LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2012

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLE - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLE SITO EN ARCAMENDIA 770/772 - INCORPORA AL CATÁLOGO - FICHA DE CATALOGACIÓN 18-116-01 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO.

Publicación:

21/09/2012

Sanción:

30/08/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo

10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el

inmueble sito en Arcamendia 770/772, Sección 18, Manzana 116, Parcela 011.

Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en

el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral

correspondiente la catalogación establecida por el Artículo 1°.

Art. 4°.- La ficha de Catalogación N° 18-116-011 forma parte de la presente Ley como

Anexo I.

Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4000

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APROBADA POR