DECRETO 538 2012
Síntesis:
OTORGA PREMIOS - LIII SALÓN ANULA DE MANCHAS - SELECCIÓN DE OBRAS - CONVALIDA ACTUACIÓN MIEMBROS DEL JURADO INTERVINIENTE
Publicación:
27/11/2012
Sanción:
13/11/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Expediente N° 2.104.956/11, la Ordenanza N° 36.689 y el Decreto N° 975/95, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha actuación la Dirección General de Museos tramita la solicitud
interpuesta por la Dirección del Museo de Artes Plásticas "Eduardo Sívori", respecto
del otorgamiento de los premios correspondientes al LIII Salón Anual de Manchas de
la Ciudad de Buenos Aires 2010, cuyos montos fueron fijados por Decreto N° 975/95;
Que es necesario ratificar la actuación de los miembros del jurado interviniente en la
selección de las obras presentadas en el Salón de referencia;
Que resulta procedente disponer el pago de los honorarios de dicho jurado, así como
también adjudicar los citados premios de acuerdo con lo establecido en el Título II,
Capítulo II, Artículos 63 y 75 de la Ordenanza N° 36.689.
Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Convalídase la actuación de los miembros del jurado interviniente en la
selección de las obras presentadas en el LIII Salón Anual de Manchas de la Ciudad de
Buenos Aires 2010, integrado por las siguientes personas:
MARCELO MIGUEL MALAGAMBA
CUIT 20-11266570-7
CARLOS ANDRÉS SCANNAPIECO
CUIT 20-04307916-7
NESTOR ALEJANDRO GOYANES
CUIT 23-13432959-9
MÓNICA BEATRIZ CAPUTO
CUIT 27-06409183-8
MARÍA AGUSTINA ABADIA
CUIT 27-20914641-5
Artículo 2°.- Otórganse los premios establecidos por el Artículo 63 de la Ordenanza N°
36.689 correspondientes a las obras presentadas en el LIII Salón Anual de Manchas
de la Ciudad de Buenos Aires 2010, a las personas que a continuación se mencionan,
por Acta N° 1/11, cuya fotocopia autenticada pasa a formar parte, como Anexo, del
presente Decreto:
PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS NOVECIENTOS ($ 900) a la obra N° 32 de
Mario Lisandro Díaz, CUIT 20-30743447-5.
SEGUNDO PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($
450) a la obra N° 39 de María Cecilia Novello, CUIT 27-27703573-7.
TERCER PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS DOSCIENTOS SETENTA ($ 270) a la obra
N° 07 de Rubén Tulio García, CUIT 20-04319530-2.
PREMIOS ESTÍMULO: PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO ($ 135) a cada una de
las obras y artistas que a continuación se detallan:
Obra N° 08 de Patricia Carabajal
CUIT 27-14321436-8
Obra N° 70 de Agustín Julián Blacha
CUIT 20-30448490-0
Obra N° 16 de Luis Osvaldo Marzon
CUIT 20-04404596-7
Obra N° 10 de María Cristina Escobar
CUIT 27-20154238-9
Obra N° 15 de Sergio Martín Braga
CUIT 20-32654352-8
Obra N° 16 de Silvia Mónica Manzur
CUIT 27-17097249-5
Obra N° 39 de Jorge Wenceslao Kagel
CUIT 20-04369613-1
Obra N° 08 de Miguel Ángel Sierra
CUIT 23-04295739-9
Obra N° 38 de Jazmín Viviana Musico
CUIT 27-32948256-7
Obra N° 45 de Zulma Amanda Caporale
CUIT 27-10478379-7
Artículo 3°.- Páguese a cada una de las personas mencionadas en el articulo primero
la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250) por su intervención como
jurados en el concurso de que se trata.
Artículo 4°.- Páguense a las personas mencionadas en el artículo segundo las sumas
que en cada caso se indican.
Artículo 5°.- El monto total a abonar, que asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL
DOSCIENTOS VEINTE ($ 4.220), será imputado a la partida respectiva del
presupuesto en vigor.
Artículo 6°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir la erogación de
que se trata en una orden general de pago.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y
de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 8°.- Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y pase a la Secretaría de Comunicación Social para su publicidad en los medios
de comunicación masiva y, previo conocimiento de la Dirección General de Museos,
pase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, las cuales
desglosarán fotocopias autenticadas del presente Decreto, que a tal efecto se
acompañan. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta a/c
ANEXOS