DECRETO 590 2012
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA - ÁREA JEFE DE GOBIERNO - MODIFICA DENOMINACIONES - SUBSECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN, DESCONCENTRACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - DIRECCIÓN GENERAL PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - DIRECCIÓN GENERAL DESCENTRALIZACIÓN COMUNAL - DIRECCIÓN GENERAL SERVICIOS DESCONCENTRADOS Y MANTENIMIENTO EDILICIO - APRUEBA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - MODIFICA ANEXOS
Publicación:
19/12/2012
Sanción:
12/12/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 1.777 y 4.013, los Decretos Nros. 684/09, 376/11, 660/11 y
modificatorios y 150/12, el Expediente N° 94.114/2012, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes
mencionados;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más
altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires contemplándose entre las Secretarías del Poder Ejecutivo, a la
Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana;
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel Dirección General;
Que mediante Decreto N° 150/12, se modificó la estructura organizativa de la
Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, aprobándose la estructura
correspondiente al Régimen Gerencial de la citada Secretaría, quedando modificado
parcialmente el Decreto N° 660/11;
Que, en base a la experiencia recogida desde la creación de la Secretaría de Gestión
Comunal y Atención Ciudadana, y dadas sus funciones asignadas en el diseño y
ejecución de las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley
N° 1.777, y con el objetivo de fortalecer aquellas unidades organizativas encargadas
de los procesos de transferencia de las competencias exclusivas y concurrentes
asignadas a las Comunas por la citada Ley, se estima pertinente modificar la
denominación y Responsabilidades Primarias de la Subsecretaría de
Descentralización y Participación Ciudadana, y de la Dirección General Coordinación
Comunal y Participación Ciudadana;
Que en este mismo sentido, y con la intención de contar con una instancia organizativa
adecuada, para gestionar los procesos de descentralización de las competencias
exclusivas y concurrentes contenidas en la Ley N° 1.777, se estima conveniente la
creación de la Dirección General Descentralización Comunal;
Que asimismo, y como respuesta al crecimiento en el proceso de desconcentración de
los servicios prestados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
sus sedes comunales, y para brindar en forma centralizada soporte administrativo y
operativo a las áreas de Gobierno que actúan en las mismas, resulta pertinente crear
la Dirección General Servicios Desconcentrados y Mantenimiento Edilicio,
Que atento lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura organizativa
de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, quedando en tal sentido
modificado parcialmente el Decreto N° 660/11.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase parcialmente a partir del 1° de diciembre .del 2012, la
estructura organizativa de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente
el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II
(Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos), los que a todos sus efectos
forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Descentralización y
Participación Ciudadana, la que pasará a denominarse Subsecretaría de
Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana, de la Secretaría de
Gestión Comunal y Atención Ciudadana.
Artículo 3°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Coordinación
Comunal y Participación Ciudadana, la que pasará a denominarse Dirección General
Participación Ciudadana, dependiente de la Subsecretaría de Descentralización,
Desconcentración y Participación Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y
Atención Ciudadana.
Artículo 4°.- Créase la Dirección General Descentralización Comunal, dependiente de
la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana,
de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.
Artículo 5°.- Créase la Dirección General Servicios Desconcentrados y Mantenimiento
Edilicio, dependiente de la Subsecretaría de Descentralización , Desconcentración y
Participación Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.
Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización
y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 8°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de
Hacienda, y de Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales y Operaciones y
Tecnología del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Cumplido,
archívese. MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4059