RESOLUCIÓN 438 2012 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
CONVOCATORIA A CONCURSO BUENOS AIRES APPS 2012 - BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO - DELEGACIÓN DE FACULTADES - DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN - TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN - APLICACIONES - BUENOS AIRES DATA - PÁGINA WEB DATA.BUENOSAIRES.GOB.AR - DATOS ABIERTOS - OPEN DATA
Publicación:
05/10/2012
Sanción:
23/08/2012
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
las Leyes N° 3304 y N° 4.013, los Decretos N° 660/11, N° 122/12 y N° 156/12,
Resolución N° 190-MMGC/2012, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 creó el Plan de Modernización de la Administración Pública, uno
de cuyos fundamentos radica en integrar al ciudadano a las políticas de Gobierno,
alcanzando mayores niveles de transparencia y confianza en los administrados;
Que con relación a la incorporación de herramientas tecnológicas a la Administración
Pública local, la actual Ley de Ministerios N° 4.013 estableció en su artículo 26 que
"Corresponde al Ministerio de Modernización [...] 14. Diseñar, coordinar y verificar, en
forma conjunta con la Jefatura de Gabinete de Ministros, la implementación de las
políticas de Gobierno Electrónico y Tecnologías de la Información para el Poder
Ejecutivo...";
Que a través el Decreto N° 660/11 y su complementario N° 122/12 el Sr. Jefe de
Gobierno aprobó la nueva organización administrativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, creando en el ámbito de la Subsecretaría de Gestión de
Proyectos de Modernización del Ministerio de Modernización, la Dirección General de
Información y Gobierno Abierto;
Que dicha Dirección General tiene, entre otras competencias, la de "Diseñar y
proponer políticas tendientes a desarrollar la participación pública y colaboración
ciudadana";
Que en el marco de los esfuerzos tendientes a impulsar la adopción de políticas
públicas de gobierno abierto, el Jefe de Gobierno firmó el Decreto 156/12 por el cual
se implementa el sitio Buenos Aires Data como plataforma para facilitar la búsqueda,
descubrimiento y acceso de aquellos conjuntos de datos del sector público que
contribuyan a promover la transparencia, a incentivar la participación y colaboración de
los ciudadanos, y a estimular la innovación y el desarrollo social, económico y cultural
en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por su parte, mediante Resolución N° 190-MMGC/2012, el Ministerio de
Modernización fijó lineamientos, procedimientos y protocolos respecto al mecanismo
por el cual los conjuntos de datos son suministrados por las distintas áreas de
gobierno a la Dirección General de Información y Gobierno Abierto y publicados a
través de la plataforma Buenos Aires Data para su eventual reutilización por parte de
los ciudadanos;
Que asimismo, y en el marco de dichas políticas, la Dirección General de Gobierno
Abierto organizó el evento denominado "Buenos Aires Hackaton", que reunió durante
dos días a desarrolladores, funcionarios y especialistas en políticas públicas con el fin
de desarrollar aplicaciones para teléfonos móviles orientadas al ciudadano;
Que el mencionado evento, pionero en su tipo en el país, culminó con una docena de
aplicaciones móviles desarrolladas, de código abierto, e inmediatamente disponibles
para ser utilizadas por los ciudadanos, demostrando la oportunidad de este tipo de
convocatorias para catalizar el potencial de innovación latente en la interacción entre
sector público y desarrolladores;
Que la reutilización de la información del sector público consiste en el uso por parte de
Personas físicas o jurídicas, de información generada por los organismos del sector
público, con fines comerciales o no, con motivos o fines distintos al cual fueron
originalmente generadas;
Que como remarcan numerosos estudios a nivel internacional, la información del
sector público presenta un considerable potencial económico, motivo por el cual es
imprescindible promover su reutilización a fin de aprovechar dicho potencial para
desarrollar nuevos conocimientos, productos y servicios, impulsando la creación de
puestos de trabajo en la industria digital, y contribuyendo a catalizar el desarrollo
económico, social y cultural de las ciudades;
Que en orden a lo anterior, un número creciente de gobiernos y organismos del sector
público, incluyendo ciudades como Nueva York y Barcelona, han comenzado a utilizar
los concursos de aplicaciones como mecanismo para promover la reutilización de la
información del sector público y catalizar la innovación cívica;
Que avanzando en el camino iniciado y sumándonos a las ideas desarrollas en otras
ciudades del mundo, resulta propicio convocar al concurso "Buenos Aires Apps 2012",
cuyo objetivo es promover la reutilización de la información disponible en la plataforma
Buenos Aires Data;
Que en ese marco resulta propicio aprobar las Bases y Condiciones que regirán dicho
Concurso;
Por ello, y en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convocase al Concurso "Buenos Aires Apps 2012" a desarrollarse en la
Ciudad de Buenos Aires.
Articulo 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones del Concurso que como Anexo
forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Facúltase a la Dirección General de Información y Gobierno Abierto a
Llevar adelante la organización y el seguimiento del Concurso "Buenos Aires Apps
2012" referido en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Establécese que corresponderá a la Dirección General de Información y
Gobierno Abierto:
a) Definir y comunicar las temáticas y categorías especiales de premio, así como los
premios que a cada una de ella correspondan;
b) Establecer los premios correspondientes a cada una de las categorías de premio;
c) Difundir la convocatoria;
d) Designar a los integrantes del jurado;
e) Notificar a los ganadores y otorgar los premios;
f) Resolver toda otra cuestión no contemplada en la presente Resolución;
Articulo 5°.- Establécese que el Jurado del Concurso será presidido por la Autoridad
de Aplicación y estará constituido por funcionarios del GCABA y personalidades
vinculadas al mundo de la tecnología.
Artículo 6°.- Establécese que los premios consistirán en la entrega de material
informático a distribuirse de conformidad con lo establecido en las Bases y
Condiciones, cuyo costo será imputado a la partida presupuestaria vigente.
Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente y a los Organismos Descentralizados
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ibarra