Buenos Aires, 26 de diciembre de 2012
En uso de las atribucionesconferidas por el Art. 102 de la Constitución de
la Ciudad Autónoma de BuenosAires, promúlgase la Ley N°4472, sancionada por laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 19 dediciembre de 2012. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,gírese copia a laSecretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección Generalde Asuntos Legislativos; comuníquese al Banco Ciudad de Buenos Aires y a la Empresa Subterráneosde Buenos Aires S.E. y para notificación y demás efectos, remítase alMinisterio de Desarrollo Urbano, quien arbitrará las medidas necesarias
para notificar a la empresa concesionaria y a los organismos nacionales
correspondientes, a
la Administración Gubernamental
de Ingresos Públicos y a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Crédito Público.
El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Urbano, de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. MACRI - Chaín - Grindetti - Rodríguez Larreta