DECRETO 116 1999
Síntesis:
SE DEROGA APARTDO C) ART.1°DEL DEC 1264-98 SE FACULTA A DIRECTORES GENERALES SUBSECRETARIOS SECRETARIOS APROBAR GASTOS DE SUS RESPECTIVAS JURISDICCIONES PARA DIRECTORES GENERALES SUBSECRETARIOS Y SECRETARIOS DE LA JURIDICCIÓN
Publicación:
17/02/1999
Sanción:
19/01/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto el Decreto N° 1.823-GCBA-97, modificado por los Decretos Nros. 6-GCBA-98 (B.O. N° 366); 1.596-GCBA-98 (B.O. N° 514); 1.264-GCBA-98 (B.O. N° 492); 139-GCBA-96 (B.O. N° 26) y 50-GCBA-98 (B.O. N° 386), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 1.823-GCBA-97, modificado por Decretos Nros. 6-GCBA-98 y 1.596-GCBA-98, se actualizan los montos de las competencias para autorizar y aprobar las contrataciones en el marco del Capítulo VI de la Ley de Contabilidad;
Que, por Decreto N° 1.264-GCBA-98 se facultó a los señores Subsecretario de Gestión y Administración Financiera y Secretario de Hacienda y Finanzas a aprobar gastos hasta la suma de $ 100.000 y $ 500.000 respectivamente, en concordancia con los montos previstos en el cuadro de competencias para aprobar establecidos por la modificación introducida mediante Decreto N° 6-GCBA-98;
Que, por Decreto N° 139-GCBA-96 se creó la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, Organo de Control Interno del Organo Ejecutivo, estableciendo en su artículo 4° que El titular de cada Jurisdicción o entidad dependiente del Organo Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires será responsable de establecer los mecanismos necesarios a efectos de asegurar el control interno en sus operaciones, que incluirá los instrumentos de control previo y posterior incorporados en el plan de organización y en los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo, habiéndose aprobado por Resolución N° 2/97 (B.O. N° 173) de la Sindicatura General, el Manual Normativo de las Unidades de Auditoría Interna en lo conocerniente a Objetivos, Misiones y Funciones y Perfiles de los integrantes de la misma;
Que, el Decreto N° 50-GCBA-98 asignó la competencia para emitir las Ordenes de Pago a la Dirección General de Contaduría, las que serán suscritas por el señor Contador General asumiendo la responsabilidad de las procedencias de las acreencias incluidas en las mismas;
Que, tramitan ante la Secretaría de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a lo dispuesto en el referido Decreto N° 1.264-GCBA-98, numerosas actuaciones que requieren aprobación previa a su pago, dado que no fueron autorizadas mediante el correspondiente acto licitario o bien que por su urgencia no fije cumplimentado el procedimiento previsto para las contrataciones directas en sus distintos apartados;
Que, ello obliga a la Secretaría de Hacienda y Finanzas a asumir la responsabilidad de la aprobación de erogaciones de otras jurisdicciones, estando prevista una amplia competencia si las mismas se hubieran ejecutado a través del referido Decreto N° 6-GCBA-98;
Que, por lo señalado precedentemente se acumulan en gran cantidad actuaciones, muchas de ellas de montos no significativos, que en razón de la competencia referida, pueden ser resueltas a niveles de Dirección General, aplicando los principios de economía, eficiencia y eficacia en los procedimientos administrativos;
Que, asimismo se encuentra prevista la responsabilidad del titular de cada jurisdicción para establecer los controles internos de sus operaciones de acuerdo a lo establecido en el referido artículo 4° del Decreto N° 139-GCBA-98 referido ut supra;
Que, hasta tanto se apruebe la Ley de Ministerios prevista en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y se implemente la Ley N° 70, de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, resulta procedente asignar responsabilidades a las autoridades de las respectivas jurisdicciones, para aprobar sus respectivos gastos;
Que, en orden a gastos correspondientes a ejercicios anteriores, resulta procedente ratificar el procedimiento establecido por Resolución N° 3.095-SHyF-98 (B.O. N° 483);
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Derógase el apartado c) del Artículo 1° del Decreto N° 1.264-GCBA-98.
Art. 2° - Facúltase a los Directores Generales, Subsecretarios y Secretarios a aprobar gastos de su respectiva Jurisdicción según los siguientes montos:
DIRECTORES
GENERALES
SUBSECRETARIOS DE LA JURISDICCION
SECRETARIOS DE LA JURISDICCION
Art. 3° - Dicha aprobación será instrumentada mediante acto administrativo formal de acuerdo a su respectiva Competencia (Disposición o Resolución) y remitida junto con la actuación a la Dirección General de Contaduría, la que, en caso de corresponder, en virtud de las responsabilidades asignadas por Decreto N° 50-GCBA-98, las incluirá en Orden de Pago.
Art. 4° - Ratifícase el procedimiento establecido por la Resolución N° 3.095-SHyF-98.
Art. 5° - El presente decreto será refrendado por todos los Señores Secretarios del Organo Ejecutivo.
Art. 6° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento, remítase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería; cumplido, archívese.