DECRETO 587 2012
Síntesis:
RATIFICACIÓN DE CONVENIO DE PERMISO DE USO PRECARIO Y GRATUITO - EMPRESA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS JUAN B JUSTO SATCI - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - LÍNEA DE COLECTIVO 34 - BAJO TRAZA DE AUTOPISTA PERITO MORENO AU 6 ENTRE GALLARDO Y MADERO - PROYECTO DEL CORREDOR MODELO BRT JUAN B JUSTO - RED PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO MASIVO POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS DENOMINADO METROBUS DE BUENOS AIRES (MBA) - 3RT-BUS RAPID TRANSIT O METROBUS - GUARDA Y ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS ARTICULADOS DE GRAN PORTE - ESTACIONAMIENTO DE COLECTIVOS - TERMINAL
Publicación:
17/12/2012
Sanción:
11/12/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.992, 3.381, 3.399, 4.013, los Decretos Nros. 2201/98,1.721/04,
447/08, 615/08, 1.070/09, 660/11, la Resolución N° 64-SSTRANS-11 y el Expediente
N° 376110/2010, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la actuación administrativa señalada en el Visto, tramita la ratificación
del Convenio suscripto por el arquitecto Gustavo Daniel Chaín, titular del Ministerio de
Desarrollo Urbano y por el señor Bernardo Miguel Joga, presidente de la empresa de
transporte automotor de pasajeros "JUAN B. JUSTO S.A.T.C.I." (explotante de la
Línea 34), por medio del cual se otorga a la mencionada empresa, un Permiso de Uso
Precario y Gratuito, respecto del predio ubicado bajo la traza de la Autopista Perito
Moreno (AU -6), entre las calles Gallardo y Madero de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en función de resultar ello necesario, en el marco de la implementación de la
operación del Proyecto del Corredor Modelo "BRT JUAN B. JUSTO";
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 5° del Decreto N° 1721/04 se otorgó a la
empresa Autopistas Urbanas S.A. la explotación por sí o por terceros de los espacios
genéricamente denominados bajos de autopista y remanentes de expropiación
correspondientes a la red concesionada;
Que por Decreto N° 447/08, se revocó dicho otorgamiento, confiriéndose la
administración y explotación de los espacios denominados bajos de autopista a la
Dirección General de Concesiones, sucediendo como parte concedente en todos los
contratos que hubiere firmado Autopistas Urbanas S.A. en el marco de la norma
aludida;
Que a través de la Escritura Pública N° 48 Folio 102, de fecha 27 de abril de 2010, se
hizo entrega del predio ubicado bajo la Autopista Perito Moreno (AU-6), entre la
intersección de las calles Gallardo y Madero de esta Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, designado catastralmente bajo la siguiente nomenclatura: Circunscripción 1,
Sección 95, Manzanas 18 y 19, a la Dirección General de Concesiones;
Que la mencionada Dirección General en ese mismo acto, hizo entrega de dicho
predio a la Dirección General de Administración de Bienes, de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto N° 2201/98. Asimismo, la mentada Dirección General de
Bienes, procedió a transferir la tenencia del predio a la Subsecretaría de Transporte
dependiente por entonces del Ministerio de Desarrollo Urbano, a los fines de dar
cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 2.992 y en el Convenio Marco de
Colaboración para la implementación del Corredor Modelo de Transporte Masivo de
Pasajeros "BRT JUAN B. JUSTO" celebrado con la Secretaría de Transporte del
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación el 25 de
noviembre de 2009, ratificado por el Decreto N° 1070/09, y aprobado por la Ley N°
3.381;
Que la Ley N° 2.992 establece la implementación de un sistema de tránsito rápido,
diferenciado y en red para el transporte público masivo por automotor de pasajeros
denominado METROBUS DE BUENOS AIRES (MBA) y conocido mundialmente como
3RT-Bus Rapid Transit o Metrobus, en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el artículo 14 de la mencionada Ley N° 2.992 faculta al Poder Ejecutivo a crear las
líneas o rutas del transporte necesarias para consolidar el sistema, procurando, no
obstante, la continuidad operativa de las prestadoras históricas;
Que la empresa de transporte automotor de pasajeros JUAN B. JUSTO S.AT.C.I.
(explotante de la Línea 34) cubre la traza del eje del Corredor Modelo del METROBUS
DE BUENOS AIRES, según lo dispuesto en el artículo 11 segundo párrafo de la Ley
N° 2.992, y conforme a lo acordado en el Convenio celebrado con la Secretaría de
Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la
Nación, ratificado por el Decreto N° 1.070/09;
Que mediante la Resolución N° 64/SSTRANS/11, se implementó el mentado Corredor
Modelo del METROBUS DE BUENOS AIRES en los carriles construidos en la franja
central de la Avenida Juan B. Justo;
Que la empresa explotante de la Línea 34, se comprometió en el marco de la
implementación del la Ley N° 2.992 a efectuar importantes inversiones, las cuales se
encuentran descriptas en el mentado Convenio, que se ratifica por el presente
Decreto;
Que corresponde destacar, que el predio objeto del Convenio es un bien de dominio
público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en tal sentido, todo "...lo atinente al
otorgamiento de "permisos" de uso sobre dependencias dominicales, en principio
general, no pertenece a la actividad reglada de la Administración. Al contrario, por
principio general, pertenece al ámbito de la "actividad discrecional" de ella. De ahí que
la Administración Pública no esté obligada a otorgar los permisos de uso que se le
soliciten. El otorgamiento de dichos permisos depende de la "discrecionalidad"
administrativa, pues la Administración hallase habilitada para apreciar si el permiso
que se pide está o no de acuerdo con el interés público" (Conf. Marienhoff Miguel S.
"Tratado del Dominio Público", Editorial TEA año 1960 pags. 331 y ss);
Que el Convenio ha sido suscripto -ad referéndum de la aprobación por parte del
señor Jefe de Gobierno-por el señor Ministro de Desarrollo Urbano, en representación
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso de las atribuciones
otorgadas durante la vigencia de la Ley N° 2.506, dentro del marco de las facultades
conferidas por el Decreto N° 615-GCBA-08;
Que la Ley N° 4.013 aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 660/11 aprobó la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de
Transporte bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, en atención a lo expuesto, procede ratificar el convenio de marras;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención
que le compete de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratifícase el Convenio de Permiso de Uso Precario y Gratuito suscripto
entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor
Ministro de Desarrollo Urbano, arquitecto Daniel Chain y la empresa de transporte automotor de pasajeros "JUAN B. JUSTO S.A.T.C.I." (explotante de la Línea 34)
representada por su presidente, señor Bernardo Miguel Joga, L.E. N° 4.549.561, con
relación al espacio de dominio público sito bajo la proyección del trazado de la
Autopista Perito Moreno (AU-6) entre las calles Gallardo y Madero, identificado
catastralmente como Circunscripción 1, Sección 95, Manzanas18 y 19, que en copia
certificada obra como Anexo 1, y forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, notifíquese a la empresa de transporte automotor de pasajeros JUAN B. JUSTO
S.A.T.C.I., comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Subsecretaría de Transporte, a la Dirección
General Administración de Bienes, y para su conocimiento y demás efectos, remítase
a la Dirección General de Transporte. Cumplido, archívese. MACRI - Chaín -
Rodríguez Larreta
ANEXOS