LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2012
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE INMUEBLE - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLE SITO EN ARCAMENDIA 770/772 - INCORPORA AL CATÁLOGO - FICHA DE CATALOGACIÓN 18-116-01 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO.
Publicación:
21/09/2012
Sanción:
30/08/2012
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo
10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el
inmueble sito en Arcamendia 770/772, Sección 18, Manzana 116, Parcela 011.
Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en
el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral
correspondiente la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Art. 4°.- La ficha de Catalogación N° 18-116-011 forma parte de la presente Ley como
Anexo I.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4000