RESOLUCIÓN 868 2012 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Síntesis:
CONVOCA CONCURSO - PROYECTOS PROGRAMA SECTORIAL DE INTERNACIONALIZACIÓN DE EMPRESAS - PROGRAMA RED INSTITUCIONAL DE APOYO A MIPYMES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PARTICIPACIÓN INSTITUCIONES GREMIALES - EMPRESARIALES - SECTORIALES E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO - INSCRIPCIÓN EN REGISTRO - SELECCIONADAS PLAN DE INTERNACIONALIZACIÓN DEL SECTOR AL QUE REPRESENTAN - PRINCIPAL BENEFICIARIO DE LAS ACTIVIDADES QUE EFECTUEN EMPRESAS CON ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AUTORIDAD DE APLICACIÓN MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - PLAZO DE PRESENTACIÓN - APRUEBA ANEXOS I - II -FORMULARIOS 1 Y 2 - III Y IV
Publicación:
27/11/2012
Sanción:
21/11/2012
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
VISTO:
Los Decretos N° 923/05, 236/12 y sus modificatorias, el Expediente N° 1.579.043/12, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 923/05 se creó en el ámbito de la ex-Secretaría de Producción,
Turismo y Desarrollo Sustentable, el Programa Red Institucional de Apoyo a Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
con el objeto de contribuir a la mejora de la competitividad de esa clase de
emprendimientos a través del fortalecimiento de su interacción con las Organizaciones
y Entidades No Gubernamentales, que podrán ser de carácter privado sin fines de
lucro o mixto, especializadas en suministrarles servicios de apoyo;
Que en lo atinente a la instrumentación del Programa en cuestión, el mencionado
Decreto N° 923/05 asignó a la ex-Subsecretaría de Producción, hoy Subsecretaría de
Desarrollo Económico, la calidad de Autoridad de Aplicación;
Que la Ley N° 4.013 estableció entre las responsabilidades primarias del Ministerio de
Desarrollo Económico las de: "Elaborar políticas e instrumentar proyectos y programas
orientados al desarrollo, promoción y fomento de las actividades comerciales,
industriales y de servicios con énfasis en la generación de empleo y en la promoción
de pequeñas y medianas empresas" y "promover y fomentar la actividad exportadora e
importadora de las empresas residentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, así como las inversiones privadas";
Que el Decreto N° 236/12 modificó la estructura organizativa del Ministerio de
Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciendo entre las responsabilidades primarias de la Dirección General de
Comercio Exterior, la de: "Diseñar y ejecutar políticas destinadas a desarrollar ventajas
competitivas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de comercio exterior
en coordinación con la Subsecretaría de Desarrollo Económico";
Que en virtud de lo expuesto y a los fines de llevar adelante el proceso convocado en
el marco del citado Programa, este Ministerio se avoca la calidad de Autoridad de
Aplicación con los alcances que precisa el ya referido Decreto y encomienda el
carácter de Unidad Ejecutora a la Dirección General de Comercio Exterior, teniendo en
cuenta que la convocatoria se relaciona en forma directa con sus objetivos y
responsabilidades;
Que por lo tanto, se propicia la convocatoria a un concurso que tiene por objetivo
brindar apoyo a las MIPyMEs de la Ciudad en sus actividades de comercio exterior,
fortalecer el plan de promoción de exportaciones y acceso a nuevos mercados, así
como también impulsar una mejora continua, debiendo las mismas adecuar los
proyectos que se presenten a lo establecido en la presente, así como encontrarse
inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad, que
funciona en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Económico dependiente de
este Ministerio;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le corresponde en virtud de lo establecido en la Ley 1.218.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Convócase al Concurso de Proyectos "Programa Sectorial de
Internacionalización de Empresas", en el marco del Programa "Red Institucional de
Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" creado por el Decreto N°
923/05.
Artículo 2.- Establécese que podrán participar de este Concurso las instituciones
gremiales empresarias, sectoriales y otras instituciones sin fines de lucro. Las mismas
deberán previamente estar inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a
MIPyMES que funciona en el ámbito de la Subsecretaria de Desarrollo Económico.
Las que resulten seleccionadas llevarán a cabo un plan de internacionalización del
sector al que representan, teniendo como principal beneficiario de las actividades que
realicen, a las empresas con actividad productiva en el ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Artículo 3.- Las entidades que resulten ganadoras accederán a un aporte no
reembolsable destinado a subsidiar la implementación de la propuesta efectuada, de
acuerdo con las pautas, montos y metodología de desembolsos aprobadas a tal
efecto.
Artículo 4.- Establécese que el Ministerio de Desarrollo Económico actuará como
Autoridad de Aplicación de la presente convocatoria y que, en tal calidad, tendrá a su
cargo:
a) Aprobar los proyectos que resulten beneficiarios del Concurso.
b) Resolver, rescindir o modificar las condiciones pactadas con quienes resulten
beneficiarios, en caso de incumplimiento por parte de los mismos.
c) Resolver toda cuestión imprevista no contemplada en la presente normativa.
Artículo 5.- Desígnase a la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de
Desarrollo Económico la calidad de Unidad Ejecutora del presente concurso, teniendo
a su cargo en tal carácter:
a) Recibir las propuestas técnicas de las entidades y organizaciones participantes del
concurso.
b) Evaluar las propuestas técnicas y los antecedentes de las entidades participantes.
c) Elaborar un informe del resultado de las evaluaciones efectuadas y recomendar a la
autoridad de aplicación el otorgamiento del beneficio en los casos que corresponda.
d) Dar publicidad a los ganadores del concurso a la finalización del proceso de
evaluación de las propuestas técnicas.
e) Suscribir las Actas Acuerdo que forman parte de la presente como Anexo IV, y cuyo
modelo es aprobado por el artículo 8° del presente.
f) Efectuar el seguimiento, control y auditoría de las propuestas seleccionadas.
g) Aprobar las rendiciones de cuentas de los aportes no reembolsables.
h) Autorizar la devolución del seguro de caución al que hace referencia el Anexo I de
la presente Resolución o, por el contrario, disponer el inicio del trámite de ejecución de
la caución en caso de incumplimiento fundado.
i) Dictar Disposiciones de detalle que fueren necesarias para el cumplimiento de las
funciones enumeradas precedentemente.
Artículo 6.- Destínase a este concurso la suma de pesos ciento cuarenta mil
($ 140.000), los que serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente del
presupuesto en vigor.
Artículo 7.- Establécese que el plazo para la presentación de las propuestas técnicas
de las entidades será de doce (12) días hábiles desde el día de la publicación de la
presente Resolución conforme lo dispuesto en el artículo 9° hasta las 15 hs en la Mesa
de Entradas de la Dirección General de Comercio Exterior, sita en Algarrobo 1041 -
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 8.- Apruébanse los Anexos I, II (Formularios 1 y 2), III y IV, que a todos los
efectos forman parte integrante de la presente y que deberán ser cumplimentados por
las entidades u organizaciones sin fines de lucro interesadas, bajo apercibimiento de
ser desestimada la respectiva participación o dar por rescindido el correspondiente
vínculo.
Artículo 9.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Comercio Exterior y a
las Direcciones Generales Contaduría y Tesorería del Ministerio de Hacienda.
Cumplido, archívese. Cabrera
ANEXOS