RESOLUCIÓN 6 2013 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

ADHIERE - SISTEMA ELECTRÓNICO DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - BUENOS AIRES COMPRAS -BAC - SINDICATURA GENERAL

Publicación:

21/01/2013

Sanción:

16/01/2013

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539), N°

2.095 (BOCBA N° 2.557) y N° 3.304 (BOCBA 3.335), los Decretos N° 589/09 (BOCBA

N° 3.206), N° 1.145/09 (BOCBA N° 3.332) y N° 196/11 (BOCBA N° 3.652), las

Resoluciones N° 1.160-MHGC/11 (BOCBA N° 3.724), N° 71-SGCBA/11 (BOCBA N°

3.746) y N° 8-MHGC-SECLyT/12 (BOCBA N° 3.943) , las Disposiciones N° 115-

DGCYC/11 (BOCBA N° 3.663) y N° 224-DGCYC/11 (BOCBA N° 3.733), el Expediente

N° 2.617.017/12 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le

otorga a la Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía

administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las

atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura

General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de

personal;

Que mediante la Ley N° 2.095, se establecieron las normas básicas para los procesos

de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 17 de dicha Ley, determinó como Órgano Rector del Sistema de

Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad a la Dirección General de

Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda;

Que asimismo, el artículo 83 de la Ley mencionada en el párrafo precedente,

estableció que "Todos los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen

los órganos contratantes comprendidos en la presente ley, deben realizarse utilizando

sistemas electrónicos o digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las

instancias y actos administrativos del proceso los que contendrán como mínimo la

cotización, licitación, contratación, adjudicación y despacho de materiales y servicios

en proceso de compra y/o contratación.";

Que por Decreto N° 1.145/09, se aprobó la reglamentación del artículo 83 de la Ley N°

2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires

Compras (BAC), con alcance a todas las jurisdicciones dependientes del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 3° del Decreto mencionado, creó el portal denominado

www.buenosairescompras.gob.ar, medio a través del cual la Administración Activa

difunde sus llamados y efectúa los procesos de contrataciones de bienes y servicios,

regulados por la Ley N° 2.095;

Que por Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que por Decreto N° 589/09, se aprobó la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 196/11, se implementó la utilización del módulo Expediente

Electrónico, en los términos de la Ley N° 3.304;

Que por Resolución N° 71-SGCBA/11 se aprobó el Procedimiento de Comunicaciones

y Documentación de la Sindicatura General de acuerdo al Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos, el módulo de Generación de Documentos Electrónicos

Oficiales (GEDO), el módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO), el módulo de

Expedientes Electrónicos (EE) y el módulo Repositorio Único de Documentos

Electrónicos (RUDO).

Que por Resolución N° 1.160-MHGC/11, se aprobaron las normas de Procedimiento

de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC),

complementando lo normado en el Decreto N° 1.145/09;

Que por Disposición N° 115-DGCYC/11 se aprobó el Procedimiento de Administración

de Perfiles y Usuarios BAC de Organismos Contratantes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Disposición N° 224-DGCYC/11 se aprobó el documento denominado

"Adhesión a Notificaciones Electrónicas - BAC" de aplicación a las contrataciones a

ser efectuadas bajo el sistema Buenos Aires Compras (BAC);

Que por Resolución N° 8-MHGC-SECLyT/12 se dispuso que a partir del 3 de

Septiembre de 2012, esta Sindicatura General deberá realizar las licitaciones públicas

(sin distinción de monto, con o sin subasta inversa) y las contrataciones directas a

través del sistema Buenos Aires Compras (BAC) y utilizando el módulo Expediente

Electrónico del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos;

En virtud de lo expuesto, y con miras a lograr una mayor eficacia, eficiencia y

economía en los procedimientos que desarrolla esta Sindicatura General resulta

conveniente adherir a lo previsto en la nueva normativa vigente en relación con el

sistema Buenos Aires Compras (BAC);

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que resulta de su

competencia mediante la emisión del Dictamen N° IF 2.636.864-SGCBA/12.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley

N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Adhiérese la Sindicatura General al Sistema Electrónico de Adquisiciones

y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado

Buenos Aires Compras (BAC) establecido por el Decreto N° 1.145/09 y concordantes.

Articulo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Secretaría Legal y

Técnica, a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal de la Sindicatura

General de la Ciudad y a la Secretaría General de la Sindicatura General de la Ciudad.

Cumplido, archívese. Rial

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

ADHIERE
<p>Art. 1 de la Resolución 6-SGCBA-13 establece que la Sindicatura adhiere a  al Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones BUENOS AIRES COMPRAS -BAC, implementado por Decreto 1145-09.</p>