LEY 4303 2012
Síntesis:
MODIFICACIÓN LEY 2147 - FUNCIONAMIENTO DE LAS SALAS DE TEATRO INDEPENDIENTE - ÁMBITO DE APLICACIÓN - SALAS - TEATRO INDEPENDIENTE - CLUB DE CULTURA - CAPACIDAD - LOCALIDADES
Publicación:
29/10/2012
Sanción:
27/09/2012
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
23/10/2012
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 23 de la Ley 2147 que quedará redactado de la
siguiente manera:
"Artículo 23.- La presente Ley será de aplicación exclusiva para aquellos
establecimientos que realicen actividades conforme a lo dispuesto en el artículo 1° y
que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
a. Que se encuentren habilitados como Club según lo establecido por el artículo 1° y
artículo 4° del Decreto N° 5.959/944.
b. Que estén inscriptos en el registro de Club de Cultura creado por la ex Secretaría de
Cultura, actual Ministerio de Cultura, en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 3/05.
c. Demuestren su funcionamiento como teatros independientes con anterioridad a la
publicación de esta Ley.
d. No superen las cincuenta (50) localidades."
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez