RESOLUCIÓN 388 2012 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

INCORPORAN AL MÓDULO GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES - GEDO - SADE - CONSTANCIAS DE CUIT - CUIL - CERTIFICADO MÉDICO - CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES - PARTIDA DE NACIMIENTO - DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD - PARTIDA DE DEFUNCIÓN - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Publicación:

03/12/2012

Sanción:

30/11/2012

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley N° 3.304; los Decretos Nros. 589/09 y N° 196/11, las Resoluciones Nros. 96-

SECLyT/09, N° 138-SECLyT/10, N° 1-SECLyT/11 y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este

Gobierno ha incorporado diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y

procedimientos de la Administración;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos

-SADE-;

Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas

reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y

funcionamiento del SADE y sus actuaciones;

Que en consecuencia, por Resolución N° 96-SECLyT/09 y luego por Resolución N°

138-SECLyT/10 se modificó el Reglamento para el Inicio, ordenamiento, registro y

circulación de expedientes y actuaciones administrativas;

Que dichos Reglamentos definieron los tipos de documentación administrativa que

utiliza la Administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo, entre

expedientes y actuaciones administrativas;

Que, según la Resolución N° 138-SECLyT/10, constituye "documento: (la) entidad

identificada y estructurada que comprende texto, gráficos, sonido, imágenes o

cualquier clase de información inherente a los procesos administrativos";

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

entre las actividades a desarrollar determinó la implementación del: "Documento

Electrónico: Propiciar la utilización de documentos administrativos electrónicos

firmados digital o electrónicamente";

Que por Resolución N° 1-SECLyT/11 se aprobó el Reglamento para la Generación de

Documentos Electrónicos Oficiales-GEDO-;

Que, el artículo 3° estableció que "...los Documentos Electrónicos Oficiales generados

en -GEDO-son encriptados mediante tecnología de firma digital, utilizando

identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio único de imágenes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.";

Que asimismo, el artículo 4° de la citada Resolución, estableció que: "...las especies y

subespecies de documentos iniciados en el Módulo "GEDO" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos serán definidos por la Secretaría Legal y

Técnica, conforme la incorporación de las nuevas herramientas de tecnología de firma

digital al sistema previsto en el Decreto N° 765/10";

Que actualmente se utiliza el Generador de Documentos Electrónicos Oficiales

-GEDO-del SADE para la creación de informes, providencias, disposiciones,

dictámenes, actas, convenios, declaraciones juradas, solicitudes de permisos,

pronunciamientos aperturas, pronunciamientos cortes calzadas, notificaciones,

grabación de imagen y/o sonido, proyecto de decreto y decreto firma ológrafa, entre

otros;

Que por Decreto N° 196/11 se implementó el Expediente Electrónico en los términos

de la Ley de Modernización;

Que atento el avance en la incorporación de trámites al Expediente Electrónico, resulta

necesario crear nuevos documentos electrónicos que deberán utilizarse en las

distintas gestiones ante el Gobierno de la Ciudad tales como: Constancia CUIT/CUIL,

Certificado Médico, Certificado Reincidencia, Partida de Nacimiento, Documento Único

de Identidad y Partida de Defunción.

Por ello y en uso de facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorpórense al Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales

-GEDO-del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), los

siguientes documentos electrónicos:

- Constancia CUIT: documento expedido por la Administración Federal de Ingresos

Públicos que se utiliza para identificar inequívocamente a las personas físicas o

jurídicas autónomas.

- Constancia CUIL: documento expedido por la Administración Nacional de la

Seguridad Social que se utiliza para identificar inequívocamente a las personas de

existencia visible bajo relación de dependencia.

- Certificado Médico: documento expedido por un médico, mediante el cual se deja

constancia o se emite opinión profesional del estado de salud, presente y/o pasado, de

un paciente.

- Certificado de Antecedentes Penales: documento expedido por el Registro Nacional

de Reincidencia que certifica la existencia o ausencia de antecedentes penales.

- Partida de Nacimiento: documento expedido por el Registro del Estado Civil y

Capacidad de las Personas mediante el cual se acredita el nacimiento de una persona.

- Documento Nacional de Identidad: documento expedido por el Registro Nacional de

las Personas que acredita la identidad de las personas de existencia visible.

- Partida de Defunción: documento expedido por el Registro del Estado Civil y

Capacidad de las Personas a través del cual se acredita el fallecimiento de una

persona.

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a todos las Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes

Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel, a la Procuración General, a la

Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás

efectos, remítase a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo.

Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Res 388-SECLYT-12, que por Resolución 1-SECLyT-11 se aprobó el Reglamento para la Generación deDocumentos Electrónicos Oficiales-GEDO-</p>