En uso de las facultadesconferidas por el artículo 102 de la Constitución de
la Ciudad Autónoma de BuenosAires, promúlgase la Ley N°4.386, sancionada por la Legislaturade la Ciudad Autónomade Buenos Aires con fecha 29 de noviembre de 2012. Dése al Registro; publíqueseen el Boletín Oficial de laCiudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentariadel citado Cuerpo por intermedio de la Dirección Generalde Asuntos Legislativos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Secretaría de GestiónComunal y Atención Ciudadana y, remítase para su conocimiento y demás efectos,a la DirecciónGeneral de Defensa y Protección al consumidor.
El presente Decreto esrefrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. MACRI - Rodríguez Larreta