RESOLUCIÓN 478 2012 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICA EL REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PODER JUDICIAL - ARTÍCULO 1.26 Y 1.28 - DESIGNACION DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE CÁMARA - DURACIÓN - MAYORIAS

Publicación:

01/11/2012

Sanción:

23/10/2012

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

El Art. 116 de la Constitución de la CABA, la Ley 31 de la CABA, la Ley 7 de la CABA

y la Res. CM N° 152/99 y sus modificatorias y;

CONSIDERANDO:

Que el art. 116 inc. 3 de la Constitución de la Ciudad establece como función de este

Consejo de la Magistratura dictar los reglamentos internos del Poder Judicial -excluido

el Tribunal de Justicia-.

Que, asimismo, la ley Orgánica del Consejo de la Magistratura (Ley 31, art. 2, inc. 3)

establece las atribuciones y competencias del Consejo de la Magistratura "Dictar su

reglamento interno, y los reglamentos internos del Poder Judicial (...)"; y en el art. 20

inc. 3 de la mencionada ley orgánica prescribe las facultades del Plenario del Consejo

"Dictar su propio reglamento interno y del Poder Judicial (...)".

Que, por su parte, la ley Orgánica del Poder Judicial prevé la integración de las

Cámaras y establece:"(...) que se dividen en salas. Designan su presidente o

presidenta y uno o más vicepresidentes o vicepresidentas, que distribuyen sus

funciones en la forma que lo determinen las reglamentaciones que se dicten" (Ley 7,

en su art. 27).

Que por Res. 152/99 y modificatorias se aprobó el Reglamento General de

Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

Que la resolución mencionada en su art. 1.25 dispone: "El Consejo de la Magistratura

dicta los reglamentos internos para cada organismo y para cada Fuero, así como sus

respectivas modificaciones, teniendo en cuenta los proyectos que elabore la Cámara

correspondiente, con arreglo al presente reglamento" (Capitulo III referente a su

organización y funcionamiento).

Que, a su vez, en el artículo 1.26 prevé la designación del Presidente de las Cámaras

de Apelaciones, disponiendo que "Las Cámaras de Apelaciones designan anualmente,

por sorteo y en forma rotativa, un Presidente y el orden de su reemplazo".

Que, asimismo, el artículo 1.28 dispone con relación a la designación del Presidente

de cada Sala que "Cada Sala designa anualmente, por sorteo y en forma rotativa, un

Presidente y el orden de su reemplazo".

Que en ejercicio de las mencionadas facultades reglamentarias, corresponde adecuar

los artículos 1.26 y 1.28 (Res. CM n° 152/99) dándole una nueva redacción de forma

tal que tanto la Cámara como las Salas designen sus autoridades mediante el voto de

los integrantes, sin perjuicio de mantener la vigencia de la Res. CM N° 1050/10,

rectificada mediante Res. Pres. N° 177/10 y Res. CM N° 1077/10 y su modificatoria

(Res. CM N° 151/11).

Que la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política

Judicial emitió el Dictamen CFIPEyPJ N° 23/12 proponiendo al Plenario la modificación

de los artículos precedentemente citados.

Que, asimismo, los Sres. miembros de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso

Administrativo y Tributario hicieron llegar una serie de observaciones el proyecto de

referencia, las que a juicio del Plenario resultan pertinentes.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 116 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 31 y sus modificatorias.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1: Modificar el artículo 1.26 del Reglamento General de Organización y

Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad el que quedará redactado de la

siguiente manera: "Las Cámaras de Apelaciones designan a su Presidente y

Vicepresidente, mediante el voto de todos los integrantes de las Salas que la

componen. El plazo de duración de la Presidencia y Vicepresidencia de la Cámara es

de un (1) año; pudiendo ser reelecto por una vez. Para ulteriores reelecciones

sucesivas se requerirá el voto de los dos tercios del total de los miembros de la

Cámara. No pueden ejercerse simultáneamente la Presidencia y Vicepresidencia de la

Cámara y de cualquiera de sus Salas".

Art. 2°: Modificar el artículo 1.28 del Reglamento General de Organización y

Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad el que quedará redactado de la

siguiente manera: "Cada Sala designa anualmente a su Presidente y el orden de su

reemplazo de forma rotativa entre sus integrantes".

Art. 3: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de internet del Poder

Judicial, comuníquese a todas las dependencias jurisdiccionales y, oportunamente,

archívese. Candarle - Olmos

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 478-CMCABA-12 modifica el artículo 1.26 y el artículo 1.26 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad, aprobado por el Anexo de la Res. 152-CMCABA-99.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 157-CMCABA-14, modifica el artículo 1.28 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad, conforme texto del artículo 2 de la Resolución 478-MCABA-2012.</p>