DECRETO 438 2012
Síntesis:
DELEGACIÓN DE FACULTADES - FACULTA AL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN A DICTAR LAS NORMAS DEL TÍTULO V DEL DECRETO 986-04 - REENCASILLAMIENTO - JEFATURAS - ACCESO AL NIVEL DE JEFATURA - CARGOS CONCURSADOS -
Publicación:
10/09/2012
Sanción:
03/09/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 4.013, el Decreto N° 986/04, el Expediente N° 1647831/2012, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 986/04 se aprobó el Escalafón General para el Personal de la
Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que la Ley N° 4.013 atribuye al Ministerio de Modernización las competencias para
diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los recursos
humanos; proponer mejoras al diseño de la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo; y diseñar e implementar la carrera administrativa, así como el régimen
gerencial, o cualquier régimen especial, establecido en la Ley N° 471;
Que el Ministerio de Modernización se ha avocado a efectuar un relevamiento de
distintas unidades de organización de esta Administración, advirtiendo la necesidad de
instrumentar puestos de trabajo con responsabilidad de conducción, a través de la
implementación de las Jefaturas, previstas en el Título V del Decreto N° 986/04, en
atención a particularidades de las mentadas unidades de organización, concernientes
básicamente a la dotación y a la proyección operativa de las mismas;
Que la implementación de las Jefaturas como instancias integrantes de las estructuras
orgánicas funcionales de la Administración, redundará en una mejor organización y
funcionamiento de las unidades involucradas, constituyendo un avance en el
desarrollo de la carrera administrativa;
Que de conformidad con lo expuesto corresponde regular diversos aspectos de las
citadas Jefaturas, complementando de este modo las previsiones del Título V del
Decreto N° 986/04;
Que en tal sentido, se entiende oportuno facultar al Ministro de Modernización para el
dictado de las normas operativas, instrumentales y aclaratorias del Decreto N° 986/04,
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Facúltase al señor Ministro de Modernización, a dictar las normas
operativas, instrumentales y aclaratorias del Título V del Decreto N° 986/04.
Articulo 2°.- EI presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización,
y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Articulo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales y Operaciones y
Tecnología, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de
Modernización. Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta