RESOLUCIÓN 285 2012 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

PODER JUDICIAL - FISCALÍA GENERAL - IMPLEMENTACIÓN DE LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL EN MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO - UNIDAD FISCAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO - APROBACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJAO - EDIFICIO AV PASEO COLÓN 1333 - HIPÓLITO YRIGOYEN 932 - PROMOCIÓN -REASIGNACIÓN- FUNCIONARIOS - EMPLEADOS - EQUIPOS FISCALES - ESTRUCTURA - TRASPASO DE AGENTES - GESTIÓN JUDICIAL - PROCEDIMIENTO - TURNOS - MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS -MEDICIÓN DE GESTIÓN - HORARIO - CAPACITACIÓN - SISTEMA INFORMÁTICO IURIX

Publicación:

03/08/2012

Sanción:

12/07/2012

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 19 de octubre de 2026.

VISTO:

La ley N° 1903 y 3318, las actuaciones internas N° 6856/09 y 13598/10, el concurso

público de antecedentes y oposición N° 37/10; y las Resoluciones FG N° 24/2010,

287/2010, 11/2011 y 190/2012, y el dictamen de la Secretaría General de Política

Criminal y Planificación Estratégica n° 126/12;

Y CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución FG N° 190/12, de fecha 18 de mayo de 2012, se

formalizó la iniciativa de reforma organizacional en el fuero Contencioso Administrativo

y Tributario, y dicho acto se constituyó en el punto de partida para la implementación

del nuevo diseño organizacional del Ministerio Público Fiscal en ese fuero.

Aquellos lineamientos iniciales vinculados con el proceso de implementación serán

ahora complementados por una serie de medidas y acciones necesarias para poner en

funcionamiento la nueva Unidad Fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario,

bajo los parámetros que fija el nuevo diseño de gestión y organización judicial.

Cabe señalar aquí que mediante el dictamen SGPCyPE n° 126/12, la Secretaría

General de Política Criminal y Planificación Estratégica ha señalado los antecedentes

de la reforma y delineado una propuesta para una exitosa implementación, que

contempla la metodología de trabajo a utilizar, la reestructuración de los recursos

humanos, una línea de base para establecer un punto comparativo de medición del

rendimiento, entre otros aspectos.

A continuación se detallarán cada uno de los ejes centrales de la reestructuración y el

modo en que se llevarán adelante los cambios respectivos.

a) Puesta en funcionamiento.

Conforme se señaló en la resolución FG n° 190/12, la fecha de inicio para la nueva

Unidad Fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario es el día 1 de agosto del

año en curso.

Vale aquí aclarar que esa fecha se mantendrá en lo vinculado al funcionamiento de las

estructuras de la Unidad Fiscal que actúa en la primera instancia del fuero

Contencioso Administrativo y Tributario, es decir para los Equipos Fiscales "1","2", "3"

y "4", la Unidad de Coordinación para la primera instancia y la Oficina de Estadísticas y

Apoyo Jurisdiccional (aunque respecto de esta última cabe señalar que también brinda

servicios a las oficinas que actúan en la segunda instancia).

En lo que respecta a los Equipos Fiscales "A" y "B" y la Unidad de Coordinación para

la segunda instancia del fuero Contencioso Administrativo y Tributario, la fecha de

inicio de actividades será el 1 de septiembre del corriente año, habida cuenta que aún

no ha concluido el proceso de designación del Fiscal de Cámara a cargo del equipo

"B".

Sin perjuicio de ello, a través de la presente se fijarán las pautas de funcionamiento de

esas unidades, como así también todo lo vinculado a la asignación de sus puestos de

trabajo, los recursos humanos, la línea de base para esa instancia y los eventos de

capacitación a realizar.

b) Asignación de los puestos de trabajo.

Mediante la Resolución FG N° 190/12 se distribuyeron los espacios físicos que

ocuparán cada una de las dependencias que integran la Unidad Fiscal en lo

Contencioso, Administrativo y Tributario.

De esa manera, se dispuso que los cuatro equipos fiscales de primera instancia

(identificados con los números "1", "2", "3" y "4"), la Unidad de Coordinación para la

Primera Instancia del fuero Contencioso Administrativo y Tributario y la Oficina de

Estadísticas y Apoyo Jurisdiccional, habrán de funcionar a partir del 1 de agosto de

2012 en el piso 7° del inmueble ubicado en la Av. Paseo Colón 1333 de esta ciudad -

ver plano aprobado en el Anexo II-. En la presente, se asignarán los puestos de

trabajo consignados en dicho plano a cada oficina, de acuerdo al diagrama aprobado

como Anexo I de este acto.

Además, oportunamente se determinó que los dos equipos fiscales de segunda

instancia (denominados "A" y "B") y la Unidad de Coordinación para la Segunda

Instancia del fuero Contencioso Administrativo y Tributario funcionarán en el edificio de

la calle Hipólito Yrigoyen 932 de esta ciudad.

En base a ello, se habrán de asignar los despachos y puestos de trabajo de cada una

de esas oficinas, del modo en que se detalla en los planos que como Anexo II integran

la presente.

Provisoriamente, hasta tanto la sede de la calle H. Yrigoyen 932 se encuentre en

condiciones, al nuevo equipo fiscal "B" se le asignará un espacio físico en el edifico de

la Av. Paseo Colón 1333, sin perjuicio del posterior destino que se le dé a esos

sectores.

c) Integración de los equipos fiscales y las oficinas de servicios comunes.

- Fiscales.

La distribución actual de los Fiscales que se encontrarán a cargo de los nuevos

equipos fiscales según el rediseño organizacional -cuatro (4) de primera instancia y

dos (2) de segunda instancia- se detalla en el siguiente cuadro1:

Fiscalía de Cámara

Titular

A

Dra. Daniela Ugolini

B

(Vacante)

Fiscalía 1° Instancia

Titular

Situación actual

1

Dra. Mariana Beatriz Pucciarello

Licencia

2

Dra. María del Carmen Gioco

Interino

3

Dr. Federico Andrés Villalba Díaz

Interino

4

(Vacante)

-

De dicho diagrama se desprende que la situación actual, frente al inicio del proceso de

reestructuración, no es la ideal por cuanto la titular del futuro Equipo Fiscal "1" de

primera instancia ha sido designada para ocupar interinamente el cargo de Defensora

Oficial ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario -y

recientemente se le ha concedido licencia por ejercicio transitorio de otro cargo-, los

actuales Fiscales a cargo de los futuros Equipos Fiscales "2" y "3" se encuentran

cubriendo sus respectivos cargos de manera interina y el nuevo Equipos Fiscal "4" se

encontrará vacante al inicio de las actividades.

Ese panorama obliga a adoptar las medidas necesarias para que, durante el proceso

de implementación del nuevo modelo de gestión del fuero, dichos cargos sean

cubiertos con mayor viso de permanencia, lo que resulta fundamental a los efectos de

asegurar el éxito del proceso de reorganización.

En este punto, se ha sostenido en otras oportunidades los inconvenientes que genera

la constante rotación de los titulares de los equipos fiscales a través de los sistemas

de subrogancias e interinatos2, que si bien en otros contextos han sido utilizados

positivamente, en este caso no se observan funcionales frente al avance del concurso

para cubrir esos cargos (concurso N° 37/10) y el inminente inicio del nuevo diseño

organizacional.

Por ello, en reemplazo de la Dra. Pucciarello, actual titular de la Fiscalía de Primera

Instancia N° 1 del fuero Contencioso Administrativo y Tributario, habrá de solicitarse al

Consejo de la Magistratura la designación de la Dra. Laura Perugini (4ta en el orden

de mérito del concurso llevado a cabo para cubrir los cargos de Fiscal de Primera

Instancia y primera integrante del Ministerio Público Fiscal en ese orden de mérito)

hasta la finalización de la licencia por ejercicio transitorio de otro cargo que se

concedió a la nombrada a través de la resolución FG n° 263/12.

Sin perjuicio de ello, hasta tanto esa designación se haga efectiva, se aplicará el

"Reglamento de Coberturas Interinas de Fiscales del Ministerio Público Fiscal de la

Ciudad de Buenos Aires" (establecido por Res. FG N° 178/07, y modificado por Res.

FG N° 02/10), lo que implica que la cobertura interina de esa cargo se realizará en

base al orden de mérito definitivo de candidatos aprobados por Res. FG N° 279/10.

De este modo, teniendo en cuenta que el Dr. Marcelo Juan Segón (quién ocupó el 3°

lugar en el orden de mérito), oportunamente sólo cubrió interinamente la función de

fiscal de primera instancia con competencia en lo Contencioso Administrativo y

Tributario por un plazo de 21 días (cfr. Res. FG N° 34/12), se habrá de disponer que

sea él quién cubra interinamente el actual cargo que deja la Dra. Mariana Pucciarello a

partir del día de la fecha y por el término de 69 días, o bien hasta que sea designada la

Dra. Laura Perugini.

Bajo las mismas premisas señaladas en los párrafos precedentes, habrá de solicitarse

al Consejo de la Magistratura la designación de los Dres. Patricio Urresti, Claudio E.

Luis y Catalina Legarre para ocupar interinamente la función de Fiscal a cargo de los

Equipos Fiscales "2", "3" y "4" respectivamente, a partir del día 1 de septiembre del

corriente año y hasta que culmine el proceso de designación que se está llevando a

cabo a su respecto.

Cabe señalar que las asignaciones a los futuros titulares de los equipos fiscales -

identificados con los números "2", "3" y "4"- se efectuaron tomando en consideración el

orden de mérito del concurso correspondiente a los cargos para Fiscal de Primera

Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario, tal como se adelantó en la

Resolución FG N° 190/12.

Destáquese también que frente a la puesta en funcionamiento del nuevo modelo de

gestión, los Equipos Fiscales "2" y "3" seguirán siendo cubiertos interinamente por los

Dres. María del Carmén Gioco y Federico Villalba Díaz respectivamente hasta la

designación de los Dres. Urresti y Luis, esto es hasta el día 1 de septiembre del

corriente año.

Por último, toda vez que el Equipo Fiscal "4" al momento de su puesta en

funcionamiento se encontrará vacante, corresponde adoptar el mismo criterio que el

utilizado respecto del Equipo Fiscal "1", y en razón de ello, se designará al Dr. Martín

Furchi (5to en el orden de mérito aprobados por Res. FG N° 279/10), como Fiscal

interinamente a cargo de ese equipo, por el plazo de 90 días o bien hasta que se

cubra el cargo conforme la solicitud efectuada al Consejo de la Magistratura respecto

de la Dra. Catalina Legarre.

Cabe aclarar que lo señalado en el párrafo anterior obedece a que la Dra. Analía

Soler, quien ocupó el 4to puesto en dicho orden de mérito, a su turno cumplió la

función de fiscal de primera instancia por noventa (90) días, conforme lo dispuesto en

la Resolución FG n° 34/12.

- Reasignación de funcionarios y empleados en los equipos fiscales y las oficinas de

servicios comunes

Mediante la Resolución FG N° 190/12, se encomendó a los actuales titulares de las

Fiscalías en lo Contencioso Administrativo y Tributario (Fiscalías N° 1, 2 y 3 de primera

instancia y Fiscalía de Cámara) que realizaran las propuestas con el personal que

podría integrar los futuros equipos fiscales.

Asimismo, se encomendó a los Dres. Fernanda Lesch y Héctor M. Chayer y a la Lic.

Soledad Corbiere, bajo la supervisión del Departamento de Relaciones Laborales y la

Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica, el proceso de

evaluación de perfiles del personal que integrará las futuras Unidades de Coordinación

y la Oficina de Estadísticas y Apoyo Jurisdiccional.

En función de ello, una vez conformados los equipos fiscales que integrarán la Unidad

Fiscal del fuero Contencioso Administrativo y Tributario con una mínima modificación

respecto de los parámetros preestablecidos (3 funcionarios y 3 empleados para los

equipos de primera instancia y 5 funcionarios y 4 empleados para el de segunda

instancia), se realizaron entrevistas con el resto del personal a los efectos de

determinar los perfiles de los agentes que se desempeñarán en las oficinas de

servicios comunes o bien en los nuevos equipos fiscales.

Cabe mencionar que lo antedicho implicó la reasignación de personal que actualmente

prestan funciones en las fiscalías hacia las unidades de servicios comunes, y de este

modo se cumplió con el proceso de transformación y reestructuración de las oficinas

judiciales del fuero.

Habiendo culminado con esas tareas, todas las oficinas que integran la Unidad Fiscal

(equipos fiscales, Unidades de Coordinación (UCo) y Oficina de Estadísticas y Apoyo

Jurisdiccional) quedarán integradas conforme el detalle de personal que surge de los

Anexos IV y V de la presente resolución.

Resta señalar que las designaciones y/o promociones que allí se enumeran se

dispondrán a partir del día 1 de agosto del corriente año para el caso de las

dependencias que actúan en primera instancia y la Oficina de Estadísticas y Apoyo

Jurisdiccional; en tanto que aquellas que corresponden a los agentes que se

desempeñarán en la segunda instancia (Equipos Fiscales "A" y "B" y Unidad de

Coordinación para la segunda instancia) se harán efectivas a partir del día 20 de

agosto del corriente año.

En base a ello, el período de tiempo comprendido entre el 20 de agosto y el 1° de

septiembre del corriente año -fecha en que se pondrá en funcionamiento el nuevo

diseño de organización en la segunda instancia del fuero- será utilizado por el personal

que prestará funciones en estas dependencias para trabajar en la implementación y

organización de las nuevas oficinas.

Finalmente, cabe destacar que de acuerdo a lo que surge de los Anexos III y IV, se

han previsto once (11) cargos en las estructuras del nuevo diseño de organización

correspondientes a la ley 3318, razón por la cual se solicitará al Consejo de la

Magistratura que se prevea el eventual pase de agentes según el detalle de cargos

que surge de dichos anexos, dejándose constancia que los candidatos deberán

ostentar un cargo inferior al allí indicado a los efectos de cumplir con los términos de

dicha ley.

En este sentido, resulta importante señalar que teniendo en cuenta los nuevos cargos

que fija la ley 3318, las estructuras previstas en el rediseño organizacional y el

porcentaje que fija dicha ley a los efectos de prever el traspaso del personal desde el

Consejo de la Magistratura, tanto en primera como en segunda instancia este

Ministerio Público Fiscal ha superado con holgura ese requisito legal.

Así las cosas, habiéndose delimitado la conformación de las distintas oficinas que

conforman la nueva organización, corresponde aprobar el esquema de organización

de la Unidad Fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario, que como Anexo V

forma parte integral de la presente.

d) Manuales de procesos y procedimiento

En lo que respecta a la metodología de trabajo que impone la reorganización, se

cumplió con la elaboración y redacción del manual de procesos y procedimientos que

fija las pautas de trabajo para la actividad de toda la Unidad Fiscal del fuero

Contencioso Administrativo y Tributario, que fue oportunamente encomendada a los

Dres. Héctor Chayer y Ramiro Monner Sans y a la Lic. Soledad Corbiere, con la

supervisión de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica.

De esta manera, habrá de aprobarse la primera versión del "Manual de Procesos y

Procedimientos" -ver anexo VI- sin perjuicio de los ajustes o modificaciones que

puedan efectuarse durante el proceso de implementación del nuevo modelo de

gestión.

La redacción de dicho documento refleja la nueva modalidad utilizada por el Ministerio

Público Fiscal para definir las pautas de trabajo de las oficinas judiciales, a través del

establecimiento de las reglas que marcan el ritmo de los procesos y/o procedimientos

de trabajo, independientemente de las áreas que intervengan en ellos.

Sin perjuicio de todo ello, existen algunos aspectos vinculados con el funcionamiento

de la Unidad Fiscal sobre los cuales resultará necesario hacer hincapié a los fines de

garantizar su correcto funcionamiento.

- Dependencia jerárquica de las Oficinas de Servicios Comunes.

Uno de los aspectos importantes que deviene necesario resaltar a los fines de

asegurar el debido desenvolvimiento de cada uno de los integrantes de la nueva

Unidad Fiscal es determinar la dependencia jerárquica y funcional de las oficinas de

servicios comunes.

En este sentido, el eje central de esta temática es mantener el equilibrio de las

relaciones y la carga de trabajo de esas oficinas entre sí y de ellas para con los

distintos equipos fiscales, de modo tal de velar porque ninguna de las oficinas vea

desnaturalizada su función a consecuencia de la otra.

De ahí que resulta evidente la necesidad de garantizar la independencia y autonomía

funcional de las Unidades de Coordinación y Oficina de Estadísticas y Apoyo

Jurisdiccional dentro de la estructura de la Unidad Fiscal del fuero Contencioso

Administrativo y Tributario.

A raíz de ello y teniendo en cuenta que -al menos por el momento- no se prevé la

creación de la figura de un Fiscal Coordinador -tal como sucede en el ámbito penal,

contravencional y de faltas- en esta primera fase de la nueva organización del fuero

esas oficinas de servicios comunes dependerán funcional y jerárquicamente de la

Fiscalía General, a través de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación

Estratégica.

- Método de Asignación de Expedientes.

De acuerdo a lo señalado en el manual de procesos y procedimientos que aquí se

aprueba, la asignación del equipo fiscal a intervenir en cada expediente se realizará a

través del sistema informático JusCABA CAyT, sin perjuicio de lo cual, conforme se

detallará más adelante, dicho sistema no se encontrará operativo al inicio de las

actividades de la nueva Unidad Fiscal.

Teniendo en cuenta esa circunstancia corresponde prever un mecanismo que asegure

la realización de esa función hasta tanto el software se encuentre en pleno

funcionamiento.

A la luz de ello y de las funciones que tendrán las estructuras internas que componen

la Unidad Fiscal, corresponde dejar sin efecto el esquema de distribución de causas

entre las Fiscalías de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario,

aprobado por resolución FG n° 205/08, y hacer saber al Presidente de la Cámara del

mismo fuero y, por su intermedio, a los Jueces de Primera Instancia que, en lo que

respecta a esa instancia, a partir del 1 de agosto del corriente año los expedientes en

los cuales se disponga la intervención del Ministerio Público Fiscal deberán ser

remitidos a la sede de la Unidad Fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario -

Av. Paseo Colon 1333- y serán recepcionados por la Unidad de Coordinación para la

Primera Instancia, para su correspondiente asignación y/o sorteo.

En lo que atañe a la segunda instancia, corresponderá hacer saber que se

implementará la misma modalidad a partir del día 1 de septiembre del corriente año, y

los expedientes serán recibidos en la sede de la calle H. Yrigoyen 932 a través de la

Unidad de Coordinación para la segunda instancia a los mismos fines.

Resta señalar que a los efectos de poder establecer la intervención de los Fiscales de

oficio o en casos urgentes en días y horas inhábiles, se pondrá en conocimiento del

Presidente de la Cámara -y por su intermedio a los Jueces de Primera Instancia- el

sistema de turnos para los integrantes del Ministerio Público Fiscal a utilizar en estos

supuestos.

Para determinar la intervención de los Jueces del fuero Contencioso Administrativo y

Tributario en causas urgentes en días y horas inhábiles se aplica la resolución del

Consejo de la Magistratura N° 845/10, que estipula un régimen de turnos rotativos de

un juzgado durante una semana.

Siguiendo algunos conceptos previstos en dicha resolución, y con la finalidad de

garantizar la intervención de los integrantes del Ministerio Público Fiscal en esos

supuestos y en las intervenciones de oficio, se dispondrá un régimen de turnos rotativo

de un Equipo Fiscal durante un día. Dicho sistema comenzará a funcionar a partir del 1

de agosto del corriente año, fecha en la cual se encontrará de turno el Equipo Fiscal

N° 1, y así sucesivamente los días siguientes respetando el orden numérico de los

restantes Equipos Fiscales, comenzando nuevamente por el Equipo Fiscal N° 1 luego

de haber intervenido todos los equipos fiscales.3

Este sistema de turnos, en la medida en que establece la posibilidad de que distintos

integrantes del Ministerio Público Fiscal puedan intervenir en el marco de una causa

radicada en un determinado juzgado, constituye un aporte más para garantizar la

transparencia en la asignación del expediente a un representante del Ministerio

Público Fiscal para intervenir de oficio o en casos urgentes en días y horas inhábiles.

Además, el modo de asignación que establece dicha metodología no implica que aquel

fiscal que haya tomado intervención inicialmente en estos casos, necesariamente

continúe durante el trámite en etapas posteriores. Ello, por cuanto la posterior remisión

del expediente al Ministerio Público Fiscal conllevará una nueva distribución del caso

por intermedio de la Unidad de Coordinación para la Primera Instancia, conforme el

método señalado en los párrafos precedentes.

Finalmente, destáquese que estos procedimientos volverán a ser evaluados al

momento de la implementación del sistema informático JusCABA CAyT.

Respecto de la modalidad de asignación interna desde las Unidades de Coordinación

hacia los equipos fiscales, hasta tanto se implemente un sistema informático que tenga

en cuenta la carga de trabajo existente en cada oficina judicial, los expedientes se

distribuirán de manera aleatoria (por sorteo) y respetando el principio de distribución

equitativa del trabajo.

Ahora bien, más allá de los lineamientos generales fijados precedentemente y las

pautas que rigen los procesos de trabajo (manual de procesos y procedimiento), se

habrá de encomendar a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación

Estratégica, en conjunto con el Dr. Héctor Chayer, la Lic. Soledad Corbiere y quienes

sean designados Jefes de las Unidades de Coordinación y la Oficina de Estadísticas y

Apoyo Jurisdiccional la elaboración de un documento que fije las misiones y funciones

de las oficinas de servicios comunes.

Ello, con el objeto de definir e incorporar en un instrumento algunas de las funciones

específicas a desarrollar por estas áreas (por ejemplo la administración de los

espacios comunes por parte de la Unidad de Coordinación de Primera Instancia).

e) Línea de base para los indicadores de gestión

A través del artículo 8 de la Resolución FG N° 190/12 se encomendó a la Secretaría

General de Política Criminal y Planificación Estratégica la elaboración de una línea de

base para medir la gestión de la nueva Unidad Fiscal del fuero Contencioso

Administrativo y Tributario, tomando como base la información recabada durante el

primer semestre del año 2012.

Ahora bien, cabe señalar que los fundamentos vertidos en el dictamen SGPCyPE N°

126/12, advirtieron sobre la necesidad de considerar un plazo menor al fijado

inicialmente en la Resolución FG N° 190/12. Vale aclarar que, en consecuencia, el

período analizado (comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 30 de abril de este

año) para la construcción de la línea de base respectiva resulta suficientemente

representativo de la gestión de las fiscalías en lo Contencioso Administrativo y

Tributario a esos efectos.

De este modo, habrá de aprobarse la línea de base elaborada por la Secretaría

General de Política Criminal y Planificación Estratégica, en función de los indicadores

(nivel de resultado/producto, tasa de dictamen, tasa de recurso, tiempo de respuesta

promedio y productividad por abogados y por personal) oportunamente estipulados

para el "Tablero de Gestión" -ver Resolución FG N° 190/12 y su Anexo-.

f) Extensión de los horarios en las oficinas de servicios comunes.

A los efectos de garantizar el correcto funcionamiento de toda la Unidad Fiscal y tal

como se dispusiera al momento de implementar el nuevo diseño de organización en el

fuero penal, contravencional y de faltas, las oficinas de servicios comunes (UCo para

la primera instancia, UCo para la segunda instancia, y Oficina de Estadísticas y Apoyo

Jurisdiccional), cubrirán un horario de atención extendido entre las 8:00hs. y las

17:00hs, lo que permitirá optimizar la asistencia que estas oficinas brindan a los

equipos fiscales.

A efectos de cubrir la franja horaria extendida, los titulares de las oficinas de servicios

comunes deberán garantizar la prestación del servicio en horario extendido con una

guardia reducida compuesta -al menos- por dos funcionarios y/o empleados de cada

una de esas dependencias.

Ello se materializará a través de la implementación de un sistema de doble turno (de

8:00hs. a 15:00hs. y de 10:00hs. a 17:00hs.), y para cubrir el último de esos turnos se

deberá tener en cuenta especialmente a aquellos agentes que voluntariamente lo

soliciten.

g) Traslado de la actual Oficina de Estadísticas y Apoyo Jurisprudencial.

La actual Oficina de Estadísticas y Apoyo Jurisprudencial -que a partir del 1 de agosto

pasará a denominarse Oficina de Estadísticas y Apoyo Jurisdiccional- cambiará su

sede al inmueble de la Av. Paseo Colón 1333 de manera anticipada.

Es que no obstante encontrarse previsto para el día 1 de agosto de 2012 la puesta en

funcionamiento de la Unidad Fiscal del fuero Contencioso Administrativo y Tributario,

su mudanza resulta viable pues ello no obstaculiza el normal desenvolvimiento de la

oficina, más aún teniendo en cuenta la naturaleza del servicio que brinda.

En función de ello, habrá de disponerse que la Oficina de Estadísticas y Apoyo

Jurisdiccional traslade su sede a la Av. Paseo Colón, Piso 7° -conforme la asignación

de puestos de trabajo efectuada a través del Anexo I-, lo cual se realizará una vez

notificada su titular de la presente.

h) Apoyo Tecnológico.

Mediante la Resolución FG N° 190/12 se encomendó a la Dra. Fernanda Lesch llevar

adelante las gestiones necesarias para que el sistema informático JusCABA CAyT se

ajuste a las necesidades de las oficinas del Ministerio Público Fiscal bajo los

parámetros del nuevo diseño organizacional.

Que pese a las tareas realizadas en ese sentido, la puesta en marcha de ese nuevo

sistema informático no coincide con aquella estipulada para el nuevo diseño de

organización del Ministerio Público, motivo por el cual se encomendará al

Departamento de Tecnología y Comunicaciones que, hasta tanto se implemente de

manera definitiva el sistema JusCABA CAyT, se arbitren los medios necesarios para

garantizar el funcionamiento del sistema informático IURIX en la sede de Paseo Colón

1333 de esta ciudad, a partir del 1 de agosto de 2012.

En línea con ello, se solicitará al Departamento de Tecnología e Información del

Consejo de la Magistratura tenga a bien prestar colaboración a esta Institución en las

tareas que demande la inclusión en dicho edificio de los servidores necesarios para el

funcionamiento del sistema IURIX.

i) Actividades de capacitación para los integrantes de la Unidad Fiscal del fuero

Contencioso Administrativo y Tributario.

Frente al cambio de paradigma que impone el rediseño organizacional, la Resolución

FG N° 190/12 dispuso la realización de un entrenamiento específico enfocado a los

recursos humanos que conformarán la nueva Unidad Fiscal del fuero Contencioso

Administrativo y Tributario, el cual se llevará a cabo en el séptimo piso de la sede

ubicada en la Av. Paseo Colón N° 1333 de esta ciudad.

No obstante lo dispuesto en ese acto resolutivo, cabe aclarar que el plan de

entrenamiento propuesto se efectuará en dos etapas.

La primera de ellas contemplará una capacitación general destinada a todos los

integrantes del fuero Contencioso Administrativo y Tributario y un simulacro de prueba

de un día de trabajo de acuerdo a los parámetros del Nuevo Diseño Organizacional.

Es decir que esta jornada general se encuentra orientada a brindar una visión integral

sobre los procedimientos de trabajo característicos del nuevo modelo organizacional,

analizar el manual de procesos y procedimientos, las misiones y funciones de cada

componente de la Unidad Fiscal; y además, un simulacro que involucre el modo en

que deberán de interactuar los integrantes de la Unidad Fiscal.

Para la realización de estas actividades, cuya participación resulta de carácter

obligatorio para todos los integrantes del fuero Contencioso Administrativo y Tributario,

se han fijado dos módulos de dos días cada uno de ellos (26 y 27 de julio el primero y

30 y 31 del mismo mes el segundo), de lo cual se deduce que la totalidad del personal

que se desempeña en el fuero deberá acudir al menos a uno de esos módulos de

capacitación.

En una segunda etapa, se encuentra prevista la realización de un nuevo simulacro de

prueba que incluya el modo en que se trabajará cuando se encuentre en

funcionamiento el sistema informático JusCABA CAyT, momento en el cual se fijará la

fecha correspondiente.

Por último, corresponde aprovechar esta oportunidad para invitar a participar del plan

de entrenamiento propuesto a los cuatro primeros del orden de mérito del concurso de

antecedentes y oposición N° 37/10 (Dres. Patricio Urresti, Claudio E. Luis, Catalina

Legarre y Laura Perugini), como así también a la Dra. Nidia Karina Cicero, quien

ocupó el primer lugar en el orden de mérito del concurso n° 39/10 para cubrir el cargo

de Fiscal de Cámara, a efectos de ponerlos en contacto con el nuevo modelo

organizacional y, principalmente, con las nuevas metodologías de trabajo que impone.

h) Aspecto presupuestario

Conforme surge del informe de la Oficina de Programación, Control Presupuestario y

Contable incorporado a la Actuación Interna FG N° 13598/10, existen en la actualidad

partidas presupuestarias suficientes para afrontar el gasto derivado de las coberturas

interinas a disponer.

Asimismo, a los efectos de la previsión presupuestaria correspondiente se ha puesto

en conocimiento de la Oficina de Programación, Control Presupuestario y Contable los

cambios que a nivel recursos humanos conllevará el rediseño de las Fiscalías del

fuero Contencioso Administrativo y Tributario a partir del día 1 de agosto del corriente

año (designaciones, promociones y reasignaciones), dejándose constancia en el

mencionado dictamen acerca de la existencia de las partidas presupuestarias

necesarias para afrontar esos gastos.

Por las razones expuestas, en función de la autonomía y autarquía que el art. 124 de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le asigna al Ministerio Público

Fiscal, y de acuerdo con las facultades que derivan en los artículos 1, 3, 4, 5, 16, 17,

18, 21, 22, 23, 29, 34 y concordantes de la Ley 1.903 y de las modificaciones

introducidas por la Ley 3.318,

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Proseguir con la implementación de los lineamientos del nuevo diseño de

organización del Ministerio Público Fiscal en materia Contencioso Administrativo y

Tributario.

Artículo 2: Aprobar la asignación de puestos de trabajo ubicados en el 7° piso del

edificio sito en la Av. Paseo Colón 1333 y de Hipólito Yrigoyen 932 de esta ciudad (1°

Piso y 1° S.S.), de conformidad con los planos agregados como anexos I y II

respectivamente.

Artículo 3°: Establecer la promoción, reasignación y/o designación -según el caso- de

los funcionarios y empleados que integrarán los Equipos Fiscales "A" y "B" y la Unidad

de Coordinación para la Segunda Instancia del fuero Contencioso Administrativo y

Tributario a partir del día 20 de agosto del corriente año, conforme el detalle que surge

del anexo III.

Artículo 4°: Establecer la promoción, reasignación y/o designación -según el caso- de

los funcionarios y empleados que conformarán los Equipos Fiscales "1", "2", "3" y "4",

la Unidad de Coordinación para la Primera Instancia y la Oficina de Estadísticas y

Apoyo Jurisdiccional a partir del día 1 de agosto del corriente año, conforme el detalle

que surge del anexo IV.

Artículo 5: Solicitar al Sr. Presidente del Consejo de la Magistratura se contemple el

traspaso de agentes a la Unidad Fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario,

en los términos de la ley N° 3318, de acuerdo al detalle efectuado en los anexos III y

IV, dejándose constancia que los candidatos deberán ostentar un cargo inferior al allí

indicado a los efectos de cumplir con lo establecido mediante resolución CM ° 38/12.

Artículo 6°: Aprobar el nuevo esquema de organización y gestión judicial de la Unidad

Fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario, que como anexo V forma parte de

la presente resolución.

Artículo 7°: Aprobar el cuadro de turnos de Equipos Fiscales de Primera Instancia del

fuero Contencioso Administrativo y Tributario, para la intervención de oficio el cuadro

de turnos aprobado en el artículo anterior, que como anexo VI se adjunta a la

presente.

Artículo 8°: Poner en conocimiento al Sr. Presidente de la Cámara de Apelaciones en

lo Contencioso Administrativo y Tributario y, por su intermedio, a todos los Jueces de

Primera Instancia de ese fuero el cuadro de turnos para la intervención de Fiscales de

oficio y en causas urgentes en días y horarios inhábiles aprobado en el artículo

anterior.

Artículo 9°: Aprobar como anexo VII la primera versión del manual de procesos y

procedimientos que fijan las reglas de trabajo para la actividad de la Unidad Fiscal en

lo Contencioso Administrativo y Tributario, sin perjuicio de los futuros ajustes que

puedan efectuarse en el marco del proceso de implementación.

Artículo 10°: Encomendar a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación

Estratégica, en conjunto con el Dr. Héctor Chayer, la Lic. Soledad Corbiere y quienes

son designados como Jefes de las Unidades de Coordinación y la Oficina de

Estadísticas y Apoyo Jurisdiccional, la elaboración de una propuesta que prevea las

misiones y funciones de las oficinas de servicios comunes del fuero Contencioso

Administrativo y Tributario, que deberá respetar los lineamientos básicos descriptos en

el apartado "d" de la presente.

Artículo 11°: Aprobar la línea de base para medir la gestión de la Unidad Fiscal en lo

Contencioso Administrativo y Tributario que se agrega como anexo VIII y forma parte

de la presente resolución.

Artículo 12°: Establecer que las oficinas de servicios comunes de la Unidad Fiscal en

lo Contencioso Administrativo y Tributario (Unidades de Coordinación y Oficina de

Estadísticas y Apoyo Jurisdiccional) funcionarán con un horario extendido de 8:00hs. a

17:00hs., conforme el sistema de doble turno señalado en el apartado "f".

Artículo 13°: Disponer que los módulos de capacitación para la implementación del

nuevo diseño organizacional del fuero Contencioso Administrativo y Tributario se

llevarán a cabo los días 26 y 27 de julio del corriente año y los días 30 y 31 del mismo

mes y año en la sede de la Av. Paseo Colón 1333 (Piso 7°) de esta ciudad, de

conformidad con los argumentos señalados en el apartado "g".

Artículo 14°: Invitar a participar a las actividades de capacitación mencionadas en el

artículo anterior a los cuatro primeros candidatos del orden de mérito del concurso de

antecedentes y oposición N° 37/10 (Dres. Patricio Urresti, Claudio E. Luis, Catalina

Legarre y Laura Perugini) y a la Dra. Nidia Karina Cicero, quien ocupó el 1° lugar del

orden de mérito del concurso de oposición y antecedentes n° 39/10, con el objeto de

que puedan interiorizarse de las nuevas metodologías de trabajo que impone el

rediseño organizacional.

Artículo 15°: Encomendar al Departamento de Tecnología y Comunicaciones se

arbitren las medidas necesarias para garantizar el funcionamiento del sistema

informático IURIX en la sede de Paseo Colón 1333 de esta ciudad, a partir del 1 de

agosto de 2012.

Artículo 16°: Solicitar al Departamento de Tecnología e Información del Consejo de la

Magistratura tenga a bien prestar colaboración a esta Institución en las tareas que

demande poner en funcionamiento el sistema IURIX en el edificio sito en la Av. Paseo

Colón 1333 de esta ciudad.

Artículo 17°: Disponer el traslado de la sede de la Oficina de Estadísticas y Apoyo

Jurisdiccional al inmueble de la Av. Paseo Colón 1333, Piso 7°, la cual se materializará

una vez notificada su titular de la presente resolución.

Artículo 18°: Solicitar al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, por

intermedio de su Presidente, la designación de la Dra. Laura Perugini como fiscal

interinamente a cargo de la actual Fiscalía de Primera Instancia n° 1 en lo Contencioso

Administrativo y Tributario -futuro Equipo Fiscal N° 1 de la Unidad Fiscal del mismo

fuero-, hasta tanto finalice la licencia extraordinaria por ejercicio transitorio de otro

cargo concedida a la Dra. Mariana Pucciarello (Res. FG 263/12).

Artículo 19°: Designar al Dr. Marcelo Juan Segón para ocupar interinamente la función

de fiscal de primera instancia en la Fiscalía n° 1 en lo Contencioso, Administrativo y

Tributario en reemplazo de la Dra. Mariana Pucciarello a partir del día de la fecha y por

el término de 69 días o hasta que sea designada la Dra. Laura Perugini conforme lo

solicitado en el artículo anterior, o bien hasta que cese la licencia de la Dra. Mariana

Pucciarello (conf. art. 18, inc. 5 de la Ley 1903 modificada por Ley 2386 y res. FG N°

279/10).

Artículo 20°: Solicitar al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, por

intermedio de su Presidente, la designación de los Dres. Patricio Urresti -D.N.I.

26.047.366-, Claudio E. Luis -D.N.I. 18.606.207- y Catalina Legarre -D.N.I. 21.155.127-

como fiscal interinamente a cargo de los Equipos Fiscales n° "2", "3" y "4" en lo

contencioso administrativo y tributario respectivamente, a partir del día 1 de

septiembre del corriente año y hasta tanto se culmine el proceso de designación que

se está llevando a cabo a su respecto.

Artículo 21°: Designar al Dr. Martín Leonardo Furchi para ocupar interinamente la

función de fiscal de primera instancia en el Equipo Fiscal "4" en lo Contencioso,

Administrativo y Tributario a partir del día 1 de agosto del corriente año y por el término

de 90 días o hasta que sea designada la Dra. Catalina Legarre conforme lo solicitado

en el artículo anterior (conf. art. 18, inc. 5 de la Ley 1903 modificada por Ley 2386 y

res. FG N° 279/10).

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del Ministerio

Público Fiscal, comuníquese por nota al Sr. Fiscal General Adjunto en lo Contencioso

Administrativo y Tributario; a la Sra. Fiscal de Cámara y a los/as Sres/as Fiscales de

Primera Instancia del mismo fuero; a los Sres. Jueces de primera instancia y a la

Cámara de Apelaciones, al Presidente de la Comisión de Justicia de la Legislatura

Porteña y por su intermedio a todos sus integrantes, a la Dirección de Política Judicial

del Consejo de la Magistratura, a los demás funcionarios mencionados en la

resolución; al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica; a

la Dirección de Tecnología e Informática del Consejo de la Magistratura; a la

Secretaría General de Coordinación y a los Departamentos de Tecnología y de

Infraestructura del Ministerio Público Fiscal. Oportunamente, archívese. Garavano

Notas:

1) Cabe señalar respecto del cuadro indicado que el cargo vacante del equipo fiscal B

de segunda instancia está sujeto al orden de mérito del concurso de oposición y

antecedentes N° 39/10 del Consejo de la Magistratura, donde la Dra. Nidia Karina

Cicero ocupó el 1° lugar. A su vez, los tres cargos vacantes de Fiscal de Primera

Instancia (dos de ellos actualmente cubiertos de manera interina) se encuentran

sujetos al orden de mérito del concurso de oposición y antecedentes N° 37/10, donde

los Dres. Patricio Urresti, Claudio E. Luis y Catalina Legarre obtuvieron los tres

primeros puestos.

2) Resolución FG N° 383/11, 403/11, 513/11, 34/12 y 99/12.

3) Es decir que el día 1 de agosto le corresponderá al Equipo Fiscal N°1, el día 2 de

agosto al Equipo Fiscal N° 2, el día 3 al Equipo Fiscal N° 3, el día 4 al Equipo Fiscal

N°4, el día 5 al Equipo Fiscal N° 1 y así sucesivamente.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3966

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>El artículo 1° de la Resolución 143/FG/26 modifica el método de asignación de expedientes a las Fiscalías de Primera y Segunda Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario consignado en el punto d) de los considerandos de la Resolución 285/FG/12.</p>
COMPLEMENTADA POR
Res.366-FG-12 define los procesos de trabajo, de las fiscalías en lo CAYT dispuestos por Res. 285-FG-12