LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2012
Síntesis:
CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLE AVENIDA RIVADAVIA 5050 - CATALOGACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
21/09/2012
Sanción:
30/08/2012
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo
10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento
Urbano, al inmueble sito en la Av. Rivadavia 5050, Nomenclatura Catastral: Sección
40, Manzana 075, Parcela 006a.
Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles
Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el
Capítulo 10.3 " Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral
correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 40-075-006a forma parte de la presente Ley
como Anexo I.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez
ANEXOS