LEY 4262 2012
Síntesis:
MODIFICA ORDENANZA 40593 - ESCUELAS NORMALES SUPERIORES - ÁREA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Publicación:
01/11/2012
Sanción:
23/08/2012
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
20/09/2012
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Modificase el Art. 8 de la Ordenanza 40593, Ap. VII "Área de la Educación
Superior" Inc. A) "Escuelas Normales Superiores "el que quedará redactado de la
siguiente manera:
"A) Escuelas Normales Superiores
Podrán contar en su planta funcional con rector, vicerrector, secretario y prosecretario;
además de los cargos que para cada uno de los niveles se detallan: en su nivel
terciario contarán con Regente, profesor/a, bedel o jefe de preceptores, ayudante de
bedelía o preceptor/a de nivel Terciario, ayudante de trabajos prácticos, bibliotecario/a
jefe y bibliotecario/a; en su nivel medio con Vicedirector/a o vicerrector/a; asesor/a
pedagógico/a; psicólogo/a; psicapedagogo/a; ayudante del Departamento de
orientación; profesor/a; profesor/a TC, TP1, TP2, TP3, TP4; jefe/a de preceptores;
Subjefe/a de preceptores: preceptor/a; ayudante de clases prácticas; bibliotecario/a,
Jefe de Dpto. de Educación Física, Coordinador de Areas; en su nivel Primario con
regente, subregente, maestro/a secretario/a maestro/a de grado y maestro/a de
materias especiales; y en su nivel inicial con director/a, vicedirector/a, maestro/a
secretario/a, maestro/a de sección, maestro/a auxiliar de sección y maestro/a de
materias especiales."
Art. 2°.- Modificase el Art. 9 de la Ordenanza 40593 Ap. VII "Área de Educación
Superior "A 2) inciso 1, A 3) inciso 1, y A 4) inciso 1, el que quedará redactado como a
continuación se detalla:
"A.2) NIVEL MEDIO 1) Escalafón Profesor a) Profesor/a
Ascenso Nivel Medio
b) Vicedirector/a
c) Supervisor/a de Nivel Medio/Supervisor de Educación Física (solo para profesores
de la asignatura y común a los escalafones V A I ,V B I, VII B 2, VIII Al) (LEY
315/2000)
d) Director Adjunto (común a los Esc. I y II del Ap. VA. Y A.B)
Ascenso Nivel Terciario
a) Vicerrector*
b) Rector*
c) Supervisor de Nivel Terciario*
d) Director Adjunto del Nivel Terciario*
*común a los escalafones A.1 A.2
2) Escalafón Preceptor
a) Preceptor
b) Subjefe de Preceptores
c) Jefe de Preceptores
3) Cargos No Escalafonados
a) Asesor Pedagógico
b) Psicopedagogo
c) Psicólogo
d) Ayudante de Departamento de Orientación
e) Ayudante de Clases Prácticas
f) Bibliotecario
"A.3) NIVEL PRIMARIO
1) Escalafón Escuela Común/Departamento de aplicación
a) Maestra/o de grado
b) Maestra/o Secretaria/o
c) Subregente (vicedirector)
d) Regente (director)
e) Supervisor/a adjunto nivel Primario
f) Supervisor/a Nivel Primario
2) Escalafón de Materias Especiales
A) Maestro de Materias Especiales
b) Supervisor adjunto de Materias Especiales*
c) Supervisor de Materias Especiales*
d) Supervisor Coordinador de Materias Especiales*
*comun a los escalafones A Y B del Ap.III
"A.4.) NIVEL INICIAL
1) Escalafón escuela común -Departamento de Aplicación
a) Maestra/o de sección
b) Maestra/o Secretaria/o
c) Vicedirector/a
d) Director/a
e) Supervisor/a adjunto de Educación Inicial
f) Supervisor/a de Educación Inicial
2) Escalafón Materias Especiales
a) Maestro de materias especiales
b) Supervisor Adjunto de Materias Especiales*
c) Supervisor de Materias Especiales*
d) Supervisor Coordinador de Materias Especiales*
* Común a escalafones A Y B Ap. III
3) Cargos No Escalafonados
a) Maestro auxiliar de sección
Art. 3°. Modificase el Art. 25 de la Ordenanza N° 40593 en su apartado VII "Area de
Educación Superior "Inc. A) "Escuela Normales Superiores", A 2) inciso 1, Nivel Medio,
en su escalafón Profesor, A 3) Inciso 1, Nivel Primario, en su escalafón Escuela
Común - Departamento de Aplicación, y el A) 4, inciso 1 Nivel Inicial, Escalafón
Escuelas Comunes -Departamento de Aplicación, el que quedará redactado como a
continuación se detalla:
"A.2) NIVEL MEDIO
1. Escalafón profesor
Ascenso Nivel Medio:
a) Vicedirector/a o Vice-rector/a de Nivel Medio
b) Supervisor/a de Nivel Medio/Supervisor Educación Física
(solo para profesores de la asignatura y común a los escalafones VI A I 3, VI B, I 5, VII
B 2, VIII I 5)
c) Director adjunto (común a los Esc.I y II del Ap. VA y VB)
Ascenso Nivel Terciario
a). Vicerrector*
b). Rector*
c). Supervisor Nivel Terciario*
d). Director Adjunto Nivel Terciario*
*Común a los escalafones A1 y A 2
2- Escalafón Preceptor
a). Subjefe de Preceptores
b) Jefe de Preceptores
"A.3) Nivel Primario
1. Escalafón escuela común -Departamento de Aplicación
a) Maestra/o Secretaria/o
b) Subregente (Vicedirector)
c) Regente (Director)
d) Supervisorl/ adjunto de Nivel Primario
e) Supervisor/a de Nivel Primario
2. Escalafón Materias Especiales
a) Supervisor Adjunto de Materias Especiales*
b) Supervisor de Materias Especiales*
c) Supervisor Coordinador de Materias Especiales*
*común a Esc. A y B del Ap. III
"A.4) Nivel Inicial
1. Escalafón escuela común -Departamento de aplicación
a) Maestra/o Secretaria/o
b) Vicedirector
c) Director
d) Supervisor/a adjunto de Educación Inicial
e) Supervisor/a de Educación Inicial
2. Escalafón Materias Especiales
a) Supervisor Adjunto de Materias Especiales*
b) Supervisor de Materias Especiales*
c) Supervisor Coordinador de Materias Especiales*
*común a Esc. A y B del Ap. III
Art. 4°.-Incorpórase al Art. 128 de la Ordenanza N° 40593 el Apartado VII el que
quedará redactado como a continuación se detalla:
VII -ÁREA DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Sueldo Básico
Adicional del
Sueldo Básico
(Decreto 1567)
Supervisor
2311
455
Director/Rector
2625
235
Rector CENT
2625
Vicedirector/Vicerrector
2204
284
Sec. Académico/Vicedirec CENT
2204
Profesor Jefe de Enfermería
2157
152
Profesor de Enfermería
2115
149
Director
2100
326
Director/Regente
2027
399
Regente
2099
271
Supervisor de Nivel Medio
2311
455
Vicedirector
1763
436
Sub-Regente
1763
436
Profesor TC 36 hs
1692
288
Profesor TP 30 hs
1410
240
Profesor TP 24hs
1128
192
Profesor TP 18 hs
846
144
Profesor TP 12 hs
564
98
Asesor Pedagógico
1692
216
Psicopedagogo
846
144
Ayte. Opto Orientación
695
128
Regente TS
1167
263
Vicedirector TS
996
259
Secretario
1083
717*
Pro-Secretario
920
552*
Pro-Secretario
736
614*
Jefe de TP CENT
800
184
Prof. Jefe TP
800
184
Jefe de Biblioteca
775
165
Bibliotecario
753
187
Jefe Bedel/Jefe de Preceptor
775
264
Jefe Bedel CENT
775
129
Subjefe de Preceptores
753
187
Preceptor/Bedel
704
200
Bedel CENT
704
100
Visitador Social
753
127
Ayte Clases Prácticas
736
74
Ayte Clases Prácticas
570
240
Ayte Trabajos Prácticos
736
74
Profesor Asistente de TP
564
246
Jefe Dpto Ed. Fis
395
67
Hora Cátedra Nivel Superior
58.75
6.25
Hora Cátedra Nivel Medio
47
8
Supervisor de Nivel Primario
2311
455
Supervisor Adjunto N.Prim.
2169
427
Supervisor N.inicial
2311
455
Supervisor Adjunto N.lnicial
2169
427
Director (JS)
1145
285
Regente (JS)
1167
263
Subregente TS
1145
235
Maestro Secretario (T.C.).
1533
439
Maestro Secretario (T.S.)
866
214
Maestro de Grado (T.C.)
1433
282
Maestro de Grado (T.S.)
753
187
Maestro de Sección (T,S.)
753
187
Maestro Auxiliar
753
117
Maestro Especial
470
80
* Decreto 793/06 BO N° 2472 del 4/
Art. 5°.- Los puntos índice asignados a los cargos aquí detallados reflejan las
remuneraciones históricas. A ellas deben sumarse los adicionales salariales vigentes a
la fecha de publicación de la presente Ley.
Art. 6°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez
Buenos Aires, 29 de octubre de 2012
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del
Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4.262 (Expediente N° 1.897.612/12),
sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión
del día 23 de agosto de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 20 de
septiembre de 2012.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese
copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la
Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a los Ministerios de Educación, de Modernización y de Hacienda. Cumplido,
archívese. Clusellas