que implica la creación
de un Equipo Fiscal "B" y una Unidad de Coordinación Operativa- que también
requerirá de ajustes y modificaciones al sistema informático.
Ahora bien, para el caso en que no haya sido posible efectuar las modificaciones
solicitadas al día 1 de septiembre del corriente año, y considerando que estas
circunstancias nos posicionan frente al supuesto contemplado en la última parte del
artículo 1° de la Resolución CM N° 369/0 habrán de disponerse las acciones
necesarias para garantizar el pleno funcionamiento de los nuevos equipos fiscales -
Equipos Fiscales "4" y "B"-.
Así las cosas, se encomendará a los titulares de las áreas que componen la Unidad
Fiscal en conjunto con la Secretaría de Política Criminal y Planificación Estratégica el
análisis de las medidas a adoptar a partir de esa fecha en lo referente a la asignación
de expedientes, registro de dictámenes, publicidad de los mismos en el sistema
informático etc.
g) Implementación del nuevo diseño organizacional.
Cabe señalar, que con la presente resolución y mas allá de cualquier ajuste que se
pueda llevar a cabo en el marco de su implementación, se ha culminado exitosamente
el proceso de reorganización de las oficinas judiciales del fuero Contencioso
Administrativo y Tributario, llevado a cabo desde la Secretaría General de Política
Criminal y Planificación Estratégica.
Luego de concluida la reforma organizacional en el fuero Penal, Contravencional y de
Faltas, el desafío fue iniciar una reforma institucional de similar envergadura en el
fuero Contencioso Administrativo y Tributario que se ha concretado con efectividad,
abarcando no sólo un cambio de paradigma para los operadores sino también la
inclusión de modernos procesos de trabajo y modificaciones estructurales a nivel
recursos humanos, infraestructura y tecnología.
En el entendimiento de que ello no hubiese sido posible sin el apoyo y la cooperación
de todos los funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal del fuero
Contencioso Administrativo y Tributario corresponde destacar su colaboración y, en
particular aquella brindada por los Dres. Martín Losada -titular de la Oficina de
Modernización y Planificación perteneciente a dicha Secretaría General-, Cecilia
Mólica Lourido, Fernando Oltra Santa Cruz y Fernanda Lesch -titulares de las oficinas
de servicios comunes de la Unidad Fiscal de ese fuero-.
Por las razones expuestas, en función de la autonomía y autarquía que el art. 124 de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le asigna al Ministerio Público
Fiscal, y de acuerdo con las facultades que derivan en los artículos 1, 3, 4, 5, 16, 17,
18, 21, 22, 23, 29, 34 y concordantes de la Ley 1.903 y de las modificaciones
introducidas por la Ley 3.318,
EL FISCAL GENERAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar como anexo I la primera versión de las misiones y funciones de
las oficinas de servicios comunes de la Unidad Fiscal en lo Contencioso Administrativo
y Tributario, sin perjuicio de los futuros ajustes que puedan efectuarse en el marco del
proceso de implementación.
Artículo 2°: Establecer con carácter provisorio la asignación interna de los expedientes
dentro de la Unidad Fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario conforme las
pautas expuestas en el punto b).
Artículo 3: Establecer que la sede transitoria del Equipo Fiscal "A" y la Unidad de
Coordinación Operativa estará ubicada en el edificio de Diagonal Roque Sáenz Peña
636, Piso 9, de esta ciudad, hasta tanto se concrete su mudanza a la sede definitiva.
Artículo 4°: Poner en conocimiento del Sr. Presidente de la Cámara de Apelaciones en
lo Contencioso Administrativo y Tributario y, por su intermedio, a todos los Jueces de
Cámara de ese fuero, la ubicación transitoria del Equipo Fiscal "A" y de la Unidad de
Coordinación para la Segunda Instancia de ese fuero.
Artículo 5: Designar a la Dra. Daniela B. Ugolini como Fiscal subrogante del Equipo
Fiscal "B" ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y
Tributario, a partir del día 1 de septiembre del corriente año y hasta tanto se cubra el
cargo de manera efectiva.
Artículo 6°: Disponer la cobertura interina de la función de Fiscal del Equipo Fiscal N°
"3" en lo Contencioso Administrativo y Tributario por el Dr. Marcelo Juan Segón a partir
del día 1 de septiembre del corriente y por el plazo de diez (10) días, esto es hasta el
10 de septiembre del año 2012 inclusive, o bien hasta que se produzca la designación
interina o efectiva de quien cubrirá dicho cargo.
Artículo 7°: Disponer la cobertura interina de la función de Fiscal del Equipo Fiscal N°
"3" en lo Contencioso Administrativo y Tributario por el Dr. Mariano Cordeiro, a partir
del día 11 de septiembre del corriente y por el plazo de noventa (90) días, o hasta
tanto se designe de manera interina o efectiva a quien cubra definitivamente el cargo.
Artículo 8°: Solicitar al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, a
través de su Presidente, que tenga a bien arbitrar los medios necesarios para que se
efectúen en el sistema informático IURIX los ajustes y/o modificaciones que garanticen
el pleno funcionamiento de las dependencias que integran la Unidad Fiscal en el fuero
Contencioso Administrativo y Tributario.
Artículo 9°: Destacar la exitosa implementación del nuevo sistema de gestión que se
llevara a cabo en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario desde la Secretaría
General de Política Criminal y Planificación Estratégica, como así también la
colaboración prestada por los empleados y funcionarios del Ministerio Público Fiscal
de ese fuero en ese proceso y, en particular, al Dr. Martín Losada titular de la Oficina
de Modernización y Planificación perteneciente a dicha Secretaría General- en
particular a los Dres. Cecilia Mólica Lourido, Fernando Oltra Santa Cruz y Fernanda
Lesch -titulares de las oficinas de servicios comunes de la Unidad Fiscal de ese fuero-.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del Ministerio
Público Fiscal, comuníquese por nota al Sr. Fiscal General Adjunto en lo Contencioso
Administrativo y Tributario; a la Sra. Fiscal de Cámara y a los/as Sres/as Fiscales de
Primera Instancia del mismo fuero; al Presidente de la Comisión de Justicia de la
Legislatura Porteña y por su intermedio a todos sus integrantes, a la Dirección de
Política Judicial del Consejo de la Magistratura, a los demás funcionarios mencionados
en la resolución; al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación
Estratégica y al Sr. Secretario General de Coordinación. Oportunamente, archívese.
Garavano
Notas:
1) Cabe aclarar aquí que a través del artículo 19° de la resolución FG N° 285/12 se
dispuso la cobertura interina del Dr. Marcelo Juan Segón por el término de 69 días,
cuando debió haber sido fijada por 61 días, conforme el período que el nombrado ya
había cumplido ejerciendo ese rol conforme la resolución FG n° 34/12.
2) Ver solicitud efectuada a través del art. 20 de la resolución FG 285/12.