LEY 64 1998

Síntesis:

MODIFICA LA ORDENANZA 34421 - ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE MANTENER EN PERFECTO ESTADO DE ASEO LOS LOCALES EN QUE SE PRESTE SERVICIO DE SALUBRIDAD AL PÚBLICO Y DE COLOCAR EN SUS PUERTAS DE ACCESO UNA IDENTIFICACIÓN EN SISTEMA BRAILLE - NO VIDENTES - DISCAPACITADOS - PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES - CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES

Publicación:

28/09/1998

Sanción:

20/08/1998

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

17/09/1998

Estado:

No vigente


NOTA: Se advierte al usuario que el artículo 1 del Decreto 1157-03 reglamenta el primer párrafo del punto 1.2.3 del Capítulo 1.2, Sección I, Título I, del Código de Habilitaciones y Verificaciones, aprobado por Ordenanza 34421, de acuerdo al texto dado por la Ley 64. La acción de reglamentación ha sido volcada sobre la norma original.

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - Sustitúyese el primer párrafo del punto 1.2.3 de Capítulo 1.2, Sección I, Título I, AD 700.4, de la Ordenanza N° 34.421, por el siguiente texto:

"En los establecimientos en los que se preste servicio de salubridad al público deberán extremarse las medidas necesarias para el mantenimiento de un perfecto estado de aseo de los locales destinados a estos servicios y deberán poseer en sus puertas de acceso una placa identificatoria en sistema Braille o silueta en relieve, de fácil identificación, que determine el carácter del mismo."

Art. 2° - El Poder Ejecutivo reglamentará en el término de sesenta (60) días lo dispuesto en el artículo 1°, y fijará la fecha de su entrada en vigencia.

Art. 3° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 64, sustituye el primer párrafo del punto 1.2.3 del Capítulo 1.2, Sección I, Título I, de la Ordenaza 34.421.</p>
PROMULGADA POR
REGLAMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 1157-03 establece que la Ley 64 y la presente reglamentación entrarán en vigencia a partir de los noventa (90) días corridos de la publicación de este Decreto.</p>