RESOLUCIÓN 157 2014 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICA REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO - PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD - RESOLUCIÓN CM  478-2012 - RES CM-152-99 - EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DICTA LOS REGLAMENTOS INTERNOS PARA CADA ORGANISMO Y PARA CADA FUERO ASÍ COMO SUS RESPECTIVAS MODIFICACIONES TENIENDO EN CUENTA LOS PROYECTOS QUE ELABORE LA CÁMARA CORRESPONDIENTE CON ARREGLO AL PRESENTE REGLAMENTO - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Publicación:

09/12/2014

Sanción:

01/12/2014

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

El artículo 116 de la Constitución de la CABA, las Leyes Nros. 7 y 31, la Res. CM N°

152/99 y su modificatoria Res. CM N° 478/2012 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 116, inciso 3, de la Constitución de la Ciudad establece como función

de este Consejo de la Magistratura dictar los reglamentos internos del Poder Judicial -

excluido el Tribunal de Justicia-.

Que, asimismo, la ley Orgánica del Consejo de la Magistratura (Ley 31, artículo 2°,

inciso 3) establece las atribuciones y competencias del Consejo de la Magistratura

"Dictar su reglamento interno, y los reglamentos internos del Poder Judicial (...)"; y en

el artículo 20 inciso 3 de la mencionada ley orgánica prescribe las facultades del

Plenario del Consejo "Dictar su propio reglamento interno y del Poder Judicial (...)".

Que, por su parte, la ley Orgánica del Poder Judicial prevé la integración de las

Cámaras y establece:"(...) que se dividen en salas. Designan su presidente o

presidenta y uno o más vicepresidentes o vicepresidentas, que distribuyen sus

funciones en la forma que lo determinen las reglamentaciones que se dicten" (Ley 7,

en su artículo 27).

Que en ejercicio de las facultades así reseñadas, por Resolución CM N° 152/99, se

aprobó el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que dicha resolución, en su art. 1.25, dispone: "El Consejo de la Magistratura dicta los

reglamentos internos para cada organismo y para cada Fuero, así como sus

respectivas modificaciones, teniendo en cuenta los proyectos que elabore la Cámara

correspondiente, con arreglo al presente reglamento" (Capitulo III referente a su

organización y funcionamiento).

Que con posterioridad a ello, por conducto del artículo 2° de la Res. CM N° 478/2012,

se modificó el artículo 1.28 del Reglamento General referido, el que quedó redactado

de la siguiente manera: "Cada Sala designa anualmente a su Presidente y el orden de

su reemplazo de forma rotativa entre sus integrantes".

Que al respecto, mediante el Acuerdo N° 4/2014, de fecha 12 de noviembre ppdo., los

Sres. Jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y

Tributario requirieron a este Consejo la modificación del artículo 2° mencionado en el

considerando anterior, en cuanto a que la "elección del/la presidente/a se realice

mediante votación mayoritaria de los Sres. Camaristas integrantes de cada Sala,

eliminándose la frase "en forma rotativa".

Que en virtud de ello, y en ejercicio de las mencionadas facultades reglamentarias,

corresponde adecuar el artículo 1.28 del Reglamento General de Organización y

Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que fuera

modificado por el artículo 2° de la Res. CM N° 478/2012, con el alcance requerido por

la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 31 y sus modificatorias.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Modificar el artículo 1.28 del Reglamento General de Organización y

Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad (texto conforme artículo 2° de la Res.

CM N° 478/2012), el que quedará redactado de la siguiente manera: "Cada Sala

designa anualmente a su Presidente y el orden de su reemplazo, mediante votación

mayoritaria, entre sus integrantes".

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelaciones

en lo Contencioso Administrativo y Tributario, publíquese en el Boletín Oficial y en la

página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias

jurisdiccionales y, oportunamente, archívese. Enríquez - Olmos

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 157-CMCABA-14, modifica el artículo 1.28 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad, conforme texto del artículo 2 de la Resolución 478-MCABA-2012.</p>