RESOLUCIÓN 4228 2012 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

FIJA PRECIO DE VENTA DE CD ROM - UN MERCANTE ESPAÑOL EN EL PUERTO DE BUENOS AIRES. HISTORIAS Y HALLAZGOS EN PUERTO MADERO -  DIRECCIÓN GENERAL PATRIMONIO E INSTITUTO HISTÓRICO - DESTINA EJEMPLARES GRATUITOS A ESCUELAS - RESERVA

Publicación:

22/10/2012

Sanción:

26/09/2012

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


VISTO:

la Disposición 80-DGCG-09, y el Expediente N° 2.058.795/2012, y de acuerdo a lo

normado por Ley N° 4013/2011 (B.O.C.B.A. N° 3807), y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación la Dirección General Patrimonio e Instituto Histórico

tramita la autorización para proceder a la venta y a la distribución de cortesía del CD

ROM "Un mercante español en el puerto de Buenos Aires. Historias y hallazgos en

Puerto Madero", sobre un total editado de QUINIENTOS (500) ejemplares;

Que, dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que

está realizando este Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, en virtud del interés demostrado por numerosos particulares en la compra de

dicho producto, la Dirección General Patrimonio e Instituto Histórico requiere se fije el

precio de venta minorista de CUATROCIENTOS (400) CD;

Que, se reserva la cantidad de (CIEN) CD para su distribución gratuita entre escuelas,

bibliotecas y demás instituciones que lo soliciten.

Por ello, y de acuerdo a lo normado por la Disposición 80-DGCG-09, y de acuerdo a lo

normado por Ley N° 4013/2011 (B.O.C.B.A. N° 3807),

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Fíjese en PESOS CUARENTA ($ 40,00) el precio de venta unitario del CD

ROM "Un mercante español en el puerto de Buenos Aires. Historias y hallazgos de

Puerto Madero", valorizándose para tal fin CUATROCIENTOS (400) ejemplares.

Artículo 2°.- Destínase la cantidad de CIEN (100) ejemplares para su distribución

gratuita entre escuelas, bibliotecas y demás instituciones que los soliciten.

Artículo 3°.- Resérvase el DIEZ POR CIENTO (10%) de la cantidad total editada por

ese Organismo, debiéndose remitir el NOVENTA POR CIENTO (90%) restante a la

Tienda Cultutral, de acuerdo con lo establecido por Disposición 80-DGCG-09.

Artículo 3°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección

General Patrimonio e Instituto Histórico, quien deberá publicar la presente en el Boletín

Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho, remítase al Área de

Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 5 Anexo III de la Resolución 5305-MCGC-18 deroga la Resolución 4228-MCGC-12.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 3 y Anexo III de la Resolución 4255-MC-18 deroga la Resolución 4228-MC-12.</p>
INTEGRA
Resolución 4228-MCGC-12 reserva el diez porciento de la cantidad total editada en ese Organismo, debiendo remitir noventa por ciento restante a la Tienda Cultural de acuerdo a la Disposición 80-DGCG-09.