DECRETO 538 2012

Síntesis:

OTORGA PREMIOS - LIII SALÓN ANULA DE MANCHAS - SELECCIÓN DE OBRAS - CONVALIDA ACTUACIÓN MIEMBROS DEL JURADO INTERVINIENTE

Publicación:

27/11/2012

Sanción:

13/11/2012

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

El Expediente N° 2.104.956/11, la Ordenanza N° 36.689 y el Decreto N° 975/95, y

CONSIDERANDO:

Que mediante dicha actuación la Dirección General de Museos tramita la solicitud

interpuesta por la Dirección del Museo de Artes Plásticas "Eduardo Sívori", respecto

del otorgamiento de los premios correspondientes al LIII Salón Anual de Manchas de

la Ciudad de Buenos Aires 2010, cuyos montos fueron fijados por Decreto N° 975/95;

Que es necesario ratificar la actuación de los miembros del jurado interviniente en la

selección de las obras presentadas en el Salón de referencia;

Que resulta procedente disponer el pago de los honorarios de dicho jurado, así como

también adjudicar los citados premios de acuerdo con lo establecido en el Título II,

Capítulo II, Artículos 63 y 75 de la Ordenanza N° 36.689.

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Convalídase la actuación de los miembros del jurado interviniente en la

selección de las obras presentadas en el LIII Salón Anual de Manchas de la Ciudad de

Buenos Aires 2010, integrado por las siguientes personas:

MARCELO MIGUEL MALAGAMBA

CUIT 20-11266570-7

CARLOS ANDRÉS SCANNAPIECO

CUIT 20-04307916-7

NESTOR ALEJANDRO GOYANES

CUIT 23-13432959-9

MÓNICA BEATRIZ CAPUTO

CUIT 27-06409183-8

MARÍA AGUSTINA ABADIA

CUIT 27-20914641-5

Artículo 2°.- Otórganse los premios establecidos por el Artículo 63 de la Ordenanza N°

36.689 correspondientes a las obras presentadas en el LIII Salón Anual de Manchas

de la Ciudad de Buenos Aires 2010, a las personas que a continuación se mencionan,

por Acta N° 1/11, cuya fotocopia autenticada pasa a formar parte, como Anexo, del

presente Decreto:

PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS NOVECIENTOS ($ 900) a la obra N° 32 de

Mario Lisandro Díaz, CUIT 20-30743447-5.

SEGUNDO PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($

450) a la obra N° 39 de María Cecilia Novello, CUIT 27-27703573-7.

TERCER PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS DOSCIENTOS SETENTA ($ 270) a la obra

N° 07 de Rubén Tulio García, CUIT 20-04319530-2.

PREMIOS ESTÍMULO: PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO ($ 135) a cada una de

las obras y artistas que a continuación se detallan:

Obra N° 08 de Patricia Carabajal

CUIT 27-14321436-8

Obra N° 70 de Agustín Julián Blacha

CUIT 20-30448490-0

Obra N° 16 de Luis Osvaldo Marzon

CUIT 20-04404596-7

Obra N° 10 de María Cristina Escobar

CUIT 27-20154238-9

Obra N° 15 de Sergio Martín Braga

CUIT 20-32654352-8

Obra N° 16 de Silvia Mónica Manzur

CUIT 27-17097249-5

Obra N° 39 de Jorge Wenceslao Kagel

CUIT 20-04369613-1

Obra N° 08 de Miguel Ángel Sierra

CUIT 23-04295739-9

Obra N° 38 de Jazmín Viviana Musico

CUIT 27-32948256-7

Obra N° 45 de Zulma Amanda Caporale

CUIT 27-10478379-7

Artículo 3°.- Páguese a cada una de las personas mencionadas en el articulo primero

la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250) por su intervención como

jurados en el concurso de que se trata.

Artículo 4°.- Páguense a las personas mencionadas en el artículo segundo las sumas

que en cada caso se indican.

Artículo 5°.- El monto total a abonar, que asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL

DOSCIENTOS VEINTE ($ 4.220), será imputado a la partida respectiva del

presupuesto en vigor.

Artículo 6°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir la erogación de

que se trata en una orden general de pago.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y

de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y pase a la Secretaría de Comunicación Social para su publicidad en los medios

de comunicación masiva y, previo conocimiento de la Dirección General de Museos,

pase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, las cuales

desglosarán fotocopias autenticadas del presente Decreto, que a tal efecto se

acompañan. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta a/c


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4043

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Dto 538-12 otorga premios LIII salón Anual de Manchas selección de obras Convalida miembros del jurado en el marco del art 63 Ordenanza 36689
INTEGRA
Dto 538-12 otorga premios correspondientes a las obras presentadas en el LIII Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires 2010 en el marco del Dec. 538-12